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Precios medios de vehículos usados para 2018

Orden HFP/1258/2017, de 5 diciembre, por la que se aprueban los precios medios de venta aplicables en la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.

Mediante esta Orden HFP/1258/2017, se aprueban los precios medios de venta de vehículos de turismo, todo terrenos y motocicletas, y embarcaciones de recreo y motores marinos, que serán utilizables como medios de comprobación de valores a los efectos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.

Los precios medios de venta para el ejercicio 2018, de los mencionados medios de transporte se encuentran especificados en varios anexos de esta Orden, habiéndose utilizado para la elaboración de las tablas de modelos y precios, las publicaciones de las asociaciones de fabricantes y vendedores de medios de transporte, así como las indicaciones y características técnicas sobre nuevos vehículos aportadas por los propios fabricantes, manteniéndose  la tabla de porcentajes de depreciación contenida en el anexo IV de la Orden de 15 de diciembre de 1998, e incluyéndose bajo un mismo encabezamiento los datos técnicos correspondientes a los vehículos, con la potencia expresada en kilovatios (kW), e incorporándose, para los vehículos comercializados desde enero de 2008, el nivel de emisiones de CO2, expresada en gramos por kilómetro (g/km).

También como en años anteriores, se mantiene como dato informativo e identificativo de los modelos, la potencia de los motores en caballos de vapor (cv), conservándose, asimismo, el periodo de su comercialización, dado que algunos vehículos, aun siendo diferentes, mantienen su misma denominación comercial durante un gran número de años. A su vez, los precios medios de los diversos tipos de motocicletas se siguen diferenciando en función del tamaño de su motor, expresado mediante los centímetros cúbicos del mismo, elevando las cuantías de las de mayor cilindrada.

Por último, en lo que se refiere al Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, se mantiene la fórmula que elimina del valor de mercado, a efectos de dicho impuesto, la imposición indirecta ya soportada por el vehículo usado de que se trate.

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