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Modificación de la Norma Internacional de Información Financiera (NIIF) 2 Pagos basados en acciones

REGLAMENTO (UE) 2018/289 DE LA COMISIÓN de 26 de febrero de 2018 que modifica el Reglamento (CE) número 1126/2008 por el que se adoptan determinadas normas internacionales de contabilidad de conformidad con el Reglamento (CE) número 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo relativo a la Norma Internacional de Información Financiera (NIIF) 2 Pagos basados en acciones.

En el anexo del Reglamento (CE) número 1126/2008, la Norma Internacional de Información Financiera (NIIF) 2 Pagos basados en acciones queda modificada según lo establecido en el anexo del presente Reglamento.

Todas las empresas aplicarán las modificaciones mencionadas en el artículo 1 a más tardar desde la fecha de inicio de su primer ejercicio a partir del 1 de enero de 2018.

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE).

Mediante dicho Reglamento se modifica:

  • El párrafo 19 relativo al tratamiento de las condiciones para la irrevocabilidad de la concesión.
  • Los párrafos 30, 31 y 33 sobre transacciones con pagos basados en acciones liquidadas en efectivo.
  • El párrafo 52 referente a la información a revelar.
  • El párrafo 63 sobre la fecha de vigencia.

Por otro lado, el citado Reglamento introduce nuevos párrafos, concretamente los párrafos 33A a 33D sobre el tratamiento de las condiciones para la irrevocabilidad (o consolidación) de la concesión y de las condiciones no determinantes de dicha irrevocabilidad y los párrafos 33E a 33H sobre las transacciones con pagos basados en acciones que comportan la característica de liquidación neta para satisfacer obligaciones de retención de impuestos.

También se incluyen los nuevos párrafos 59A y 59B dentro de las disposiciones transitorias.

Por último, en el Apéndice B se añaden los párrafos B44A a B44C sobre contabilización de la modificación de una transacción con pagos basados en acciones que se reclasifique de “liquidado en efectivo” a “liquidado mediante instrumentos de patrimonio”.

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