Según la carta remitida por la Seguridad Social a la Asociación de Mutuas de Accidentes de Trabajo (AMAT), se fija un criterio único por el que aplica la consideración de enfermedades profesionales, a dolencias causadas directamente por trabajos concretos, entre ellas, el síndrome del túnel carpiano, epicondilitis o tendinitis tal como se recoge en el RD 1299/2006.
Las dolencias indicadas se asocian al desempeño de determinadas profesiones recogidas en el listado de la ley al que ahora se añaden la de camarera de piso y otras ocupaciones, que exigen también el desempeño de trabajos con la intensidad y repetición necesarias para generar estas patologías.
Con esta comunicación se da cumplimiento a uno de los puntos acordados el pasado 30 de agosto en la Mesa de Empleo de Calidad en el Sector de la Hostelería en relación con este colectivo profesional. En esta mesa están representados el Gobierno, las centrales sindicales mayoritarias y las organizaciones empresariales.
Las camareras de piso han reclamado reiteradamente la consideración como enfermedad profesional de aquellas dolencias específicas que este colectivo padece de forma reiterada por el ejercicio de su profesión y que les impide trabajar.
Fuente: Ministerio de Trabajo, 21-09-2018.
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