La presente Resolución, que entró en vigor el día 22-03-2022, tiene por objeto crear el Registro de Planes de Igualdad de las Administraciones Públicas, dependiente de la Secretaría de Estado de Función Pública, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la disposición adicional séptima del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
El registro contendrá los documentos soporte de los planes y protocolos que ya han sido objeto de aprobación por sus respectivas Administraciones, permitiendo aunar en un solo espacio todos los documentos adoptados en esta materia, a los efectos de facilitar a la ciudadanía su acceso y conocimiento.
Contenido del Registro de Planes de Igualdad de las Administraciones Públicas
Al Registro de Planes de Igualdad se incorporarán:
a) Los Planes de Igualdad de las Administraciones Públicas (estatal, autonómica y local), así como de aquellos organismos públicos que tengan la consideración de Administración Pública o que estén integrados en la misma y tengan un plan de igualdad propio.
b) Los Protocolos frente al acoso sexual y por razón de sexo del mismo ámbito.
Para el cumplimiento de esa finalidad, los órganos competentes en materia de igualdad remitirán al buzón institucional registro.planespublicosigualdad@correo.gob.es dependiente de la Dirección General de la Función Pública, los mencionados Planes y Protocolos, así como las posteriores actualizaciones de estos.
Los Planes y Protocolos serán publicados en la sección de igualdad de la página web del Ministerio de Hacienda y Función Pública https://funcionpublica.hacienda.gob.es así como en el Portal www.administracion.gob.es para general conocimiento.
El funcionamiento de este Registro de Planes de Igualdad no implicará incremento de gasto. Su funcionamiento será atendido con los medios personales, técnicos y presupuestarios de la Secretaría de Estado de Función Pública.