Asesoría para sociedades y autónomos

Medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19, mediante la limitación de los vuelos directos y buques de pasaje entre Reino Unido; Brasil y Sudáfrica

Orden PCM/118/2021, de 11 de febrero, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 9 de febrero de 2021, por el que se prorrogan los Acuerdos del Consejo de Ministros de 22 de diciembre de 2020 y de 2 de febrero de 2021, por los que, respectivamente, se establecen medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19, mediante la limitación de los vuelos directos y buques de pasaje entre Reino Unido y los aeropuertos y puertos españoles; y los vuelos entre la República Federativa de Brasil y la República de Sudáfrica y los aeropuertos españoles.

Ante la situación que nos acontece como consecuencia de las nuevas cepas de virus COVID-19, el día 13 de febrero se publicaba y entraba en vigor la nueva Orden del Consejo de Ministros, mediante la cual se prorroga los acuerdos acordados sobre la limitación de los vuelos directos y buques de pasaje entre Reino Unido y los aeropuertos y puertos españoles y, los vuelos entre la República Federativa de Brasil y la República de Sudáfrica y los aeropuertos españoles.

Prórroga del Acuerdo del Consejo de Ministros de 22 de diciembre de 2020

Como consecuencia de la nueva variante del virus, con fecha 22 de diciembre de 2020, el Consejo de Ministros aprobó el acuerdo por el que se establecen medidas excepcionales para limitar la propagación y el contagio por el COVID-19, mediante la limitación de los vuelos directos y buques de pasaje entre Reino Unido y los aeropuertos y puertos españoles.

En relación a los vuelos, se limitan todos aquellos procedentes de cualquier aeropuerto situado en el Reino Unido a cualquier aeropuerto situado en España, con o sin escalas intermedias. Únicamente se permite si se trata de aeronaves que transporten exclusivamente nacionales españoles o andorranos, o residentes en España o Andorra. Así mismo, solo se permite la entrada en los puertos españoles a los buques de pasaje de transbordo rodado y buques de pasaje que presten servicio de línea regular entre puertos del Reino Unido y de España que hayan embarcado pasajeros en puerto británico cuando se trate de buques que transporten exclusivamente nacionales españoles o andorranos, o residentes en España o Andorra.

El acuerdo que ha sido prorrogado hasta en tres ocasiones, nuevamente se vuelve a prorrogar desde las 18:00 horas del día 16 de febrero de 2021 (hora peninsular) hasta las 18:00 horas del día 2 de marzo de 2021 (hora peninsular).

Prórroga del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de febrero de 2021

El acuerdo del Consejo de Ministros con fecha 2 de febrero de 2021, con limitación de los vuelos entre la República Federativa de Brasil y la República de Sudáfrica y los aeropuertos españoles, finaliza el día 17 de febrero de 2021.

Según lo previsto en dicho acuerdo, la realización de vuelos desde cualquier aeropuerto situado en la República Federativa de Brasil o en la República de Sudáfrica a cualquier aeropuerto situado en el Reino de España, con o sin escalas intermedias, únicamente podrá llevarse a cabo cuando se trate de aeronaves que transporten exclusivamente nacionales españoles o andorranos, o residentes en España o Andorra o pasajeros en tránsito internacional a un país no Schengen con escala inferior a 24 horas sin abandonar la zona de tránsito del aeropuerto español.

En cambio, debido a que las variantes brasileñas y sudafricanas pueden tener efectos preocupantes sobre la transmisibilidad de la enfermedad, se prorroga la eficacia de las previsiones contenidas en el Acuerdo, desde las 9:00 horas del día 17 de febrero de 2021 (hora peninsular) hasta las 18:00 horas del día 2 de marzo de 2021 (hora peninsular).

BOE:
Source: Actualidad normativa

Compártelo:

¿Necesitas asesoramiento experto?

Completa el formulario y recibe una respuesta personalizada de nuestros especialistas

Responsable: Asinem Asesores y Promotores, S.L.

Finalidad de la recogida y tratamiento de los datos personales: gestionar la solicitud que realizas en este formulario y si, finalmente eres cliente, remitirte información sobre el estado del servicio contratado y comunicaciones sobre la empresa.

Legitimación: consentimiento del interesado.

Destinatarios: tus datos serán guardados en RAIOLA NETWORKS S.L., mi proveedor de hosting, y en gmail, mi proovedor de email, y que también cumple con el RGPD

Derechos: Podrás ejercer tus derechos de acceso, rectificación, limitación y suprimir los datos en asesoria@asinem-asesores.com así como el derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control

Información adicional: En nuestra política de privacidad encontrarás información adicional sobre la recopilación y el uso de su información personal, incluida información sobre acceso, conservación, rectificación, eliminación, seguridad, y otros temas.

Posts relacionados:

Consejo de la Productividad

La creación del Consejo está en línea con las mejores prácticas internacionales, tendrá autonomía funcional, se basará en la colaboración institucional y estará compuesto por personas de reconocida experiencia y competencia en la materia. El Consejo de la Productividad tendrá entre sus funciones la elaboración de análisis económicos y estadísticos

Leer más »
Anteproyecto de ley de alcohol y menores

El objetivo es prevenir el consumo de alcohol, retrasando la edad de inicio, proteger las consecuencias del consumo y reducir los episodios de consumo intensivo en este grupo vulnerable. Datos de consumo Según la Encuesta Estatal sobre Uso de Drogas en Enseñanzas Secundarias en España (ESTUDES), el alcohol es la

Leer más »
Ayudas a actuaciones de fortalecimiento industrial en los sectores de la pesca y la acuicultura, dentro del PERTE Agroalimentario

La Dirección General de Programas Industriales del Ministerio de Industria y Turismo ha sido el departamento que ha solicitado una transferencia de crédito al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, por importe de 20 millones, con el fin de posibilitar la convocatoria de ayudas a las actuaciones de fortalecimiento industrial

Leer más »
Asesoría integral de empresas, arbitraje
Reglamento del Sistema Arbitral de Consumo

El pasado día 24 de julio de 2024 se publicó en el BOE el Real Decreto 713/2024, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula el Sistema Arbitral de Consumo que no entrará en vigor sino hasta el próximo día 13 de agosto de 2024.

Leer más »
¿Hablamos?
1
¡Bienvenido! Estamos aquí para asesorarte en lo que necesites. ¿Cómo podemos ayudarte?