Asesoría para sociedades y autónomos

Práctica de las notificaciones electrónicas en el ámbito de la Agencia Tributaria de Cataluña

RESOLUCIÓN VEH/2210/2018, de 28 de septiembre, por la que se regula la práctica de las notificaciones electrónicas en el ámbito de la Agencia Tributaria de Cataluña.

El sistema para la práctica de las notificaciones electrónicas en el ámbito de la Agencia Tributaria de Cataluña es la comparecencia de la persona interesada o de su representante en la sede electrónica de la Administración de la Generalidad de Cataluña, en los términos que determina la Instrucción 4/2017, de la Secretaría de Administración y Función Pública de la Generalidad de Cataluña, por la cual se determinan los medios electrónicos para la práctica de las notificaciones electrónicas por los órganos de la Generalidad de Cataluña.

Notificaciones electrónicas obligatorias

Los sujetos previstos en el apartado 2 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligados a recibir por medios electrónicos las notificaciones de actos administrativos que les dirija la Agencia Tributaria de Cataluña en sus actuaciones, en sus procedimientos tributarios y en la gestión recaudatoria de otros entes y administraciones públicas que tenga atribuida o encomendada mediante convenio o acuerdo.

Elección de los medios electrónicos y avisos de notificaciones

1. Las personas físicas que no estén obligadas a recibir las notificaciones de la Agencia Tributaria de Cataluña por medios electrónicos podrán escoger en todo momento que las notificaciones les sean practicadas por medios electrónicos o no electrónicos. En los actos administrativos que se notifiquen por canal postal la Agencia incluirá información sobre la posibilidad de cambiar el canal de comunicación a canal electrónico. Esta elección afectará a todas las notificaciones que le tengan que ser practicadas por esta Agencia y podrá ser modificada en cualquier momento.

2. La Agencia Tributaria de Cataluña publicará en su sede electrónica el formulario normalizado para solicitar, cuando no sea obligatorio, que las notificaciones se practiquen o dejen de practicarse por medios electrónicos.

3. Mediante este formulario, tanto las personas que resulten obligadas a recibir notificaciones electrónicas, como aquellas que lo hayan solicitado voluntariamente, podrán facilitar una dirección de correo electrónico o un número de teléfono móvil al cual se enviará el aviso de puesta a disposición de las notificaciones electrónicas que les practique la Agencia Tributaria de Cataluña, sin perjuicio que la falta de este aviso no impedirá la plena validez de la notificación.

TEXTO COMPLETO:

Source: Noticias

Compártelo:

¿Necesitas asesoramiento experto?

Completa el formulario y recibe una respuesta personalizada de nuestros especialistas

Responsable: Asinem Asesores y Promotores, S.L.

Finalidad de la recogida y tratamiento de los datos personales: gestionar la solicitud que realizas en este formulario y si, finalmente eres cliente, remitirte información sobre el estado del servicio contratado y comunicaciones sobre la empresa.

Legitimación: consentimiento del interesado.

Destinatarios: tus datos serán guardados en RAIOLA NETWORKS S.L., mi proveedor de hosting, y en gmail, mi proovedor de email, y que también cumple con el RGPD

Derechos: Podrás ejercer tus derechos de acceso, rectificación, limitación y suprimir los datos en asesoria@asinem-asesores.com así como el derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control

Información adicional: En nuestra política de privacidad encontrarás información adicional sobre la recopilación y el uso de su información personal, incluida información sobre acceso, conservación, rectificación, eliminación, seguridad, y otros temas.

Posts relacionados:

Asesoría integral de empresas, Islas Baleares
Desarrollo del Régimen fiscal de las Illes Balears

Se ha publicado en el BOE del 24-07-2024, el Real Decreto 710/2024, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del Régimen fiscal especial de les Illes Balears (en adelante «Reglamento»). En concreto, con este Real Decreto se aprueba el desarrollo reglamentario de dos medidas

Leer más »
Asesoría integral de empresas, fraude fiscal
La Agencia Tributaria pone en marcha una operación en ocho CCAA contra el fraude fiscal en el sector de la compraventa de palés

El dispositivo desplegado alcanza a locales situados en Andalucía (14), Aragón (1), Castilla-La Mancha (8), Castilla y León (1), Cataluña (5), Galicia (1), Madrid (20), y Comunidad Valenciana (12). La operación ‘Convoy’ ha sido coordinada por el Departamento de Inspección de la Agencia Tributaria, contando con la participación de más

Leer más »
¿Hablamos?
1
¡Bienvenido! Estamos aquí para asesorarte en lo que necesites. ¿Cómo podemos ayudarte?