Asesoría para sociedades y autónomos

Portal de Campaña de Renta 2020

Se ha publicado en la página de la Agencia Tributaria el Portal de campaña de Renta 2020 con los contenidos informativos disponibles, de modo que todos los ciudadanos que lo deseen puedan adelantar las gestiones dirigidas a la presentación de su declaración de Renta 2020, cuyo plazo comienza el próximo 7 de abril.

El calendario de la declaración de la renta para el ejercicio 2020 dependerá de cómo se presente esta declaración.

¿Cómo se puede presentar la declaración de la renta?

  • A través de internet: Se podrá acceder al borrador, modificar y presentar la declaración a través del programa Renta web, entre el 7 de abril y el 30 de junio. Si el resultado es a ingresar con domiciliación en cuenta, la fecha límite será el 25 de junio. ¿Cómo se deberá presentar la declaración?
    • A través de la web o la App de la Agencia Tributaria.
    • Con el DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o número de referencia. El número de referencia se puede obtener introduciendo una serie de datos personales en el portal de la Agencia Tributaria.
  • Por teléfono: En este caso se deberá pedir cita previa por internet o por teléfono entre el 4 de mayo y el 29 de junio. Se podrá acceder a la declaración por teléfono entre el 6 de mayo y el 30 de junio. Será necesario tener toda la documentación y los datos necesarios a mano cuando recibas la llamada de Hacienda.
  • Presencial: Será necesario pedir cita previa y ésta se podrá solicitar del 27 de mayo al 29 de junio. La Agencia Tributaria empezará a atender presencialmente el 2 de junio para hacer las declaraciones y resolver dudas; la campaña finalizará el 30 de junio.

 ¿Cuáles son las fechas clave para la declaración de la renta?

  • 7 de abril: Se abre el plazo para presentar la declaración por internet.
  • 4 de mayo: Está disponible la cita previa para la presentación por teléfono.
  • 6 de mayo: Empieza la presentación de la declaración por teléfono.
  • 27 de mayo: Está disponible la cita previa para la presentación presencial.
  • 2 de junio: La Agencia Tributaria empieza a atender presencialmente a los contribuyentes.
  • 25 de junio: Finaliza el plazo para las declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación bancaria.
  • 29 de junio: Último día para pedir cita previa.
  • 30 de junio: Finaliza el plazo para presentar la declaración de la renta.

En el Portal se mantiene el servicio de confección y presentación de la declaración de Renta a través de Renta WEB para todo tipo de rentas, incluidas las de actividades económicas. También el simulador "Renta WEB Open" que le permitirá realizar pruebas de posibles declaraciones. Las pruebas realizadas con este programa no le permitirán presentar las declaraciones, para ello será necesario utilizar Renta WEB.​​

Para realizar gestiones con la Agencia Tributaria a través de Internet y en alguno de los servicios telefónicos es necesario que se identifique. La identificación garantiza su identidad y la seguridad en las transacciones. Puede escoger entre los distintos sistemas de identificación disponibles.

Le detallamos como puede identificarse:

Los distintos servicios de ayuda que se ponen a disposición y que se pueden utilizar para gestionar la Renta 2020:

Source: Actualidad normativa

Compártelo:

¿Necesitas asesoramiento experto?

Completa el formulario y recibe una respuesta personalizada de nuestros especialistas

Responsable: Asinem Asesores y Promotores, S.L.

Finalidad de la recogida y tratamiento de los datos personales: gestionar la solicitud que realizas en este formulario y si, finalmente eres cliente, remitirte información sobre el estado del servicio contratado y comunicaciones sobre la empresa.

Legitimación: consentimiento del interesado.

Destinatarios: tus datos serán guardados en RAIOLA NETWORKS S.L., mi proveedor de hosting, y en gmail, mi proovedor de email, y que también cumple con el RGPD

Derechos: Podrás ejercer tus derechos de acceso, rectificación, limitación y suprimir los datos en asesoria@asinem-asesores.com así como el derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control

Información adicional: En nuestra política de privacidad encontrarás información adicional sobre la recopilación y el uso de su información personal, incluida información sobre acceso, conservación, rectificación, eliminación, seguridad, y otros temas.

Posts relacionados:

Exención del IVA en importaciones por traslado de la sede empresarial
Exención del IVA en importaciones por traslado de la sede empresarial

Las importaciones de bienes de inversión relacionados con la actividad empresarial o profesional de una empresa que cierra de manera definitiva sus operaciones en un país extracomunitario para continuar su actividad en el territorio de aplicación del IVA están exentas de este impuesto. Se considera importación de bienes la entrada

Leer más »
Proyecto de Orden por la que se modifica el modelo 322, correspondiente al régimen especial del grupo de entidades en el IVA, y el modelo 390 del IVA

Esta orden tiene por Objeto introducir modificaciones de carácter técnico en el modelo 322 de autoliquidación mensual individual de grupo de entidades y en el modelo 390 de declaración-resumen anual del IVA. El Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las

Leer más »
¿Hablamos?
1
¡Bienvenido! Estamos aquí para asesorarte en lo que necesites. ¿Cómo podemos ayudarte?