Asesoría para sociedades y autónomos

Novedades en la contabilidad internacional. IASB JULIO 2021

La Junta se reunió a distancia del 20 al 21 de julio de 2021. Además, el IASB celebró una reunión conjunta remota con el Consejo de Normas de Contabilidad Financiera (FASB) el 23 de julio de 2021.

Contenido

Investigación y establecimiento de estándares

Mantenimiento y aplicación constante
Taxonomía
Proyectos discutidos en la reunión conjunta de IASB-FASB

Investigación y establecimiento de estándares

Revisión posterior a la implementación de la NIIF 9 — Clasificación y medición (Documento 3 de la agenda)

El Consejo se reunió el 20 de julio de 2021 para: 

  • discutir la retroalimentación del alcance en la primera fase de la revisión posterior a la implementación de los requisitos de clasificación y medición de la NIIF 9 Instrumentos financieros.
  • Decidir sobre asuntos para examinar más a fondo en la segunda fase. La Junta consultará públicamente sobre estos asuntos a través de una solicitud de información. 

La Junta decidió examinar más a fondo: 

  1. la evaluación del modelo de negocio para activos financieros, específicamente: 
    • el uso del juicio al aplicar la evaluación; y 
    • la reclasificación de activos financieros resultante de un cambio en el modelo de negocio; 
  1. la evaluación de las características de los flujos de efectivo contractuales para los activos financieros, específicamente: 
    • aplicar la evaluación a la luz de la evolución del mercado (incluidas las características de los nuevos productos, como los activos financieros con características vinculadas a la sostenibilidad (discutidas en el Documento 3B de la Agenda)); y 
    • los requisitos para las inversiones en instrumentos vinculados contractualmente; 
  1. la opción de que los instrumentos de patrimonio presenten cambios en el valor razonable en otro resultado integral, específicamente:
    • qué tan ampliamente se usa la opción de presentación y los tipos de instrumentos para los que se usa; y
    • el efecto de la opción sobre las decisiones de inversión de las entidades y sobre la utilidad de la información para los usuarios de los estados financieros; 
  1. la presentación en otro resultado integral de los cambios en el valor razonable resultantes de cambios en el riesgo de crédito propio para los pasivos financieros designados a valor razonable con cambios en resultados;
  1. modificaciones a los flujos de efectivo contractuales, específicamente:
    • las diferencias en la redacción entre los requisitos de modificaciones para activos financieros y pasivos financieros; y
    • determinar cuándo una modificación da lugar a la baja en cuentas; y 
  1. la transición a la NIIF 9, específicamente:
    • los efectos de los alivios de transición proporcionados; y 
    • el equilibrio entre la reducción de costos para los preparadores de estados financieros y el suministro de información útil a los usuarios de los estados financieros. 

Los 12 miembros de la Junta estuvieron de acuerdo con esta decisión. 

Próximo paso

La Junta espera aprobar la publicación y establecer un período de comentarios para la solicitud de información en una reunión futura. La Junta espera que la solicitud de información se publique a fines de septiembre de 2021.

Revisión posterior a la implementación de la NIIF 10 Estados financieros consolidados, la NIIF 11 Acuerdos conjuntos y la NIIF 12 Información a revelar sobre participaciones en otras entidades (Documento 7 de la agenda)

El Consejo se reunió el 21 de julio de 2021 para analizar la retroalimentación sobre la Solicitud de revisión de información posterior a la implementación de la NIIF 10 Estados financieros consolidados, la NIIF 11 Acuerdos conjuntos y la NIIF 12 Información a revelar sobre participaciones en otras entidades. La Solicitud de información se publicó en diciembre de 2020 y el período de comentarios finalizó el 10 de mayo de 2021. 

La Junta discutió: 

  1. retroalimentación de cartas de comentarios;
  2. comentarios de la divulgación que llevó a cabo entre enero y mayo de 2021; y
  3. una actualización de la revisión de la literatura académica.

No se le pidió a la Junta que tomara ninguna decisión. 

Próximo paso

La Junta decidirá en una reunión futura si tomará alguna medida como resultado de la revisión posterior a la implementación. La Junta consideraría tales acciones como parte de la Consulta de la Tercera Agenda. 

Iniciativa de divulgación: revisión de divulgaciones a nivel de estándares específicos (Documento 11 de la agenda)

El Consejo se reunió el 21 de julio de 2021 y decidió extender el período de comentarios para el Proyecto de Norma Requerimientos de Información a Revelar en las Normas NIIF — Un Enfoque Piloto de 210 días a 293 días, de modo que finalice el 12 de enero de 2022. El Consejo destacó que este El período de comentarios se justifica únicamente debido a la naturaleza única y al nuevo pensamiento significativo de las propuestas. En particular, el período de comentarios permitirá más tiempo para que los preparadores realicen el trabajo de campo y brinden comentarios sobre la aplicación práctica de las propuestas. 

Los 12 miembros de la Junta estuvieron de acuerdo con esta decisión.  

Fondo de comercio y deterioro (Documento 18 de la agenda)

El Consejo se reunió el 20 de julio de 2021 para volver a deliberar sobre sus puntos de vista preliminares sobre la contabilización posterior del fondo de comercio y, en particular, si reintroducir la amortización del fondo de comercio.  

Como parte de su nueva deliberación sobre si reintroducir la amortización de la plusvalía, el Consejo discutió las revelaciones sobre combinaciones de negocios y la mejora de la efectividad de la prueba de deterioro en la NIC 36 Deterioro de Activos

No se le pidió a la Junta que tomara ninguna decisión. 

Próximo paso

La Junta continuará deliberando sobre sus puntos de vista preliminares en una reunión futura. 

Estados financieros primarios (Documento 21 de la agenda)

El Consejo se reunió el 21 de julio de 2021 para volver a deliberar sobre algunas de las propuestas del Proyecto de Norma Presentación General e Información a Revelar relacionadas con la clasificación en categorías en el estado de resultados. 

Clasificación de ingresos y gastos en la categoría de financiamiento del estado de resultados (Documento 21A de la Agenda) 

Clasificación en el estado de pérdidas y ganancias 

El Consejo decidió tentativamente requerir que una entidad clasifique en la categoría de financiamiento del estado del resultado del período: 

  1. todos los ingresos y gastos de pasivos que surgen de transacciones que involucran solo la obtención de financiamiento; y 
  2. Ingresos y gastos especificados de otros pasivos (ver ‘Pasivos que surgen de transacciones que no involucran solo la obtención de financiamiento’).  

Los 12 miembros de la Junta estuvieron de acuerdo con esta decisión. 

Transacciones que involucran solo la obtención de financiamiento 

El Consejo decidió tentativamente requerir que una entidad describa una transacción que involucra solo la obtención de financiamiento como una transacción que involucra: 

  1. la recepción por parte de la entidad de efectivo, instrumentos de patrimonio propio de una entidad o una reducción en un pasivo financiero; y 
  2. el rendimiento por parte de la entidad del efectivo o de los instrumentos de patrimonio propios de una entidad. 

Once de los 12 miembros de la Junta estuvieron de acuerdo con esta decisión. 

Contratos híbridos con pasivos de host y derivados implícitos 

En relación con los contratos híbridos con pasivos anfitriones y derivados implícitos, el Consejo decidió tentativamente: 

  1. requerir que una entidad clasifique los ingresos y gastos relacionados con los pasivos del anfitrión separados de la misma manera que los ingresos y gastos relacionados con otros pasivos; 
  2. requerir que una entidad clasifique los ingresos y gastos relacionados con los derivados implícitos separados de la misma manera que los ingresos y gastos relacionados con los derivados independientes; y  
  3. requerir que una entidad clasifique los ingresos y gastos relacionados con contratos que no están separados, de la misma manera que los ingresos y gastos relacionados con otros pasivos.  

Además, el Consejo decidió tentativamente desarrollar requerimientos de información a revelar para la situación en la que una entidad designa un contrato híbrido completo como a valor razonable con cambios en resultados y, como resultado, no separa del pasivo financiero anfitrión un derivado implícito que de otro modo se requiera. ser separados por la NIIF 9 Instrumentos Financieros. El objetivo de estos requerimientos de información a revelar sería brindar a los usuarios de los estados financieros información sobre cuándo el uso de la opción del valor razonable cambia la clasificación de ingresos y gastos. 

Los 12 miembros de la Junta estuvieron de acuerdo con estas decisiones. 

Pasivos que surgen de transacciones que no implican solo la obtención de financiación 

Para los pasivos que surgen de transacciones que no involucran solo la obtención de financiamiento, excepto algunos de esos pasivos especificados por el Consejo, el Consejo decidió provisionalmente requerir que una entidad clasifique en la categoría de financiamiento del estado de resultados el gasto por intereses y el efecto de los cambios en las tasas de interés, cuando dichos montos se identifican aplicando los requerimientos de las Normas NIIF.  

El Consejo especificó que esta decisión tentativa no se aplica a los pasivos que surgen de transacciones que no implican solo la obtención de financiación y que: 

  1. son contratos híbridos en el alcance de la NIIF 9 medidos al costo amortizado; y 
  2. incluir un derivado implícito cuyas características económicas y riesgos están estrechamente relacionados con las características económicas y los riesgos del contrato anfitrión.

En relación con estos pasivos especificados, el Consejo decidió explorar un enfoque que clasificaría todos los ingresos y gastos en la categoría de financiamiento del estado de resultados. 

Los 12 miembros de la Junta estuvieron de acuerdo con estas decisiones. 

Clasificación de ganancias o pérdidas de valor razonable en derivados e instrumentos de cobertura (Documento 21B de la Agenda) 

El Consejo decidió provisionalmente requerir que una entidad: 

  1. clasificar las ganancias o pérdidas del valor razonable de los instrumentos financieros designados como instrumentos de cobertura aplicando la NIIF 9 o la NIC 39 Instrumentos financieros: Reconocimiento y medición en la categoría del estado de resultados afectado por el riesgo que administra la entidad, excepto cuando hacerlo implicaría la aumento de las ganancias o pérdidas del valor razonable. En tal caso, una entidad clasifica todas las ganancias o pérdidas del valor razonable del instrumento de cobertura en la categoría operativa. Once de los 12 miembros de la Junta estuvieron de acuerdo con esta decisión. 
  1. clasificar las ganancias o pérdidas del valor razonable aplicando los requerimientos de (a) a los derivados utilizados para la gestión de riesgos si esos derivados no se designan como instrumentos de cobertura aplicando la NIIF 9 o la NIC 39, excepto cuando hacerlo implicaría un esfuerzo o un costo desproporcionado. En los casos que involucran un esfuerzo o costo desproporcionado, una entidad clasifica todas las ganancias o pérdidas del valor razonable del derivado en la categoría operativa. Once de los 12 miembros de la Junta estuvieron de acuerdo con esta decisión. 
  1. clasificar las ganancias o pérdidas del valor razonable de los derivados no utilizados para la gestión de riesgos en la categoría operativa del estado de resultados, a menos que un derivado se relacione con actividades de financiación y no se utilice en el curso de las principales actividades comerciales de la entidad. Cuando el derivado se relaciona con actividades de financiación y no se utiliza en el curso de las principales actividades comerciales de la entidad, la entidad clasifica todas las ganancias o pérdidas del valor razonable del derivado en la categoría de financiación. Diez de los 12 miembros de la Junta estuvieron de acuerdo con esta decisión. 
Clasificación de las diferencias de cambio (Documento 21C de la Agenda) 

El Consejo decidió provisionalmente requerir que una entidad clasifique las diferencias de cambio incluidas en el estado de resultados aplicando los párrafos 28 y 30 de la NIC 21 Los efectos de las variaciones en los tipos de cambio en la misma categoría del estado de resultados que el ingresos y gastos de las partidas que dieron lugar a las diferencias de cambio, excepto cuando ello implique un esfuerzo o costo indebido. En los casos que involucran un esfuerzo o costo desproporcionado, una entidad clasifica las diferencias de cambio de la partida en la categoría operativa.  

Once de los 12 miembros de la Junta estuvieron de acuerdo con esta decisión. 

Próximo paso

La Junta continuará deliberando sobre las propuestas de proyectos en reuniones futuras.

Mantenimiento y aplicación constante

Mantenimiento y aplicación coherente (Documento 12 de la agenda)

El Consejo se reunió el 20 de julio de 2021 para considerar la clasificación de la deuda como corriente o no corriente, los acuerdos de financiación con proveedores y los asuntos discutidos en la reunión del Comité de Interpretaciones de las NIIF de junio de 2021 (Comité).

Clasificación de la deuda con convenios como corriente o no corriente (IAS 1): transición, aplicación anticipada y debido proceso (Documento 12A de la agenda) 

El Consejo discutió los requerimientos para la transición y la aplicación anticipada de las modificaciones propuestas a la NIC 1 Presentación de estados financieros. La Junta también discutió el debido proceso, incluido el permiso para comenzar el proceso de votación. 

Las modificaciones propuestas a la NIC 1: 

  1. modificar los requisitos introducidos por la Clasificación de pasivos como corrientes o no corrientes (enmiendas de 2020) sobre cómo una entidad clasifica la deuda y otros pasivos financieros como corrientes o no corrientes en circunstancias particulares; y
  2. diferir la fecha de vigencia de las enmiendas de 2020 no antes del 1 de enero de 2024.

Transición 

La Junta decidió tentativamente: 

  1. requerir que las entidades apliquen las modificaciones propuestas de forma retroactiva de acuerdo con la NIC 8 Políticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores; y
  2. no ofrecen exenciones para los adoptantes por primera vez. 

Los 12 miembros de la Junta estuvieron de acuerdo con estas decisiones. 

Aplicación anticipada 

El Consejo decidió provisionalmente permitir que una entidad aplique las modificaciones propuestas antes de la fecha de vigencia. 

Los 12 miembros de la Junta estuvieron de acuerdo con esta decisión. 

Debido al proceso 

El Consejo decidió tentativamente permitir un período de comentarios de no menos de 120 días para el proyecto de norma de sus modificaciones propuestas a la NIC 1. Los 12 miembros del Consejo estuvieron de acuerdo con esta decisión. 

Los 12 miembros de la Junta confirmaron que estaban satisfechos de que la Junta haya cumplido con los requisitos del debido proceso aplicables y haya realizado suficientes consultas y análisis para comenzar el proceso de votación del borrador para discusión pública. 

Dos miembros de la Junta indicaron su intención de disentir de las propuestas del borrador para discusión pública. 

Próximo paso 

La Junta planea publicar el borrador para discusión pública en el cuarto trimestre de 2021. 

Acuerdos de financiación de proveedores: transición, aplicación anticipada y debido proceso (documento de la agenda 12B) 

El Consejo discutió los requerimientos para la transición y la aplicación anticipada de las modificaciones propuestas a la NIC 7 Estado de flujos de efectivo y la NIIF 7 Instrumentos financieros: información a revelar. La Junta también discutió el debido proceso, incluido el permiso para comenzar el proceso de votación. 

Transición 

La Junta decidió tentativamente: 

  1. requerir que las entidades apliquen las modificaciones propuestas de forma retroactiva de acuerdo con la NIC 8; y 
  2. no ofrecen exenciones para los adoptantes por primera vez. 

Los 12 miembros de la Junta estuvieron de acuerdo con estas decisiones. 

Aplicación anticipada 

El Consejo decidió provisionalmente permitir que una entidad aplique las modificaciones propuestas antes de la fecha de vigencia. 

Los 12 miembros de la Junta estuvieron de acuerdo con esta decisión. 

Debido al proceso 

El Consejo decidió tentativamente permitir un período de comentarios de no menos de 120 días para el proyecto de norma de sus modificaciones propuestas a la NIC 7 y la NIIF 7. Los 12 miembros del Consejo estuvieron de acuerdo con esta decisión. 

Los 12 miembros de la Junta confirmaron que estaban satisfechos de que la Junta haya cumplido con los requisitos del debido proceso aplicables y haya realizado suficientes consultas y análisis para comenzar el proceso de votación del borrador para discusión pública. 
Ningún miembro de la Junta indicó su intención de disentir de las propuestas en el borrador para discusión pública. 

Próximo paso 

La Junta planea publicar el borrador para discusión pública en el cuarto trimestre de 2021. 

Actualización del CINIIF (Documento 12C de la agenda) 

La Junta recibió una actualización sobre la reunión del Comité de junio de 2021. Los detalles de esta reunión se publicaron en la actualización IFRIC de junio de 2021 . 

No se le pidió a la Junta que tomara ninguna decisión.

Taxonomía

Taxonomía NIIF (Documento 25 de la Agenda)

La Junta se reunió el 21 de julio de 2021 para recibir una actualización sobre: 

  1. retroalimentación sobre la Actualización propuesta de taxonomía IFRS para: 
    • Revelación de políticas contables, que modifica la NIC 1 Presentación de estados financieros y la Declaración de práctica de las NIIF 2 Realización de juicios de materialidad; y
    • Definición de Estimaciones Contables, que modifica la NIC 8 Políticas ContablesCambios en las Estimaciones Contables y Errores; y 
  1. los próximos pasos para finalizar la Actualización de la taxonomía NIIF para la divulgación de políticas contables y la definición de estimaciones contables

No se le pidió a la Junta que tomara ninguna decisión. 

Próximo paso

La Junta comenzará el proceso de votación y espera emitir la Taxonomía IFRS 2021 — Actualización 1 Revelación de políticas contables y definición de estimaciones contables en el cuarto trimestre de 2021. 

Proyectos discutidos en la reunión conjunta de IASB-FASB

Puntos de discusión

La Junta y la Junta de Normas de Contabilidad Financiera (las juntas) se reunieron el 23 de julio de 2021 para una sesión educativa para discutir: 

  1. el proyecto de IASB sobre plusvalía y deterioro (el proyecto de FASB sobre activos intangibles identificables y contabilización posterior de plusvalía) —Agenda Paper 18;
  1. la Consulta de la Tercera Agenda de IASB (Consulta de la Agenda de FASB) — Documento de Agenda 24; y 
  1. el proyecto de IASB sobre acuerdos de financiación de proveedores (el proyecto de FASB sobre divulgación de programas de financiación de proveedores que involucran cuentas comerciales por pagar) —Agenda Paper 27.  

No se pidió a las juntas que tomaran ninguna decisión.
Source: Actualidad normativa

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