A efectos de calificar tributariamente como de rendimiento explícito a los activos financieros con rendimiento mixto, conforme a lo previsto en el artículo 63 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, y en el artículo 91 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, modificado por la disposición final tercera, del Real Decreto 1042/2013, de 27 de diciembre, se publican los tipos efectivos equivalentes a los precios medios ponderados redondeados registrados en las últimas subastas del primer trimestre del año 2024 en que se han adjudicado Bonos y Obligaciones del Estado son los siguientes:
Emisión
Fecha subasta
Tipo de interés efectivo equivalente al precio medio ponderado redondeado
–
Porcentaje
Bonos del Estado a 3 años al 2,50 %, vto. 31.05.2027.
21.03.2024
2,896
Bonos del Estado a 5 años al 3,50 %, vto. 31.05.2029.
07.03.2024
2,857
Obligaciones del Estado a 10 años al 3,25 %, vto. 30.04.2034.
07.03.2024
3,162
Obligaciones del Estado a 15 años al 3,90 %, vto. 30.07.2039.
18.01.2024
3,630
Obligaciones del Estado a 30 años al 1,90 %, vto. 31.10.2052.
04.01.2024
3,693
En consecuencia, los tipos de referencia que resultan para el segundo trimestre natural de 2024 son el 2,317 por 100 para activos financieros con plazo igual o inferior a cuatro años, el 2,286 por 100 para aquellos con plazo superior a cuatro años pero igual o inferior a siete y, si se tratara de activos con plazo superior, el 2,530 por 100 para el plazo de diez años, el 2,904 por 100 para el plazo de quince años y el 2,954 por 100 para el plazo de treinta años, con aplicación en el resto de los casos del tipo correspondiente al plazo más próximo al de la emisión que se efectúe.
No obstante lo anterior, si se trata de deuda pública con rendimiento mixto, cuyos cupones e importe de amortización se calculan con referencia a un índice de precios, los tipos de referencia que resultan para el segundo trimestre natural de 2024 son el 1,158 por 100 para activos financieros con plazo igual o inferior a cuatro años, el 1,143 por 100 para aquellos con plazo superior a cuatro años pero igual o inferior a siete y, si se tratara de activos con plazo superior, el 1,265 por 100 para el plazo de diez años, el 1,452 por 100 para el plazo de quince años y el 1,477 por 100 para el plazo de treinta años, con aplicación en el resto de los casos del tipo correspondiente al plazo más próximo al de la emisión que se efectúe.