En la página web de la Seguridad Social se ha publicado el Boletín de noticias 2017/3 del Sistema RED de la Seguridad Social de mayo de 2017, en el que se indica que De acuerdo con lo comunicado en el Boletín de Noticias RED 04/2016, la Tesorería General de la Seguridad Social ha creado dos nuevos servicios para la gestión electrónica de las obligaciones derivadas del Seguro Escolar.
Estos servicios son:
• Emisión de Recibos de liquidación de Cuotas de Seguro Escolar: permite obtener un recibo de liquidación de cuotas de seguro escolar para pago electrónico.
• Presentación Relación de Alumnos Matriculados del Seguro Escolar: permite presentar telemáticamente la Relación de alumnos matriculados.
La implantación de estos servicios está prevista para junio de 2017 y conllevará la supresión del procedimiento anterior, que consiste en el ingreso de las cuotas de Seguro Escolar mediante boletín de cotización TC3/2 papel y la presentación simultánea de la Relación de Alumnos matriculados ante las entidades financieras cuando se realiza el pago.
Desde junio de 2017 hasta el 31/01/2018 se permitirá de forma simultánea la utilización de uno u otro procedimiento, con el fin de proporcionar a los centros educativos una fase transitoria de adaptación.
Desde 01/02/2018 solo será posible la liquidación de cuotas de Seguro Escolar a través de un recibo de pago electrónico, y la presentación de la Relación de Alumnos matriculados se realizará directamente ante la Tesorería General de la Seguridad Social, pudiéndose realizar ambos trámites electrónicamente a través de dos canales: el Sistema de remisión electrónica de datos (Sistema RED online); y la Sede Electrónica de la Seguridad Social (SEDESS).
• El acceso a través del Sistema RED online deberá realizarse por una autorización RED a la que previamente el centro educativo haya autorizado la asignación del CCC de régimen 1911-Seguro Escolar que corresponda; actualmente ya es posible realizar la asignación de CCC de régimen 1911 – Seguro Escolar, a una Autorización RED con cualquier medio de transmisión.
• También está previsto un acceso a través de SEDESS que podrá realizarse por el propio centro educativo que desee gestionar por sí mismo sus obligaciones de Seguro Escolar, que requerirá que éste se identifique mediante un certificado digital de entre los incluidos en la lista de certificados admitidos por la Seguridad Social.
• La descripción de estos servicios y el acceso a los mismos se encuentra recogidos en el documento “Manual de servicios electrónicos para la gestión del Seguro Escolar” que se ha incluido en el apartado dedicado al Seguro Escolar en página web de la Seguridad Social.
Cuando se produzca la efectiva puesta en producción de ambos servicios se anunciará mediante aviso en la página web de la Seguridad Social.
Source: Actualidad normativa