La junta del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad se reunió el martes 12 a jueves 14 de marzo de 2019 en las oficinas de la Fundación IFRS en Londres. Entre otros, los temas tratados fueron: Los temas, en orden de discusión, fueron: clasificación de pasivos como corriente o no corriente, PYMES que son filiales, Instrumentos financieros con características de equidad, Combinaciones de negocios bajo control común, Estados Financieros Primarios, o la reforma del IBOR y los efectos en la información financiera.
Clasificación de pasivos como corriente o no corriente (documento de programa 29)
El Consejo se reunió el 12 de marzo de 2019 para continuar su discusión de los comentarios sobre el Proyecto de Norma de Clasificación de Pasivos, que propone enmiendas a los párrafos 69 a 76 de la NIC 1 Presentación de Estados Financieros.
Pasivos con características de liquidación de capital (Documento de Agenda 29ª)
El Consejo tentativamente decidió aclarar los requisitos de la NIC 1 para clasificar los pasivos con características de liquidación de patrimonio mediante:
a. Aclarar las circunstancias en las cuales la obligación de transferir los instrumentos de patrimonio propios de la entidad afecta la clasificación de un pasivo:
b. aclarando que las referencias existentes y propuestas a los instrumentos de patrimonio son a los instrumentos de patrimonio propios de la entidad.
c. alinear la terminología, refiriéndose a la ‘transferencia a la contraparte’ (no ‘emisión’) de los propios instrumentos de patrimonio de la entidad. El término transferencia se aplicaría a cualquier medio de entrega de los instrumentos de patrimonio de la entidad a la contraparte, incluida la emisión de nuevos instrumentos.
Los 14 miembros de la Junta estuvieron de acuerdo con la decisión.
La Junta solicitó al personal que realice una consulta enfocada para obtener una mejor comprensión del efecto práctico de estas aclaraciones.
Condiciones de préstamo probadas después del período del informe
En una reunión anterior, el Consejo tentativamente decidió aclarar en la NIC 1 que, al evaluar el derecho de una entidad a diferir la liquidación de un pasivo, el cumplimiento de cualquier condición en un acuerdo de préstamo debe evaluarse en la fecha de presentación de reporte, incluso si el prestamista lo hará. No probar el cumplimiento de la entidad hasta una fecha posterior.
En esta reunión, el Consejo tentativamente decidió no agregar más orientación sobre cómo probar el cumplimiento de las condiciones relacionadas con el desempeño financiero de la entidad.
Diez de los 14 miembros de la Junta estuvieron de acuerdo y cuatro no estuvieron de acuerdo con la decisión.
Próximos pasos
La Junta discutirá los arreglos de transición y revisará el debido proceso en este proyecto.
PYMES que son subsidiarias (Documento de Agenda 31)
La Junta se reunió el 12 de marzo de 2019 para recibir una actualización de su proyecto de investigación sobre las PYME que son subsidiarias. Este proyecto, anteriormente en la línea de investigación, ahora se ha activado.
No se le pidió a la Junta que tomara ninguna decisión.
Próximo paso
El personal se encargará de la divulgación.
Revisión exhaustiva de 2019 de la Norma NIIF para las PYMES (Documento de Agenda 30)
La Junta se reunió el 12 de marzo de 2019 para discutir la revisión completa de 2019 de la Norma NIIF para las PYMES.
La Junta discutió:
a. si la Norma NIIF para las PYMES debe alinearse con las Normas NIIF completas;
b. los principios que deben aplicarse al considerar si y cómo debe actualizarse la Norma NIIF para las PYMES para las Normas NIIF nuevas y modificadas; y
c. si la Solicitud de información debe recomendar alinear los Conceptos de la Sección 2 y los Principios generales de la Norma NIIF para las PYMES con el Marco conceptual de 2018 para la Información financiera.
La Junta no tomó ninguna decisión.
Próximos pasos
La Junta instruyó al personal para preparar un documento que demuestre cómo se aplicarían los principios al considerar si y cómo debería actualizarse la Norma NIIF para las PYMES para las Normas NIIF nuevas y modificadas.
Instrumentos financieros con características de equidad (Documento 5 del programa)
La Junta se reunió el 13 de marzo de 2019 para discutir los temas que surgen de los comentarios sobre los Instrumentos Financieros del Documento de Discusión con Características de la Equidad a través de cartas de comentarios y divulgación.
No se le pidió a la Junta que tomara ninguna decisión.
Próximos pasos
En futuras reuniones de la Junta, la Junta recibirá análisis detallados de las cartas de comentarios sobre el Documento de debate.
Combinaciones de negocios bajo control común (Documento de Agenda 23)
La Junta se reunió el 13 de marzo de 2019 para discutir el proyecto de investigación sobre combinaciones de negocios bajo el control común.
La Junta discutió las necesidades de información de los diferentes tipos de usuarios primarios de los estados financieros de una entidad y cómo esas necesidades de información se consideran al desarrollar alternativas de medición para las transacciones dentro del alcance del proyecto.
La Junta también discutió si un enfoque predecesor podría aplicarse a transacciones entre entidades de propiedad total; en particular, para transacciones que afectan a los prestamistas y otros acreedores de la entidad receptora o que afectan a posibles inversionistas de capital.
No se le pidió a la Junta que tomara ninguna decisión.
Próximo paso
La Junta espera continuar las discusiones sobre métodos de contabilidad para transacciones dentro del alcance del proyecto en reuniones futuras.
Actividades Extractivas (Documento de Agenda 19)
La Junta se reunió el 13 de marzo de 2019 para discutir los comentarios de los emisores de normas nacionales sobre los cambios en la industria extractiva desde la publicación del Documento de debate sobre actividades extractivas de 2010. No se le pidió a la Junta que tomara ninguna decisión.
Próximos pasos
Antes de decidir el alcance y la dirección de este proyecto de investigación, la Junta planea realizar sesiones educativas para desarrollar aún más su comprensión de las actividades extractivas y los resultados del Documento de Discusión de 2010.
Estados Financieros Primarios (Documento de Agenda 21)
La Junta se reunió el 13 de marzo para discutir:
a. si agregar a las partidas requeridas en los estados financieros primarios; y
b. la definición y los requisitos de guía y divulgación para artículos inusuales.
Propuestas adicionales sobre elementos de línea requeridos en los estados financieros primarios (Documento de Agenda 21A)
La Junta decidió tentativamente:
a. exigir a las entidades que presenten en el estado de situación financiera:
i. buena voluntad;
ii. las inversiones en asociados ‘integrales’ y negocios conjuntos contabilizados utilizando el método de participación; y
iii. las inversiones en asociadas ‘no integrales’ y negocios conjuntos contabilizados utilizando el método de participación.
Trece de los 14 miembros de la Junta estuvieron de acuerdo y uno no estuvo de acuerdo con esta decisión.
b. no agregue los gastos de amortización, depreciación o de investigación y desarrollo a la lista de partidas en el párrafo 82 de la NIC 1 que se requiere presentar en el (los) estado (s) de rendimiento financiero. Doce de los 14 miembros de la Junta estuvieron de acuerdo y dos no estuvieron de acuerdo con esta decisión.
Artículos inusuales (Documento de Agenda 21B)
La Junta decidió tentativamente:
a. Define artículos inusuales en las siguientes líneas:
‘Las partidas inusuales son ingresos o gastos con un valor predictivo limitado porque es razonable esperar que no surjan partidas similares para varios periodos de informes anuales futuros.
‘Los artículos similares son ingresos o gastos que son similares en tipo y cantidad’.
Trece de los 14 miembros de la Junta estuvieron de acuerdo y uno no estuvo de acuerdo con esta decisión.
b. declare que las ganancias o pérdidas que surgen de la nueva medición de los elementos que deben medirse al valor actual (incluido el valor razonable) generalmente no deben clasificarse como elementos inusuales.
Once de los 14 miembros de la Junta estuvieron de acuerdo y tres no estuvieron de acuerdo con esta decisión.
c. requieren que las entidades atribuyan gastos inusuales a categorías de gastos por naturaleza, independientemente de su método de análisis de gastos en el (los) estado (s) de rendimiento financiero. Trece de los 14 miembros de la Junta estuvieron de acuerdo y uno no estuvo de acuerdo con esta decisión.
d. requiere que las entidades proporcionen una descripción narrativa de las transacciones u otros eventos que dan lugar a elementos inusuales. Trece de los 14 miembros de la Junta estuvieron de acuerdo y uno no estuvo de acuerdo con esta decisión.
e. no requiere que las entidades proporcionen información sobre ingresos o gastos relacionados con ingresos o gastos inusuales (a menos que esos ingresos o gastos cumplan con la definición de elementos inusuales). Trece de los 14 miembros de la Junta estuvieron de acuerdo y uno no estuvo de acuerdo con esta decisión.
La Junta decidió provisionalmente no proporcionar orientación indicando que:
a. la información proporcionada sobre elementos inusuales debe ser neutral, y se observa que se espera que la información en los estados financieros sea neutral; y
b. las entidades pueden considerar la ocurrencia pasada de elementos similares para evaluar si es razonable esperar que surjan elementos similares en el futuro.
Ocho de los 14 miembros de la Junta estuvieron de acuerdo con esta decisión y seis no estuvieron de acuerdo.
Próximos pasos
La Junta continuará discutiendo temas dentro del alcance del proyecto en futuras reuniones de la Junta.
Modificaciones a la NIIF 17 Contratos de seguro (Documento 2 del programa)
El Consejo se reunió el 14 de marzo de 2019 para considerar posibles modificaciones a la NIIF 17 Contratos de seguro relacionados con los siguientes temas:
• nivel de agregación — Documento de Agenda 2A, 2B y 2C;
• Tarjetas de crédito que proporcionan cobertura de seguro — Agenda Paper 2D;
• requisitos de transición — opción de mitigación de riesgos — Documento de Agenda 2E;
• Requisitos de transición: préstamos que transfieren un riesgo de seguro significativo: Documento de Agenda 2F;
• enmiendas a los requisitos de divulgación resultantes de las decisiones tentativas de la Junta hasta la fecha – Documento de la Agenda 2G; y
• Otras implicaciones para la divulgación y requisitos de transición — Documento de Agenda 2H.
Nivel de agregación (Documento de Agenda 2ª a 2C)
El Consejo tentativamente decidió mantener los requisitos de la NIIF 17 en el nivel de agregación sin cambios.
Los 14 miembros de la Junta estuvieron de acuerdo con esta decisión.
Tarjetas de crédito que brindan cobertura de seguro (Agenda Paper 2D)
El Consejo tentativamente decidió enmendar la NIIF 17 para excluir de su alcance los contratos de tarjetas de crédito que brindan una cobertura de seguro para la cual la entidad no refleja una evaluación del riesgo de seguro asociado con un cliente individual al establecer el precio del contrato con ese cliente.
Los 14 miembros de la Junta estuvieron de acuerdo con esta decisión.
Requisitos de transición: opción de mitigación de riesgos (Documento de Agenda 2E)
El Consejo tentativamente decidió modificar los requisitos de la NIIF 17 para:
a. permitir que una entidad aplique la opción de mitigación de riesgos de forma prospectiva a partir de la fecha de transición de la NIIF 17, siempre que la entidad designe sus relaciones de mitigación de riesgos para aplicar la opción de mitigación de riesgos a más tardar en la fecha de transición de la NIIF 17; y
b. Permitir que una entidad que puede aplicar la NIIF 17 retroactivamente a un grupo de contratos de seguro con características de participación directa utilice el enfoque de transición del valor razonable para el grupo, si y solo si:
i. elige aplicar la opción de mitigación de riesgos al grupo de forma prospectiva a partir de la fecha de transición; y
ii. ha utilizado derivados o contratos de reaseguro mantenidos para mitigar el riesgo financiero que surge del grupo antes de la fecha de transición.
Los 14 miembros de la Junta estuvieron de acuerdo con esta decisión.
La Junta tentativamente decidió retener:
a. los requisitos de transición de la NIIF 17 para préstamos que transfieren un riesgo de seguro significativo, si una entidad elige aplicar los requisitos de la NIIF 17 a una cartera de dichos préstamos; y
b. los requisitos de transición en la NIIF 9 Instrumentos financieros para préstamos que transfieren un riesgo de seguro significativo, si una entidad:
i. elige aplicar los requisitos de la NIIF 9 a una cartera de dichos préstamos; y
ii. inicialmente se aplica la NIIF 17 y la NIIF 9 al mismo tiempo.
El Consejo tentativamente decidió enmendar los requisitos de transición en la NIIF 9 para préstamos que transfieren un riesgo de seguro significativo, si una entidad:
a. elige aplicar los requisitos de la NIIF 9 a una cartera de dichos préstamos; y
b. ha aplicado la NIIF 9 antes de la aplicación inicial de la NIIF 17
En tales circunstancias, el Consejo tentativamente decidió modificar los requisitos de transición en la NIIF 9:
a. para requerir que una entidad aplique los requisitos de transición en la NIIF 9 que son necesarios para aplicar las modificaciones propuestas.
b. para permitir que una entidad designe nuevamente y requiera que una entidad revoque sus designaciones anteriores de un pasivo financiero según la opción de valor razonable en la fecha en que la entidad aplica por primera vez las modificaciones propuestas, en la medida en que se crea un nuevo desajuste contable, o un desajuste contable anterior ya no existe como resultado de aplicar las modificaciones propuestas.
c. no requerir que una entidad reexprese periodos anteriores para reflejar la aplicación de las modificaciones propuestas, sino permitir que una entidad reexprese periodos anteriores bajo condiciones particulares.
d. para eximir a una entidad de presentar la información cuantitativa requerida por el párrafo 28 (f) de la NIC 8 Políticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores.
e. para requerir que una entidad revele información específica además de las revelaciones que cualquier otra norma IFRS requeriría. La información específica requerida es:
i. la clasificación anterior, incluida la categoría de medición cuando corresponda, y el importe en libros de los préstamos inmediatamente antes de aplicar las modificaciones propuestas;
ii. la nueva categoría de medición y el valor en libros de los préstamos determinados de acuerdo con la NIIF 9 después de aplicar las modificaciones propuestas;
iii. el valor en libros de cualquier pasivo financiero a la fecha de la aplicación inicial de las modificaciones propuestas en el estado de situación financiera que se designaron previamente a valor razonable con cambios en resultados (FVPL) pero ya no se designan como resultado de la propuesta enmiendas; y
iv. los motivos de cualquier designación o designación de pasivos financieros, medidos en FVPL.
Los 14 miembros de la Junta estuvieron de acuerdo con esta decisión.
Enmiendas a los requisitos de divulgación resultantes de las decisiones tentativas de la Junta hasta la fecha (Documento de Agenda 2G)
El Consejo tentativamente decidió enmendar los requisitos de revelación en la NIIF 17 para reflejar las enmiendas propuestas relacionadas con:
a. el margen de servicio contractual reconocido en utilidad o pérdida sobre la base de unidades de cobertura determinadas al considerar tanto la cobertura de seguro como los servicios relacionados con la inversión o los servicios de retorno de inversión, en su caso, al requerir:
i. la divulgación cuantitativa, en franjas horarias apropiadas, del reconocimiento esperado en el resultado del margen de servicio contractual restante al final del período de presentación de informes, es decir, eliminar la opción en el párrafo 109 de la NIIF 17 para proporcionar solo información cualitativa.
ii. la divulgación específica del enfoque para evaluar la ponderación relativa de los beneficios proporcionados por la cobertura de seguro y los servicios relacionados con la inversión o los servicios de retorno de inversión, como parte de los requisitos de revelación en el párrafo 117 de la NIIF 17.
b. Los flujos de efectivo de adquisición de seguros que aún no se incluyen en la medición de grupos reconocidos de contratos de seguros, requieren:
i. la conciliación del activo creado por estos flujos de efectivo al principio y al final del período de presentación de reporte y sus cambios, específicamente el reconocimiento de cualquier pérdida por deterioro o reversión. La agregación de la información proporcionada en esta conciliación debe ser coherente con la agregación que utiliza una entidad al aplicar el párrafo 98 de la NIIF 17 a los contratos de seguros relacionados.
ii. la divulgación cuantitativa, en las franjas horarias apropiadas, de la fecha prevista para la inclusión de estos flujos de efectivo de adquisición en la medición del grupo relacionado de contratos de seguro.
Los 14 miembros de la Junta estuvieron de acuerdo con esta decisión.
Implicaciones en los requisitos de divulgación y transición (Documento de Agenda 2H)
La Junta decidió provisionalmente mantener sin cambios todos los requisitos de divulgación y transición en la NIIF 17, excepto como se describe en las decisiones provisionales sobre los Documentos de Agenda 2E, 2F y 2G.
Los 14 miembros de la Junta estuvieron de acuerdo con esta decisión.
Próximos pasos
En su reunión de abril de 2019, la Junta planea considerar el paquete de enmiendas tentativamente decidido por la Junta en su totalidad. En esa reunión, la Junta considerará si:
a. En general, los beneficios de las enmiendas superan los costos; y
b. En general, las enmiendas no interrumpen indebidamente la implementación.
En la misma reunión, el personal espera solicitar el permiso de la Junta para iniciar el proceso de votación de las enmiendas propuestas a la NIIF 17.
Iniciativa de divulgación: políticas contables (documento 11 del programa)
La Junta se reunió el 14 de marzo de 2019 para continuar sus deliberaciones sobre las revelaciones de políticas contables.
Ejemplos (Documento de Agenda 11A)
La Junta tentativamente decidió usar dos ejemplos para demostrar cómo una entidad debería aplicar el proceso de materialidad de cuatro pasos establecido en la declaración de práctica de materialidad a las revelaciones de la política contable.
La Junta también tentativamente decidió que los ejemplos deberían:
a. resaltar la necesidad de centrarse en la información útil para los usuarios de los estados financieros; y
b. Demuestre cómo la aplicación del proceso de materialidad de cuatro pasos puede responder a:
i. el uso de información general o genérica en el material de divulgación de la política contable a los estados financieros; y
ii. revelaciones de políticas contables que contienen solo información que repite los requisitos de los estándares IFRS.
Trece de los 14 miembros de la Junta estuvieron de acuerdo y uno no estuvo de acuerdo con estas decisiones.
Próximos pasos
La Junta discutirá los pasos del debido proceso en una reunión futura.
La reforma de IBOR y los efectos en la información financiera (Documento de Agenda 14)
La Junta se reunió el 14 de marzo de 2019 para discutir:
• si una entidad debería tener la opción de aplicar el alivio establecido durante la reunión de la Junta de febrero de 2019 y cuándo debería dejar de aplicar el alivio: Documento de Agenda 14; y
• pasos del debido proceso — Documento de Agenda 14A.
Aplicación voluntaria y fin del alivio (Documento de Agenda 14)
La Junta decidió tentativamente que:
a. la aplicación del alivio, cuando corresponda, debe ser obligatoria.
b. Las entidades deben dejar de aplicar el alivio cuando ocurra lo anterior de lo siguiente:
i. la incertidumbre con respecto al tiempo y la cantidad de los flujos de efectivo resultantes ya no está presente; y
ii. La relación de cobertura termina.
c. El fin del alivio, antes de la terminación de la relación de cobertura, no es aplicable para los componentes de riesgo identificables por separado.
Los 14 miembros de la Junta estuvieron de acuerdo con estas decisiones.
Pasos del debido proceso (Documento de Agenda 14A)
El Consejo tentativamente decidió que el período de comentarios para las enmiendas propuestas a la NIIF 9 Instrumentos financieros y la NIC 39 Instrumentos financieros: reconocimiento y medición debe ser de 45 días. Los 14 miembros de la Junta estuvieron de acuerdo con esta decisión.
Todos los miembros de la Junta confirmaron que estaban satisfechos de que la Junta había cumplido con los requisitos de debido proceso aplicables y que había realizado una consulta y un análisis suficientes para comenzar el proceso de votación del Proyecto de Norma.
Ningún miembro de la Junta indicó que pretenden disentir de las modificaciones propuestas a la NIIF 9 y la NIC 39.
Próximo paso
La Junta planea emitir un borrador de exposición en el segundo trimestre de 2019.
Source: Actualidad normativa