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Modificados los modelos 122 y 143 del IRPF relativos a las deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo y modelo 136 relativo al gravamen especial sobre los premios de loterías y apuestas

Orden HAC/763/2018, de 10 de julio, por la que se modifica la Orden HAP/2486/2014, de 29 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 143 para la solicitud del abono anticipado de las deducciones por familia numerosa y personas con discapacidad a cargo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se regulan el lugar, plazo y formas de presentación; la Orden HFP/105/2017, de 6 de febrero, por la que se aprueba el modelo 122 «Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Deducciones por familia numerosa, por personas con discapacidad a cargo o por ascendiente con dos hijos separado legalmente o sin vínculo matrimonial. Regularización del derecho a la deducción por contribuyentes no obligados a presentar declaración»; y el modelo 136 «Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Gravamen Especial sobre los Premios de determinadas Loterías y Apuestas. Autoliquidación» aprobado por la Orden HAP/70/2013, de 30 de enero.

Mediante esta Orden, Se aprueban en el IRPF nuevos modelos 143 para la solicitud del abono anticipado de las deducciones por familia numerosa y personas con discapacidad a cargo y 122 de Deducciones por familia numerosa, por personas con discapacidad a cargo o por ascendiente con dos hijos separado legalmente o sin vínculo matrimonial -regularización del derecho a la deducción por contribuyentes no obligados a presentar declaración- y en el IRPF e IRNR el modelo 136 relativo al gravamen especial sobre los Premios de determinadas Loterías y Apuestas, motivados por los cambios introducidos por la Ley 6/2018 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.

La presente Orden entró en vigor el día 19-07-2018 y será de aplicación para las solicitudes del abono anticipado de las deducciones por familia numerosa y personas con discapacidad a cargo presentadas a partir del 1 de agosto de 2018.

El nuevo modelo 136 «Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Gravamen Especial sobre los Premios de determinadas Loterías y Apuestas. Autoliquidación» será de aplicación para las autoliquidaciones correspondientes al tercer trimestre del año 2018 y siguientes.

Modificaciones modelos 122 y 143

Por lo que respecta a las deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo, hay que tener en cuenta que la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 introduce, con efectos desde el 5 de julio de 2018, modificaciones en el artículo 81 bis de la LIRPF, para ampliar hasta en 600 euros anuales la cuantía de los límites establecidos para las deducciones por familia numerosa, por cada uno de los hijos que formen parte de la familia que exceda de tres (cinco en familia numerosa de categoría especial) y crear la deducción de 1.200 euros anuales por cónyuge no separado legalmente con discapacidad siempre que no tenga rentas anuales –excluidas las exentas– que superen los 8.000 euros anuales y no tengan derecho a las deducciones por descendiente o ascendiente con discapacidad con derecho a la aplicación de mínimo por descendientes o ascendientes, respectivamente. Estos cambios han hecho necesario modificar los modelos 143 y 122 y serán de aplicación para las solicitudes del abono anticipado de las deducciones por familia numerosa y personas con discapacidad a cargo presentada a partir del 1 de agosto de 2018.

Los contribuyentes que, a la fecha de entrada en vigor de esta Orden, hayan solicitado el abono anticipado de la deducción por familia numerosa, no será preciso que soliciten el abono anticipado del incremento de esta deducción.

Modelo 136 «Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Gravamen Especial sobre los Premios de determinadas Loterías y Apuestas. Autoliquidación»

En relación con el Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas, la Ley de Presupuestos eleva, con efectos desde el 5 de julio de 2018, de 2.500 a 40.000 euros el importe íntegro exento del gravamen especial. No obstante, regula un régimen transitorio para los ejercicios 2018 y 2019 de la cuantía exenta, quedando establecida ésta en función de la fecha de celebración de los premios. En concreto, la disposición transitoria trigésima quinta de la mencionada Ley de Presupuestos señala que esta cuantía será de 10.000 euros para los premios derivados de juegos celebrados en el período impositivo 2018 a partir de la entrada en vigor de la citada Ley, y de 20.000 euros para los premios derivados de juegos celebrados en el período impositivo 2019.

Estos cambios han hecho necesario aprobar un nuevo modelo 136 que será de aplicación para las autoliquidaciones correspondientes al tercer trimestre del año 2018 y siguientes.

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