Orden PCM/1030/2020, de 30 de octubre, por la que se publica el Procedimiento de actuación contra la desinformación aprobado por el Consejo de Seguridad Nacional
A través del Ministerio de la Presidencia, el Gobierno ha impulsado un plan para luchar contra la desinformación y «la difusión deliberada a gran escala y sistemática de mensajes falso que persiguen influir en la sociedad con fines interesados y espurios». Se sustenta en que el acceso a la información veraz es uno de los pilares que sustenta a las sociedades democráticas y en «la libertad de expresión y el derecho a la información como derechos fundamentales».
Para dar cumplimiento a este plan nacional, el Gobierno ha elaborado una estructura compuesta por el Consejo de Seguridad Nacional, el Comité de Situación, la Secretaría de Estado de Comunicación, la Comisión Permanente contra la desinformación, las autoridades públicas competentes y, por último, el sector privado y la sociedad civil.
Estos serían los diferentes objetivos que señala el BOE:
- Identificar y definir los órganos, organismos y autoridades del sistema.
- Establecer los niveles para la prevención, detección, alerta temprana, análisis, respuesta, y evaluación.
- Describir los cometidos específicos implicados para los niveles establecidos en la lucha contra la desinformación.
- Definir los mecanismos establecidos para el intercambio de información en los niveles estratégico, operacional y técnico.
- Determinar mecanismos de evaluación de la implementación y funcionamiento del procedimiento.
- Definir una metodología para la identificación, análisis y gestión de eventos desinformativos.
- Proponer el marco y la composición de un equipo de trabajo ad hoc para la elaboración y revisión de una Estrategia Nacional de Lucha contra la Desinformación.
Además, se establecen cuatro niveles diferentes de activación que sirven tanto para detección de campañas de desinformación y su análisis ante unos posibles impactos en la Seguridad Nacional, como para el apoyo en la gestión de situaciones de crisis.
– Nivel 1: Nivel con capacidad para actuar a nivel técnico de detectar, realizar la alerta temprana y notificar según su comunidad de referencia.
– Nivel 2: Nivel con capacidad para apoyar la coordinación, sincronizar y priorizar todos los esfuerzos en la lucha contra la desinformación
– Nivel 3: Nivel en el que se adoptan decisiones y marcan objetivos de carácter político-estratégico con el objeto de hacer frente a una campaña de desinformación.
– Nivel 4: Nivel de gestión política en el marco del sistema de seguridad nacional.
BOE:
Source: Actualidad normativa