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Procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios

Real Decreto 564/2017, de 2 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

Por medio de esta norma que estamos comentando, se modifican las exclusiones del ámbito de aplicación del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, con el objeto de garantizar las obligaciones sustantivas de la Directiva 2010/31/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010.

En concreto se modifican las exclusiones recogidas en los párrafos a) y d) del artículo 2.2 que se refieren a:

a) Los edificios protegidos oficialmente por ser parte de un entorno declarado o en razón de su particular valor arquitectónico o histórico, exclusión que, después de la reforma, queda condicionada al hecho de que las posibles actuaciones de mejora de la eficiencia energética del edificio, alteren de manera inaceptable su carácter o aspecto, siendo la autoridad que dicta la protección oficial quien determine los elementos inalterables.

b) Edificios industriales, de la defensa y agrícolas no residenciales, o partes de los mismos, de baja demanda energética. La reforma clarifica que las s zonas que no requieran garantizar unas condiciones térmicas de confort, son las destinadas a talleres y procesos industriales, que se considerarán de baja demanda energética.

Por otra parte, se modifica la disposición adicional segunda del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, relativa a los edificios de consumo de energía casi nulo, desde la que se remite al Código Técnico de la Edificación para la determinación de los requisitos mínimos que deberán satisfacer esos edificios en cada momento.

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Source: Actualidad normativa

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