Resolución de 1 de febrero de 2017, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se prorroga la vigencia de la Resolución de 1 de agosto de 2013, modificada por la de 30 de julio de 2014, por la que se determina la forma y plazos de presentación de solicitudes y de tramitación de las ayudas económicas de acompañamiento incluidas en el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo prorrogado por el Real Decreto-ley 1/2013, de 25 de enero.
De acuerdo con esta Resolución, que entró en vigor el día 17-02-2017 y produciendo efectos desde el 16-02-2017, se prorroga por un periodo de seis meses, a partir del 16 de febrero de 2017, la vigencia de la Resolución de 1 de agosto de 2013, modificada por la Resolución de 30 de julio de 2014, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se determina la forma y plazos de presentación de solicitudes y de tramitación de las ayudas económicas de acompañamiento incluidas en el programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo prorrogado por el Real Decreto-ley 1/2013, de 25 de enero.
La nueva prórroga responde a la automaticidad de vigencia del Programa por periodos sucesivos de seis meses prevista en el Real Decreto-Ley 1/2013 (disp. adic. segunda, recuérdese nuevamente redactada por el RDL 1/2016) mientras la tasa de desempleo según la última encuesta de población activa publicada con anterioridad a la fecha de la prórroga sea superior al 18 %. En el cuarto trimestre de 2016 esa tasa ha sido del 18,63 %.
Con base a lo anterior, las previsiones de la Resolución se aplicarán a las personas desempleadas por extinción de su relación laboral e inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo que, dentro del período comprendido entre los días 16 de febrero y 15 de agosto de 2017, ambos inclusive, agoten la prestación por desempleo de nivel contributivo y no tengan derecho a cualquiera de los subsidios por desempleo establecidos en la LGSS, o bien hayan agotado alguno de estos subsidios, incluidas sus prórrogas, y reúnan el resto de los requisitos establecidos en el Real Decreto-Ley 23/2012, de 24 de agosto.
El Plan Prepara es una ayuda de 400 euros (o 450 si se tienen responsabilidades familiares) que se cobra durante seis meses improrrogables. Pueden solicitarla los desempleados de larga duración o quienes tengan responsabilidades familiares, y carezcan de rentas, pero entre sus requisitos destaca que hay que pedir esta ayuda necesariamente dentro de los dos meses siguientes a agotar un subsidio o prestación por desempleo.
El anexo I, relativo a la «Solicitud de ayuda económica de acompañamiento, establecida en el Real Decreto-ley 23/2012, de 24 de agosto, prorrogado por el Real Decreto-ley 1/2013, de 25 de enero», se sustituye por el que se recoge en el anexo de esta Resolución.
Source: Actualidad normativa