Ley de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente.
En cuanto a las novedades fiscales, y en lo que se refiere al Impuesto sobre la Renta, con efectos para 2020, se incrementa el mínimo del contribuyente para aquellos en que la suma de las bases liquidables general y del ahorro no supere 12.450€, y se introduce un nuevo tramo en la escala autonómica a partir de 90.000€ de base liquidable –con tipo del 23,5%- aplicando el 24,5 a partir de 120.000€, y manteniendo el marginal máximo desde 175.000€ en el 25,5%, que agregándolo al estatal, da un 48% igual que antes.
Entre las novedades más importantes del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones –aplicables desde el 1 de mayo- destacamos la regulación de nuevos coeficientes multiplicadores para los Grupos I y II, porque el coeficiente 1, que antes era el único que se aplicaba, solo se aplicará a patrimonios preexistentes de hasta 500.000€, debiendo aplicarse otros superiores cuando el patrimonio es mayor que esa cantidad. También se modifican los porcentajes de las bonificaciones para Grupos I y II, en el sentido de que se aplican los mismos para el grupo I y otros inferiores para el grupo II, con lo que también se incrementa el importe a pagar con esta medida.
En lo que respecta al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, también con efectos desde 1 de mayo, se aprueba, para la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas, un tipo reducido del 5% para las adquisiciones de viviendas por familias monoparentales, y se crea una bonificación en la cuota, en la modalidad Actos Jurídicos Documentados, para las escrituras públicas de constitución en régimen de propiedad horizontal por parcelas.
En cuanto a tributos propios, se crea el Impuesto sobre Instalaciones que Inciden en el Medio Ambiente que grava la incidencia, la alteración o el riesgo de deterioro que ocasiona en el medio ambiente la realización de actividades de producción, almacenamiento o transformación de energía eléctrica y las actividades de transporte de energía eléctrica o de redes de comunicaciones.
Se incrementan los tipos de gravamen de los Cánones sobre la Deposición Controlada y la Incineración de Residuos Municipales y los aplicables en el Impuesto sobre Bebidas Azucaradas Envasadas.
Respecto al Impuesto sobre Estancias en Establecimientos Turísticos, se incorpora la tributación de los cruceros que no llegan a entrar al puerto pero fondean en sus aguas y permite que el Ayuntamiento de Barcelona pueda establecer un recargo sobre este impuesto.
Además, modifica determinados aspectos del Canon del Agua, las bonificaciones del Impuesto sobre las viviendas vacías para incentivar la disponibilidad de viviendas de alquiler social, los supuestos de sujeción y la forma de cálculo de la base en el Impuesto sobre Grandes Establecimientos Comerciales, así como las pertinentes modificaciones en materia de tasas.
Source: Actualidad normativa