El Ministerio de Hacienda ha publicado el Proyecto de Orden por la que se modifican la Orden HFP/1978/2016, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 231 de Declaración de información país por país, la Orden HAP/1695/2016, de 25 de octubre, por la que se aprueba el modelo 289, de declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua, y la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria.
El modelo 231 permite intercambiar información sobre entidades residentes en territorio español que dependan directa o indirectamente, de una entidad no residente, y de los establecimientos permanentes en territorio español de entidades no residentes en determinadas circunstancias.
Entre las modificaciones que introduce este Proyecto de Orden se pueden destacar las siguientes:
• Se amplía el apartado de identificación del declarante en el modelo 231, permitiendo a la entidad declarante poner a disposición de la Administración Tributaria la información de que disponen, indicando que la información es incompleta por negativa de la entidad no residente del grupo a presentar su información completa, circunstancia que no era posible comunicar con el anterior modelo.
• Se modifica el modelo 289 introduciendo un nuevo concepto para la presentación que permite comunicar la inexistencia de cuentas a informar por parte de la institución financiera.
• Por último, se modifica la Orden HAP/2194/2013, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria, para poder prever la posibilidad de pago mediante transferencia bancaria.
PROYECTO DE ORDEN:
Source: Actualidad normativa