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Modificación del procedimiento de remisión de cuentas anuales del sector público empresarial y fundacional

Orden HFP/458/2018, de 3 de mayo, por la que se modifica la Orden EHA/2043/2010, de 22 de julio, por la que se regula el procedimiento de remisión de las cuentas anuales y demás información que las entidades del sector público empresarial y fundacional del Estado han de rendir al Tribunal de Cuentas, y de la información de carácter anual y trimestral a remitir a la Intervención General de la Administración del Estado.

Mediante esta Orden, que entró en vigor el día 8 de mayo y será aplicable a las cuentas anuales del ejercicio 2017 y siguientes, se modifica la Orden EHA/2043/2010, de 22 de julio, por la que se regula el procedimiento de remisión de las cuentas anuales y demás información que las entidades del sector público empresarial y fundacional del Estado han de rendir al Tribunal de Cuentas, y de la información de carácter anual y trimestral a remitir a la Intervención General de la Administración del Estado.

Entre la información que se regula en dicha norma se incluye la necesaria para realizar los ajustes para consolidar la Cuenta General del Estado. Dicha información posteriormente se incluyó en la Orden HAP/1724/2015, de 31 de julio, por la que se regula la elaboración de la Cuenta General del Estado, por lo que se hace necesario suprimir las menciones que se hacen a dicha información en la Orden EHA/2043/2010.

Así, la información de carácter anual deberá remitirse a la IGAE dentro de los siete meses siguientes a la terminación del ejercicio económico a que dicha información se refiere.

La formación del fichero, el envío a la IGAE de la información anual, trimestral y mensual y las condiciones de firma electrónica por parte del responsable del departamento financiero de la entidad se ajustarán a las especificaciones técnicas del Anexo VII.

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