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Nuevos procedimientos electrónicos en el ROAC

El ICAC en su página web ha comunicado la implantación a partir del 20 de noviembre de nuevos procedimientos electrónicos en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas (ROAC)

Así, el ICAC, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ha adaptado determinados procedimientos que afectan al Registro Oficial de Auditores de Cuentas, y que se relacionan a continuación:

• Modelo R1. Solicitud de inscripción en la sección de personas físicas del ROAC.

• Modelo R21. Solicitud de cambio de situación en la sección de personas físicas del ROAC.

• Modelo R22. Solicitud alta/baja como ejerciente a título individual, sin cambio de situación.

• Modelo R31. Solicitud modificación datos públicos auditores inscritos como ejercientes en el ROAC.

• Modelo R32. Solicitud de modificación datos de auditores no inscritos como ejercientes en el ROAC.

• Modelo R33. Solicitud de modificación de datos no públicos de auditores inscritos en el ROAC.

• Modelo R4. Solicitud de inscripción en la sección de personas jurídicas del ROAC.

• Modelo R51. Solicitud de modificación de los datos públicos de sociedades inscritas en el ROAC.

• Modelo R52. Solicitud de modificación de datos no públicos de las sociedades inscritas en el ROAC.

• Modelo R6. Solicitud de emisión de certificados de inscripción en el ROAC.

• Baja de un auditor en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas.

• Baja de una sociedad en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas.

• Comunicación de la rescisión del contrato de auditoría (art. 22.2 Ley 22/2015).

• Comunicación de las circunstancias determinantes de la falta de emisión o la renuncia a continuar con el contrato de auditoría (art.5.2 Ley 22/2015).

• Comunicación al Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas por parte de los Registros Mercantiles sobre la no aceptación del nombramiento hecho a un auditor (Instrucción DGRN 09/02/2016).

A este respecto:

1. Las solicitudes y comunicaciones presentadas hasta el 19 de noviembre de 2018 serán debidamente tramitadas.

2. A partir del día 20 de noviembre, no se admitirán las solicitudes y comunicaciones que no se presenten a través de la Sede Electrónica.

En la página web del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, en la dirección http://www.icac.meh.es/ROAC/ROAC.aspx , se podrá obtener información sobre los procedimientos relacionados anteriormente.

Source: Noticias

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