Resolución de 28 de mayo de 2019, de SEPES Entidad Pública Empresarial de Suelo, por la que se deroga la Resolución de 17 de noviembre de 2011, por la que se crean y regulan la sede electrónica y el registro electrónico.
Mediante la Resolución de 17 de noviembre de 2011, se hizo pública la creación y regulación de la sede electrónica y registro electrónico de Sepes Entidad Pública Empresarial de Suelo. En cambio, tras la publicación en el BOE el pasado 11 de junio de la Resolución de 28 de mayo de 2019, las anteriormente mencionadas, pasarán a incorporarse a la propia sede electrónica del Ministerio de Fomento.
El concepto de sede electrónica fue creado por la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos que posteriormente ha sido derogada por las Leyes 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público que integran el contenido de aquella ley y profundiza en la agilización de los procedimientos con un pleno funcionamiento electrónico.
La sede electrónica constituye una herramienta fundamental para las relaciones entre la Administración Pública y el ciudadano. Se configura como una dirección electrónica, disponible para todos los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones y cuya titularidad le corresponde a la Administración Pública, organismos públicos o entidades de Derecho Público en el ejercicio de sus competencias.
Si nos referimos a SEPES Entidad Pública Empresarial de Suelo, hemos de considerarla como un organismo adscrito al Ministerio de Fomento, que tiene por misión, fomentar el reequilibrio social y económico de todo el territorio español a través de la promoción, adquisición y preparación de suelo para usos residenciales, industriales, terciarios y de servicios. Además, este organismo, tal y como lo describe el propio Ministerio, se configura como una herramienta fundamental del Estado cuyos objetivos principales son, por un lado, poner las bases para la generación de tejido empresarial y de empleo, y por otro, no menos importante, la transformación de suelo para la construcción de viviendas de protección oficial.
Así, por razones de economía, eficiencia y eficacia, el Ministerio de Fomento y SEPES han considerado relacionarse con el ciudadano a través de una sede única, habiéndose suscrito entre ambos un Convenio por el que se acuerda la incorporación de dicha Entidad a la sede electrónica del Ministerio de Fomento.
Source: Actualidad normativa