Real Decreto 1078/2017, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 138/2000, de 4 de febrero, y el Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de Orden social y para los expedientes liquidatarios de cuotas de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo.
Mediante este RD 1078/2017, se modifica, con efectos desde el 31-12-2017, el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y el Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de Orden social y para los expedientes liquidatarios de cuotas de la Seguridad Social, ara adaptarlos a una de las principales novedades que introdujo la Ley Ordenadora del Sistema de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, del 21 de julio de 2015, que fue la creación de dos Escalas especializadas dentro del Cuerpo de Subinspectores Laborales: la ya existente de Empleo y Seguridad Social y la nueva Escala de Seguridad y Salud laboral creada por la citada ley.
El presente real decreto no aborda un desarrollo general de la Ley 23/2015, de 21 de julio, sino que se centra en las materias arriba citadas derivadas de la creación del nuevo Cuerpo de Subinspectores Laborales, su funcionamiento y actuación. Para ello se procede a la modificación de la normativa reguladora de la organización y funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Disposición transitoria única. Titulación de acceso a la Escala de Empleo y Seguridad Social del Cuerpo de Subinspectores Laborales.
1. Tal como establece la disposición transitoria tercera de la Ley 23/2015, de 21 de julio, los requisitos de titulación para el ingreso en la Escala de Empleo y Seguridad Social del Cuerpo de Subinspectores Laborales establecidos en la redacción dada por este real decreto al artículo 4. 3 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 138/2000, de 4 de febrero, únicamente será exigible a partir del 1 de enero de 2019 en las oposiciones que se convoquen para el ingreso en la misma.
2. Hasta la fecha indicada en el apartado precedente solo se exigirá en la convocatoria correspondiente para el ingreso en la mencionada Escala el título universitario de graduado o equivalente, sin que dicho título deba corresponder a ramas específicas de conocimiento.
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