ORDEN VEH/30/2021, de 2 de febrero, por la que se modifican los modelos 650 y 652 del impuesto sobre sucesiones y donaciones, aprobados por la Orden ECO/330/2011, de 30 de noviembre, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación de los tributos gestionados por la Agencia Tributaria de Cataluña.
Las principales modificaciones aprobadas en relación con el impuesto sobre sucesiones y donaciones, son, por un lado, la reintroducción de los coeficientes multiplicativos en función del patrimonio preexistente para los/las contribuyentes de los grupos I y II, con el objetivo de dotar el impuesto de un impacto redistributivo mayor y reducir las disparidades económicas, así como modificar el régimen de bonificaciones en la cuota.
El restablecimiento de los coeficientes multiplicativos en función del patrimonio preexistente y del grupo de parentesco con el causante comporta la necesidad de modificar los modelos de autoliquidación 650 y 652 del impuesto sobre sucesiones y donaciones, para que los/las contribuyentes puedan aplicar, si procede, la reducción por exceso de cuota producida de acuerdo con lo que prevé el apartado segundo del artículo 22 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Se modifican los modelos de autoliquidación 650 para la autoliquidación de sucesiones, y 652 para la autoliquidación de seguros de vida, en el impuesto sobre sucesiones y donaciones, aprobados por el artículo 12 de la Orden ECO/330/2011, de 30 de noviembre, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación de los tributos gestionados por la Agencia Tributaria de Cataluña.
Modelo de autoliquidación 650:
Modelo de autoliquidación 652:
DOGC:
Source: Actualidad normativa