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Presupuestos Generales del Estado para 2018

Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.

Al igual que en años anteriores, vamos a destacar en este apartado aquellos aspectos de la Ley de Presupuestos que exceden del ámbito laboral y fiscal.

En el Título I, «De la aprobación de los Presupuestos y de sus modificaciones», es donde se aprueban la totalidad de los estados de ingresos y gastos del sector público estatal.

El Título II de la Ley de Presupuestos, se estructura en tres capítulos:

  • El Capítulo I regula la gestión de los presupuestos docentes;
  • El Capítulo II, se recogen competencias específicas en materia de modificaciones presupuestarias en el ámbito del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y del Instituto de Mayores y Servicios Sociales
  • Y el Capítulo III recoge el porcentaje de participación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en la recaudación bruta obtenida en 2018 derivada de su actividad propia, fijándose dicho porcentaje en un 5 por ciento.

El Título III trata de los gastos de personal:

  • El Capítulo I, regula la oferta pública de empleo
  • El Capítulo II, regula la actualización para el año 2018 de las retribuciones de los altos cargos del Gobierno de la Nación y sus Órganos Consultivos;
  • Y el Capítulo III recoge la prohibición de ingresos atípicos y la actualización de las cuantías a percibir por los conceptos de recompensas, cruces, medallas y pensiones de mutilación.

El Título IV regula las pensiones experimentarán en 2018 con carácter general un incremento del 0,25 por ciento.

El Título V, «De las Operaciones Financieras», se estructura en tres capítulos, relativos, respectivamente, a deuda pública, avales públicos y otras garantías y relaciones del Estado con el Instituto de Crédito Oficial.

El Título VII se estructura en dos capítulos, dedicados, respectivamente, a Entidades Locales y Comunidades Autónomas, donde se recogen las normas de financiación de unas y otras.

Las normas de índole económica se refieren, en primer lugar, al interés legal del dinero (queda establecido en el 3,00 por ciento hasta el 31 de diciembre del año 2018), al interés de demora (que queda establecido en el 3,75 por ciento hasta el 31 de diciembre del año 2018) y, al interés de demora al que se refiere el artículo 38.2 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones (que será igualmente del 3,75%).

Y entre las leyes que se modifican, destacaremos:

  • La Ley 4/1986, de 8 de enero, de Cesión de Bienes del Patrimonio Sindical Acumulado;
  • El Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril;
  • El Real Decreto 851/1992, de 10 de julio, por el que se regulan determinadas pensiones extraordinarias causadas por actos de terrorismo;
  • La Ley 35/1995, de 11 de diciembre, de ayudas y asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual;
  • La Ley 5/1996, de 10 de enero, de Creación de Determinadas Entidades de Derecho Público;
  • La Ley 52/1997, de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado;
  • La Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico;
  • El Real Decreto Legislativo 1/1999, de 23 de diciembre, por el que se adecua la normativa del recurso previsto en el párrafo tercero de la base 9.ª del Real Decreto-ley de 11 de junio de 1929, de bases de puertos, zonas y depósitos francos al sistema tributario vigente;
  • El Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes sobre el Régimen especial de la Seguridad Social del personal al servicio de la administración de justicia aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2000, de 23 de junio;
  • La disposición adicional 10.ª del Texto Refundido de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio;
  • La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades;
  • La Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea;
  • La Ley 33/2003, de 3 de noviembre, General del Patrimonio de las Administraciones Públicas;
  • La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones;
  • La Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria;
  • El Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo;
  • La Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social;
  • La Ley 8/2006, de 24 de abril, de Tropa y Marinería;
  • La Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar;
  • El Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre;
  • La Ley 17/2011, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición;
  • La Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012;
  • La Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones;
  • La Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015;
  • El Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre,
  • El Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre;
  • La Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario;
  • La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público;
  • La Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016;
  • El Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre;
  • La Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017.

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