Mediante esta Resolución, se establece que las diferencias de cotización resultantes de la aplicación de lo dispuesto en la Orden ISM/992/2022, de 11 de octubre, por la que se fijan para el ejercicio 2022 las bases normalizadas de cotización a la Seguridad Social, por contingencias comunes, en el Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón, respecto de las cotizaciones que, a partir de 1 de enero de 2022, se hubieran efectuado hasta el mes anterior al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», se ingresarán en un único plazo correspondiente al mes de febrero de 2023.
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