La modificación que pretende el proyecto es precisamente la del modelo 222, que regula los pagos fraccionados para las entidades acogidas al régimen de consolidación fiscal.
Cuando en el citado régimen se producen variaciones en la composición del grupo, la entidad representante está obligada a comunicar a la administración dicha circunstancia en la declaración del primer pago fraccionado del grupo mediante el modelo 222, indicando las entidades que se integran en el régimen y las que quedan excluidas del mismo.
A tal efecto, se introducen cambios en la parte 3 del modelo, para hacer constar la fecha en que se produce la operación que determina la inclusión o exclusión del grupo y la motivación de la variación, que se ajustará a una relación de motivos predeterminados por la Administración Tributaria.
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