Asesoría para sociedades y autónomos

Publicada la sentencia de inconstitucionalidad de la plusvalía municipal

Finalmente ha sido publicada en el BOE del día 25 de noviembre, la sentencia del Tribunal Constitucional 182/2021, de 26 de octubre, que declara la inconstitucionalidad y nulidad plena del método de cálculo objetivo de la base imponible del impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalía municipal).

A estos efectos, debemos recordar una cuestión que se ha visto como controvertido respecto de su publicación en el BOE y la fecha recogida en la sentencia como límite para la consideración de situaciones consolidadas (sic) como no recurribles.

Fecha de efectos de la sentencia

Respecto de la fecha de dictamen de la sentencia ya que tal y como establece el artículo 38.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional:

«Uno. Las sentencias recaídas en procedimientos de inconstitucionalidad tendrán el valor de cosa juzgada, vincularán a todos los Poderes Públicos y producirán efectos generales desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado».

Por tanto y a pesar de que la sentencia toma como fecha de efectos el de dictamen de la sentencia, 26 de octubre, no es hasta su efectiva publicación en el Boletín Oficial del Estado y única y exclusivamente en este Boletín, en que la cuestión de constitucionalidad adquiere el valor de cosa juzgada.

Por su parte, la propia sentencia determina que serán consideradas como situaciones consolidadas las siguientes:

«b) Por otro lado, no pueden considerarse situaciones susceptibles de ser revisadas con fundamento en la presente sentencia aquellas obligaciones tributarias devengadas por este impuesto que, a la fecha de dictarse la misma, hayan sido decididas definitivamente mediante sentencia con fuerza de cosa juzgada o mediante resolución administrativa firme. A estos exclusivos efectos, tendrán también la consideración de situaciones consolidadas (i) las liquidaciones provisionales o definitivas que no hayan sido impugnadas a la fecha de dictarse esta sentencia y (ii) las autoliquidaciones cuya rectificación no haya sido solicitada ex art. 120.3 LGT a dicha fecha».

Por tanto, y sin entrar aquí a valorar la posibilidad de solicitar la rectificación o reclamación de las autoliquidaciones no prescritas en la fecha que media entre el conocimiento de la sentencia y la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado sino únicamente limitándonos a señalar una cuestión jurídica, parece discordar la normativa reguladora de este tipo de sentencias sobre el contenido de la propia sentencia.

Habrá que estar a las futuras reclamaciones que realicen los contribuyentes y ver cuál es la postura que adoptan los tribunales.

BOE:
Source: Actualidad normativa

Compártelo:

¿Necesitas asesoramiento experto?

Completa el formulario y recibe una respuesta personalizada de nuestros especialistas

Responsable: Asinem Asesores y Promotores, S.L.


Finalidad de la recogida y tratamiento de los datos personales: gestionar la solicitud que realizas en este formulario y si, finalmente eres cliente, remitirte información sobre el estado del servicio contratado y comunicaciones sobre la empresa.


Legitimación: consentimiento del interesado.


Destinatarios: tus datos serán guardados en RAIOLA NETWORKS S.L., mi proveedor de hosting, y en gmail, mi proovedor de email, y que también cumple con el RGPD


Derechos: Podrás ejercer tus derechos de acceso, rectificación, limitación y suprimir los datos en asesoria@asinem-asesores.com así como el derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control


Información adicional: En nuestra política de privacidad encontrarás información adicional sobre la recopilación y el uso de su información personal, incluida información sobre acceso, conservación, rectificación, eliminación, seguridad, y otros temas.

Posts relacionados:

asesoria-para-sociedades-y-autonomos-exceso-de-adjudicacion-de-herencias
Exceso de adjudicación en herencias: ¿Debe tributar por Actos Jurídicos Documentados (AJD)?

Cuando se liquida una herencia, es común que algunos bienes indivisibles se adjudiquen a un heredero con compensación económica a los demás. Sin embargo, hasta ahora, Hacienda consideraba que este exceso de adjudicación debía tributar en Actos Jurídicos Documentados (AJD), además del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD). Una reciente

Leer más »
asesoria-para-sociedades-y-autonomos-fiscalidad-regalos-navidad
Tributación de regalos navideños en la empresa: guía completa para evitar sorpresas fiscales

Con la llegada de la Navidad, muchas empresas optan por obsequiar a empleados y clientes con cestas navideñas u organizar eventos festivos. Estas iniciativas, aunque fortalecen relaciones y generan un ambiente positivo, también tienen implicaciones fiscales importantes que conviene tener claras para evitar problemas futuros. Aquí te contamos cómo gestionar

Leer más »
asesoria-para-sociedades-y-autonomos-fiscalidad-del-kit-digital
Cómo tributa el Kit Digital en el IRPF: claves para entender su impacto fiscal

En un entorno donde la digitalización se ha convertido en un elemento estratégico para autónomos y pequeñas empresas, el Programa Kit Digital, financiado por los fondos Next Generation EU, representa una valiosa oportunidad para modernizar tu negocio. Sin embargo, esta subvención no solo implica ventajas operativas, sino también obligaciones fiscales

Leer más »
¿Hablamos?
1
¡Bienvenido! Estamos aquí para asesorarte en lo que necesites. ¿Cómo podemos ayudarte?