Asesoría para sociedades y autónomos

Orden de Módulos IRPF/IVA para 2022

Orden HFP/1335/2021, de 1 de diciembre, por la que se desarrollan para el año 2022 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

En el BOE de 2 de diciembre de 2021 se ha publicado la Orden HFP/1335/2021, de 1 de diciembre, por la que se desarrollan para el año 2022 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA, con entrada en vigor el 3 de diciembre de 2021 y con efectos para el año 2022.

La Orden HFP/1335/2021 mantiene la estructura de la Orden HAC/1155/2020, de 25 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2021 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA.

IRPF

Se mantienen para 2022 la cuantía de los signos, índices o módulos, así como las instrucciones de aplicación aplicables en el año 2021.

Se mantiene la reducción del 5% sobre el rendimiento neto de módulos para todos los contribuyentes (tanto para actividades agrícolas, ganaderas y forestales como para el resto de actividades) que determinen el mismo por el método de estimación objetiva en 2022, señalándose, asimismo, que esta reducción se tendrá en cuenta para cuantificar el rendimiento neto a efectos de los pagos fraccionados (disposición adicional primera Orden HFP/1335/2021).

Se mantiene la reducción de los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del IRPF para las siguientes actividades agrícolas: uva de mesa (0,32), flores y plantas ornamentales (0,32) y tabaco (0,26) (disposición adicional segunda Orden HFP/1335/2021).

IVA

La Orden mantiene para 2022 los módulos y las instrucciones para su aplicación del año anterior.

Reduce, como en años anteriores, el porcentaje aplicable en 2022 para el cálculo de la cuota devengada por operaciones corrientes en el régimen simplificado del IVA para determinadas actividades ganaderas afectadas por crisis sectoriales, en concreto para las actividades de apicultura (0,070) y de servicios de cría, guarda y engorde de aves (0,06625) (disposición adicional tercera Orden HFP/1335/2021).

Actividades económicas desarrolladas en Lorca

Se mantiene para 2022 la reducción del 20% en el rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva del IRPF y sobre la cuota devengada por operaciones corrientes del régimen simplificado del IVA para las actividades económicas desarrolladas en Lorca (disposición adicional cuarta Orden HFP/1335/2021).

Renuncia o revocación

Los contribuyentes que desarrollen actividades a las que sea de aplicación el método de estimación objetiva del IRPF o los sujetos pasivos del IVA a los que sea de aplicación el régimen especial simplificado y deseen renunciar a él o revocar su renuncia para 2022, podrán hacerlo en el plazo comprendido desde el 3 de diciembre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021.

No obstante lo anterior, también se entenderá efectuada la renuncia cuando se presente en el plazo reglamentario la declaración correspondiente al primer trimestre del año natural en que deba surtir efectos aplicando el régimen general. En caso de inicio de la actividad, también se entenderá efectuada la renuncia cuando la primera declaración que deba presentar el sujeto pasivo después del comienzo de la actividad se presente en plazo aplicando el régimen general (artículos 5 y 6 Orden HFP/1335/2021).

Prórroga de los límites cuantitativos para aplicar módulos

Por otro lado, en el proyecto de Ley de PGE para 2022 se prevé una nueva prórroga de los límites excluyentes de módulos, aplicándose los límites incrementados previstos en la DT 32 de la LIRPF y la DT 13ª de la LIVA desde 2016. De esta manera, podrán seguir en módulos en 2022 aquellos que no superen los siguientes límites de facturación en 2021: para el conjunto de actividades económicas, 250.000 euros. Y 125.000 euros cuando el destinatario sea empresario o profesional.

BOE:
Source: Actualidad normativa

Compártelo:

¿Necesitas asesoramiento experto?

Completa el formulario y recibe una respuesta personalizada de nuestros especialistas

Responsable: Asinem Asesores y Promotores, S.L.

Finalidad de la recogida y tratamiento de los datos personales: gestionar la solicitud que realizas en este formulario y si, finalmente eres cliente, remitirte información sobre el estado del servicio contratado y comunicaciones sobre la empresa.

Legitimación: consentimiento del interesado.

Destinatarios: tus datos serán guardados en RAIOLA NETWORKS S.L., mi proveedor de hosting, y en gmail, mi proovedor de email, y que también cumple con el RGPD

Derechos: Podrás ejercer tus derechos de acceso, rectificación, limitación y suprimir los datos en asesoria@asinem-asesores.com así como el derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control

Información adicional: En nuestra política de privacidad encontrarás información adicional sobre la recopilación y el uso de su información personal, incluida información sobre acceso, conservación, rectificación, eliminación, seguridad, y otros temas.

Posts relacionados:

AEAT. Novedades publicadas en el INFORMA sobre el Impuesto sobre Sociedades durante los meses de julio y agosto

JULIO 147459 – LIBERTAD AMORTIZACIÓN INVERSIONES EN NUEVOS VEHÍCULOS DESDE 1-1-2024 Con efectos desde 1 de enero de 2024 se sustituye el hasta ahora vigente sistema de amortización acelerada, por una amortización libre, siempre que se trate de inversiones nuevas que entren en funcionamiento en los períodos impositivos iniciados en 2024 y

Leer más »
Modificación del modelo 303 del IVA

Mediante esta Orden HAC/819/2024, de 30 de julio, se modifica la Orden EHA/3786/2008, de 29 de diciembre, por la que se aprueban el modelo 303 Impuesto sobre el Valor Añadido, Autoliquidación, y el modelo 308 Impuesto sobre el Valor Añadido, solicitud de devolución: Recargo de equivalencia, artículo 30 bis del

Leer más »
La AEAT publica dos informes sobre conflicto en la aplicación de la norma tributaria en IRPF sobre interposición de sociedad familiar para la aplicación indebida de la regla especial de imputación temporal de operaciones a plazos

Conflicto n.º 16. IRPF. Interposición de sociedad familiar para la aplicación indebida de la regla especial de imputación temporal de operaciones a plazos o con precio aplazado. Conflicto n.º 16 bis. IRPF. Interposición de sociedad familiar para la aplicación indebida de la regla especial de imputación temporal de operaciones a

Leer más »
Asesoría integral de empresas, convenio España-Paraguay
Convenio entre España y Paraguay para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión o elusión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y su Protocolo

Con fecha 29 de julio de 2024, se ha publicado en el BOE el Convenio entre el Reino de España y la República del Paraguay para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión o elusión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y su Protocolo (en adelante, CDI), hecho en

Leer más »
¿Hablamos?
1
¡Bienvenido! Estamos aquí para asesorarte en lo que necesites. ¿Cómo podemos ayudarte?