Asesoría para sociedades y autónomos

Plan Anual de Control Tributario y Aduanero 2020

Resolución de 21 de enero de 2020, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2020.

Como cada año, se ha publicado la Resolución de 21 de enero de 2020, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2020.

La Agencia Tributaria pondrá el foco en los nuevos modelos de negocio altamente digitalizados, lanzará el borrador del IVA y la asistencia virtual, inspeccionará a un mayor número de grandes patrimonios, las visitas y personaciones e incorporará a más colectivos en el ámbito de la lucha contra la economía sumergida, al tiempo que prestará atención al posible acceso a la información cruzada disponible en las plataformas de venta por internet de bienes y servicios. Además, se prevé un plan especial de comprobación de contribuyentes que en sus declaraciones del Impuesto sobre Sociedades presenten reiteradamente bases imponibles negativas pendientes de compensar en el futuro por el riesgo a una minoración indebida de tributación.

Estas medidas suponen las principales novedades del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2020, que también recoge actuaciones específicas como la implantación de un nuevo sistema informático que permitirá interactuar a los representantes y asesores de contribuyentes con la Inspección, sin necesidad de desplazamientos, incluyendo conexión por vídeo, y en los grupos fiscales, además de lo habitual, se pondrá el foco en pequeños grupos que, en ciertos casos, generan bases negativas de forma reiterada

Además, se manifiesta que ya en 2019 se ha estado elaborando un Plan Estratégico de la AEAT que recogerá la orientación del organismo para los próximos años, incluyendo las principales líneas estratégicas en materia de asistencia, prevención y control del fraude, así como los indicadores que permitirán evaluar su actuación en el medio plazo.

A continuación, vamos a exponer un breve resumen de las principales medidas y actuaciones que se van a acometer en este ejercicio 2020 por parte de Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Información y asistencia

Se pretende diseñar una estrategia de asistencia integral que consiga reducir las cargas administrativas a las que deben hacer frente los contribuyentes, favoreciendo el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias. Se va a priorizar el uso de las nuevas tecnologías para el intercambio de información entre la Administración y el contribuyente, frente a los medios tradicionales de asistencia presencial. Los medios telemáticos agilizan los trámites y permiten un uso más eficiente de recursos materiales y humanos. En este sentido, se implantarán las siguientes actuaciones:

• Creación de las "Administraciones de Asistencia Digital Integral (ADIS); plataformas dirigidas a prestar servicios electrónicos de información y asistencia mediante la utilización de canales de comunicación virtuales. Se realizará una prueba piloto a partir del cuarto trimestre de 2020.

• Actualización del SII (Suministro Inmediato de Información) y nueva asistencia on-line en IVA a través de un asistente virtual y mediante el uso de herramientas complementarias: localizador de las entregas de bienes y prestaciones de servicios; calificador inmobiliario para ITP, servicio de ayuda para arrendadores en el modelo 303; calculadora de plazos y modificación de bases imponibles y otras rectificaciones; calculadora de plazos del SII; desarrollo del AVIVA (Asistente Virtual en IVA).

• Diseño del "Asistente censal", como ayuda para presentar el modelo 037

• Consolidación de la aplicación móvil " Agencia Tributaria" para ofrecer servicios personalizados a los contribuyentes para que conozcan y cumplan sus obligaciones fiscales.

• Asistencia en la campaña de Renta. Mejora del programa Renta Web con la modificación del apartado correspondiente a rendimientos del capital inmobiliario. Se desglosan las partidas de gastos y los datos necesarios para el cálculo de las amortizaciones.

• Se potenciarán los avisos en el documento de datos fiscales del IRPF, incluyendo todas las fuentes de rentas, tanto nacionales como internacionales de las que se tenga conocimiento.

• Se consolidarán las herramientas de análisis y control de las solicitudes de rectificación de autoliquidaciones, para facilitar una tramitación más ágil. En el Impuesto de Sociedades se introduce como novedad la posibilidad de presentar una solicitud utilizando el modelo de autoliquidación del Impuesto.

• Se pretende comunicar al contribuyente los datos fiscales del Impuesto de Sociedades y de IVA (PRE-303- Servicio de ayuda para cumplimentar el modelo 303 dirigido, en principio, a las empresas incluidas en el REDEME que no sean gran empresa, es decir, no tengan volumen de operaciones superior a 6.010.121 euros).

Prevención de los incumplimientos. Fomento del cumplimiento voluntario y prevención del fraude

• Se prevé una depuración del censo (información comunicada mediante los modelos 036 y 037) con respecto a las sociedades inactivas que han sido abandonadas por sus administradores y socios sin proceder a su extinción y disolución. Estas sociedades se utilizan a menudo para ocultar la verdadera titularidad de bienes y derechos, potenciando el fraude.

Por ello se pretende:

– El cierre de la página del Registro Mercantil con posible revocación del NIF e imposición de sanción por incumplimiento reiterado de obligaciones fiscales.

– Control de riesgos cuando se da de alta como nuevo contribuyente una entidad controlada por sujetos con conductas tributarias reprochables en el pasado.

– Controlar la correcta comunicación de información por parte de las sociedades mercantiles en los modelos 036, 303, 322, 390, 220 y 200: epígrafes de la actividad económica, identificación de socios o partícipes, administradores o domicilios en los que se desarrolla la actividad. Para ello se planean visitas anuales que incluirán un módulo de control y verificación censal.

Estas medidas afectan, no solo a las sociedades mercantiles sino a otras formas jurídicas.

• Herramientas informáticas de depuración de la creciente información que se obtiene por la colaboración internacional (DAC 2, FATCA o CRS)

• Control por las Unidades de Intervención en el ámbito de los Impuestos Especiales (IIEE) para asegurar el cumplimiento de las novedades normativas en cuanto a la obligación de llevanza de libros de Contabilidad de Existencias.

Investigación y comprobación del fraude tributario y aduanero

• Se verificará el cumplimiento de presentación de autoliquidaciones y declaraciones informativas. El sistema de presentación de declaraciones informativas, TGVI- on line y la generalización del formulario como sistema de presentación, puesto en marcha en 2019, favorecerá el incremento de la calidad de los datos proporcionados a la Agencia Tributaria. En el ámbito internacional, se consolidarán los sistemas de intercambio de información con la Unión Europea y la OCDE.

• Se trabajará en la prevención en materia de Aduanas e Impuestos Especiales: mejora de los mecanismos informáticos que permiten una mejor coordinación con otros servicios de inspección que actúan en las aduanas. Implantación del pre-despacho aduanero que permitirá un control documental previo a la llegada de las mercancías. Se anticipa el control con la elaboración de una pre-declaración aduanera que agilizará los trámites y reducirá costes.

• Se realizarán controles en los recintos aduaneros para garantizar la correcta liquidación de los tributos y evitar la entrada de mercancías potencialmente peligrosas.

• Con respecto a los Impuestos Espaciales, se controlarán las existencias de productos en fábricas, depósitos fiscales y almacenes fiscales. También se comprobará el cumplimiento de las obligaciones normativas referentes a estos impuestos, como es la llevanza de los libros de Contabilidad de Existencias y materias primas a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria (Orden HAC/998/2019, de 23 de septiembre).

• En 2020 se insistirá en el empleo de cartas informativas individuales comunicando a los contribuyentes dados que presentan dudas a la Administración a partir de ciertos indicadores de riesgo.

• Se comprobarán los datos de los contribuyentes que hayan consignado reiteradamente en sus declaraciones bases imponibles negativas a compensar y deducciones pendientes de aplicar en el Impuesto sobre Sociedades.

• Se investigarán los cambios de domicilio falsos para conseguir una disminución indebida de la contribución fiscal.

• En 2020 se iniciará un sistema (que no estará consolidado hasta 2022) que permitirá el seguimiento informatizado de las actuaciones de Inspección para conocer las cantidades regularizadas y su relevancia cualitativa, algo que permitirá perfilar nuevas acciones de control y planificación en perfiles de riesgo de manera que se reduzcan los incumplimientos tributarios.

• La Agencia Tributaria redoblará sus esfuerzos en las líneas siguientes: implantación de Libros Registro estructurados de manera predefinida que permitan una gestión más sencilla de las obligaciones tributarias; lucha contra el uso de sistemas de procesamiento, sobre todo en cajas registradoras, que permitan la ocultación de ventas; atención específica a la actividad de las plataformas de Internet dedicadas a la venta de bienes o servicios.

• Se reforzará el control de las grandes corporaciones internacionales para detectar prácticas de erosión fiscal (intercambio de información en el ámbito de la Unión Europea en virtud de la Directiva 2016/881 del Consejo, de 25 de mayo de 2016 (DAC 4). Se implementará en todo el territorio de la UE la obligación de declarar los mecanismos de planificación agresiva y de técnicas de ocultación de la titularidad real de rentas y activos, según la Directiva 2011/16/UE, del Consejo de 15 de febrero de 2011 (DAC 6). En el ámbito de la fiscalidad internacional se implementarán medidas antielusión y medidas de control de precios de transferencia y operaciones transnacionales.

• Se evaluará el riesgo fiscal de las personas titulares de grandes patrimonios, los establecimientos permanentes, grupos fiscales y de entidades y la ocultación de actividades empresariales o profesionales (actividades no declaradas y economía sumergida) y el uso abusivo de sociedades (operaciones vinculadas).

Control del fraude en la fase recaudatoria

• Mejoras en la evaluación del riesgo recaudatorio.

• Prevención del delito contra la Hacienda pública y contrabando. Se realizará especial vigilancia patrimonial de los deudores para evitar el vaciamiento patrimonial.

• Adopción de derivaciones de responsabilidad.

• Adopción de medidas cautelares.

• Presencia de los funcionarios de Recaudación. Se potenciarán las visitas a los deudores, tanto en locales de negocio como en aquellos otros en los que se precise previa autorización judicial.

• Seguimiento de las insolvencias aparentes, sobre todo en la creación de sucesivas sociedades mercantiles que incumplen el pago de sus obligaciones tributarias corrientes.

Detección de deudores fallidos y rehabilitación de créditos declarados incobrables

• Se pondrá en marcha un mecanismo de cooperación con otras Administraciones Públicas denominado Punto Neutro. Este mecanismo permitirá cruzar los pagos de las Administraciones Públicas con las diligencias de embargo que ellas mismas pudieran dictar contra contribuyentes que fueran a la vez acreedores y deudores.

• Control de la deuda pendiente en periodo ejecutivo y de deudas suspendidas.

• Control de las garantías ofrecidas para la suspensión de la deuda y las aportadas en la solicitud de aplazamientos y fraccionamientos de pago.

• Impulsar el sistema electrónico de subastas.

Colaboración entra la Agencia Tributaria y las Administraciones tributarias de las Comunidades Autónomas

La Agencia Tributaria, en el marco de los acuerdos adoptados en el seno de Consejo Superior y de los Consejos Territoriales para la Dirección y Coordinación de la Gestión Tributaria, potenciará los intercambios de información con trascendencia tributaria entre las Administraciones Tributarias del Estado y de las Comunidades Autónomas con la finalidad de incrementar la eficacia de la gestión tributaria, mejorar la asistencia a los contribuyentes y potenciar la lucha contra el fraude fiscal y la economía sumergida.

• Se fomentará la transmisión periódica a la Agencia Tributaria de información contenida en los tributos cedidos gestionados por las Comunidades: ITPYAJD, Sucesiones y donaciones, tributos sobre el juego.

• Se informará sobre las familias numerosas y los grados de discapacidad a efectos del IRPF.

• Se comunicarán los valores reales de transmisión de bienes y derechos en los impuestos cedidos a efectos de su repercusión en el IRPF y Sociedades.

• Se potenciará la remisión de información por parte de las Comunidades Autónomas sobre la constitución de rentas vitalicias, operaciones de disolución de sociedades y de reducción de capital y préstamos entre particulares.

• Se cruzará la información sobre la titularidad de bienes y derechos, incluso los situados en el extranjero a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio y su relación con el Impuesto sobre Sociedades.

• Se revisarán las operaciones inmobiliarias a objeto de determinar su tributación por IVA o por ITP.

• Se comprobarán las operaciones societarias más relevantes no sujetas a ITPYAJD por haberse acogido al régimen fiscal especial del Capítulo VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedad.

• Se verificará el cumplimiento de los requisitos para disfrutar de determinados beneficios fiscales en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, el régimen fiscal de las cooperativas y los requisitos para el disfrute de la exención o bonificación del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte por adquisición de vehículos por minusválidos y familias numerosas.

TEXTO COMPLETO:

Source: Actualidad normativa

Compártelo:

¿Necesitas asesoramiento experto?

Completa el formulario y recibe una respuesta personalizada de nuestros especialistas

Responsable: Asinem Asesores y Promotores, S.L.

Finalidad de la recogida y tratamiento de los datos personales: gestionar la solicitud que realizas en este formulario y si, finalmente eres cliente, remitirte información sobre el estado del servicio contratado y comunicaciones sobre la empresa.

Legitimación: consentimiento del interesado.

Destinatarios: tus datos serán guardados en RAIOLA NETWORKS S.L., mi proveedor de hosting, y en gmail, mi proovedor de email, y que también cumple con el RGPD

Derechos: Podrás ejercer tus derechos de acceso, rectificación, limitación y suprimir los datos en asesoria@asinem-asesores.com así como el derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control

Información adicional: En nuestra política de privacidad encontrarás información adicional sobre la recopilación y el uso de su información personal, incluida información sobre acceso, conservación, rectificación, eliminación, seguridad, y otros temas.

Posts relacionados:

asesoria-integral-de-emmpresas-medidas-fiscales-dana-RDL62024
Medidas de Apoyo Fiscal para los Afectados por la DANA: Real Decreto-ley 6/2024

El reciente paso de la DANA (Depresión Aislada en Niveles Altos) ha dejado una huella significativa en distintas comunidades autónomas de España, especialmente en la Comunidad Valenciana, Castilla-La Mancha, Andalucía, Cataluña, Illes Balears y Aragón, entre otras. Ante esta situación, el 6 de noviembre de 2024, el Consejo de Ministros

Leer más »
¿Hablamos?
1
¡Bienvenido! Estamos aquí para asesorarte en lo que necesites. ¿Cómo podemos ayudarte?