Asesoría para sociedades y autónomos

Sobre la aplicación del régimen transitorio establecido en el artículo 41 del Reglamento (UE) 537/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los requisitos específicos para la auditoría legal de las entidades de interés público.

El 30 de julio de 2018 se ha publicado en la WEB del ICAC una nueva consulta sobre auditoría sin que esté, de momento, asignada a un boletín concreto.

La consulta versa sobre la aplicación del régimen transitorio establecido en el artículo 41 del Reglamento (UE) 537/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre los requisitos específicos para la auditoría legal de las entidades de interés público (EIP).

En concreto, para el caso de una entidad de interés público, cuyo ejercicio es coincidente con el año natural, a la que le es de aplicación el régimen transitorio recogido en el artículo 41.1 o 41.2 del RUE, se consulta lo siguiente:

1. ¿puede esta entidad contratar o prorrogar el encargo de auditoría para el ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2020 o 2023, según aplique, a su auditor de cuentas bajo determinadas condiciones?

2. En caso afirmativo, ¿son estas condiciones que:

a) sea nombrado o prorrogado el auditor de cuentas en Junta General de Accionistas antes del 17 de junio de 2020 o 2023, según aplique, para la realización de esta auditoría?

b) acepte el auditor de cuentas antes del 17 de junio de 2020 o 2023, según aplique, el nombramiento o prorroga realizada previamente por la Junta General de Accionistas? o

c) firmen la entidad y su auditor la carta de encargo de auditoría para la realización de esta auditoría antes del 17 de junio de 2020 o 2023, según aplique?”.

Source: Noticias

Compártelo:

¿Necesitas asesoramiento experto?

Completa el formulario y recibe una respuesta personalizada de nuestros especialistas

Responsable: Asinem Asesores y Promotores, S.L.

Finalidad de la recogida y tratamiento de los datos personales: gestionar la solicitud que realizas en este formulario y si, finalmente eres cliente, remitirte información sobre el estado del servicio contratado y comunicaciones sobre la empresa.

Legitimación: consentimiento del interesado.

Destinatarios: tus datos serán guardados en RAIOLA NETWORKS S.L., mi proveedor de hosting, y en gmail, mi proovedor de email, y que también cumple con el RGPD

Derechos: Podrás ejercer tus derechos de acceso, rectificación, limitación y suprimir los datos en asesoria@asinem-asesores.com así como el derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control

Información adicional: En nuestra política de privacidad encontrarás información adicional sobre la recopilación y el uso de su información personal, incluida información sobre acceso, conservación, rectificación, eliminación, seguridad, y otros temas.

Posts relacionados:

Asesoría integral de empresas, ICAC
RICAC. Presentación Declaraciones M02-M03 para 2024

Los modelos 02 y 03, una vez cumplimentados y validados, podrán ser presentados directamente en la Sede Electrónica del ICAC. Para ello se ha habilitado un botón específico «Presentar declaración» en la aplicación Declara. Alternativamente, los modelos podrían ser presentados, al igual que en años anteriores, accediendo al procedimiento «Presentación

Leer más »
¿Hablamos?
1
¡Bienvenido! Estamos aquí para asesorarte en lo que necesites. ¿Cómo podemos ayudarte?