Resolución de 18 de diciembre de 2017, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se modifica la de 17 de noviembre de 2011, por la que se aprueba la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a la Administración General del Estado y la de 22 de febrero de 2016, por la que se dictan normas de registro, valoración e información a incluir en las cuentas anuales de los bienes del Patrimonio Histórico de naturaleza material.
Mediante la presente Resolución, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y será de aplicación a las cuentas anuales del ejercicio 2017 y siguientes, tiene por objeto adecuar la adaptación del PGCP a la AGE a las modificaciones introducidas por la Orden HFP/1970/2016 en el propio PGCP. Asimismo, se incorporan a la misma nuevos movimientos contables o se modifica la denominación y contenido de cuentas ya existentes en la Adaptación, con el fin de mejorar su aplicación.
Por otro lado, la disposición adicional segunda de la Resolución de 22 de febrero de 2016, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se dictan normas de registro, valoración e información a incluir en las cuentas anuales de los bienes del patrimonio histórico de naturaleza material estableció un umbral para la activación de los bienes que deben registrarse en la cuenta 216, «Mobiliario», de acuerdo con lo previsto en el apartado 1 de la norma de reconocimiento y valoración 2.ª, «Inmovilizado material», del PGCP, en relación a la posibilidad de excluir del inmovilizado material, y por tanto, considerarse gasto del ejercicio, de aquellos bienes muebles cuyo precio unitario e importancia relativa dentro de la masa patrimonial así lo aconsejen. La presente resolución amplía la utilización de umbrales de activación a otros bienes muebles distintos del mobiliario, de acuerdo con la mencionada norma de reconocimiento y valoración, así como a los activos intangibles, de acuerdo, en este último caso, con idéntica posibilidad de excluir del inmovilizado intangible ciertos activos inmateriales, prevista en el apartado 1 de la norma de reconocimiento y valoración 5.ª, «Inmovilizado intangible», del PGCP, para este tipo de activos.
La Resolución se estructura en dos apartados, una disposición adicional única y una disposición final, que regula su entrada en vigor.
En el apartado primero, se regulan las modificaciones que se introducen en la adaptación del PGCP a la AGE, aprobada por Resolución de 17 de noviembre de 2011 de la IGAE. En él se incluye la modificación de la denominación, la definición y los movimientos de la cuenta 413, «Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto» prevista en el anexo II, «Modificaciones de las definiciones y relaciones contables» para adaptarla a la actual denominación, definición y movimientos que tiene la citada cuenta en el PGCP, tras su modificación. Asimismo se modifican algunos de los motivos de abono de la cuenta 400, «Acreedores por obligaciones reconocidas. Presupuesto de gastos corriente» que figura en el mismo anexo II. Adicionalmente se modifican los movimientos de la cuenta 186, «Ingresos anticipados a largo plazo» y se modifica la denominación y amplía el contenido de la cuenta 6770, «Gastos por bienes muebles no activados».
En el apartado segundo, se modifican la disposición adicional segunda y la disposición transitoria única de la Resolución de 22 de febrero de 2016, de la Intervención General de la Administración del Estado, antes referida, con el fin de ampliar su aplicación a otros bienes muebles distintos del mobiliario, así como a los activos intangibles. La utilización del umbral previsto en la disposición adicional que se modifica en este apartado es de aplicación obligatoria en el ámbito de la AGE y de aplicación opcional para las entidades integrantes de la Administración Institucional del Estado.
Como se ha señalado anteriormente, estos umbrales se han establecido con base en lo previsto en las normas de reconocimiento y valoración 2.ª, «Inmovilizado material», y 5.ª, «Inmovilizado intangible», del PGCP aprobado por Orden EHA/1037/2010, de 13 de abril, que señalan que con carácter general, podrán excluirse del inmovilizado material, la primera, y del inmovilizado intangible, la segunda, y, por tanto, considerarse gasto del ejercicio, aquellos bienes muebles y activos intangibles, respectivamente, cuyo precio unitario e importancia relativa dentro de la masa patrimonial a que pertenecen así lo aconsejen.
Los criterios anteriores también se incluyeron en la adaptación del PGCP a la AGE, aprobada por Resolución de 17 de noviembre de 2011, de la IGAE.
Dichos umbrales se aplicarán en relación a cada elemento que deba ser objeto de seguimiento en el correspondiente inventario.
La modificación de la disposición transitoria única de la Resolución de 22 de febrero de 2016 que se incluye en el punto dos del apartado segundo de esta resolución, adapta la denominación y contenido de dicha disposición transitoria a las modificaciones introducidas en la disposición adicional segunda de la Resolución de 22 de febrero de 2016, que regula un régimen transitorio para la aplicación de dicha disposición adicional hasta que se encuentren operativos los inventarios de bienes y derechos del inmovilizado no financiero de los Departamentos Ministeriales.
La disposición adicional única modifica la denominación y amplía el contenido de la cuenta 6770, «Gastos por bienes muebles no activados», que se creó por la disposición adicional única de la Resolución de la Intervención 18 de julio de 2016 de la Intervención General de la Administración del Estado por la que se modifica la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a la Administración General del Estado, para su utilización por las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, aprobada mediante Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio.
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