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Nota informativa del SEPE sobre el cumplimiento de los plazos para la presentación de solicitudes

El Servicio Público de Empleo (SEPE) ha publicado una nota informativa en relación al cumplimiento de los plazos fijados por el Real Decreto-Ley 9/2020, de 27 de marzo, referente a la presentación de solicitudes colectivas de prestación por desempleo para trabajadores afectados por procedimientos de suspensión de contratos y reducción de jornadas (ERTES).

Reconociendo la saturación de los sistemas disponibles en la Administración General del Estado (Registro Electrónico Común), y en el propio SEPE, el Servicio de Empleo comunica lo siguiente:

  • Nos encontramos ante una situación en la que el incumplimiento de los plazos está originado en causas ajenas a la voluntad de la empresa, por lo que se ha de entender que este retraso no debiera ser constitutivo de infracción.
  • Se recalca la importancia de evitar los errores que podrían dificultar la tramitación de las solicitudes colectivas, para lo que resulta imprescindible seguir las instrucciones y completar adecuadamente las solicitudes de tramitación y reconocimiento. 
  • En envío de solicitudes a través del Registro Electrónico Común y los certificados de empresa a través de la aplicación Certific@2. Se aconseja en base a razones de seguridad jurídica y tecnológica remitir la documentación por los canales establecidos.
  • Aunque pueda producirse una dilatación en los plazos por causas ajenas a la voluntad de las empresas, el SEPE recalca que se irán respondiendo en la medida de lo posible.

Source: Actualidad normativa

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