Resolución de 3 de febrero de 2017, de la Subsecretaría, por la que se establece el procedimiento para el pago por vía telemática de tasas correspondientes a la expedición del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte y Reconocimientos, Autorizaciones y Concursos.
Desde el pasado día 8 de febrero que está en vigor el procedimiento para el pago telemático de determinadas tasas, en concreto:
- del Documento Nacional de Identidad,
- de Pasaportes,
- de autorizaciones administrativas, solicitudes de visados en frontera y documentación de identidad en materia de inmigración y extranjería,
- y para la expedición de la carta de invitación de particulares a favor de extranjeros.
Podrán efectuar el pago por vía telemática de estas tasas los sujetos pasivos a cuyo favor se expidan los documentos. La declaración, liquidación y el pago de las tasas previstas en esta resolución se realizará a través del servicio electrónico habilitado para la cita previa: www.citapreviadnie.es.
Los requisitos exigibles son:
- Disponer de un número de identificación fiscal (DNI/NIE).
- Disponer de DNI electrónico u otro certificado electrónico reconocido.
- Tener una cuenta abierta en una entidad colaboradora.
El pago de las tasas por vía telemáticatendrá carácter voluntario y alternativo, en su caso, al procedimiento ordinario de pago en efectivo.
Una vez efectuado el pago, la entidad colaboradora determinará el Número de Referencia Completo (NRC) que será remitido a la AEAT, que a su vez lo remitirá a la Dirección General de la Policía que, al objeto de facilitar su impresión, generará el modelo de liquidación cumplimentado en el que figura el NRC y que servirá como justificante del abono de la tasa y de la presentación de la declaración.
Source: Actualidad normativa