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La CNMV aprueba la Guía Técnica sobre comisiones de auditoría

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha aprobado una Guía Técnica sobre comisiones de auditoría de entidades de interés público.

La guía técnica se publica tras la entrada en vigor de la nueva Ley de Auditoría de Cuentas, que encomienda a la CNMV la supervisión de dichas comisiones.

Dicha normativa extendió la obligación de contar con comisión de auditoría a las entidades de interés público (EIP) que canalizan ahorro a través de distintos instrumentos o son relevantes por su importancia, la naturaleza de su actividad, tamaño o número de empleados.

Las comisiones de auditoría han adquirido una importancia creciente y se han convertido en una pieza fundamental para asegurar la calidad de la información financiera y no financiera de las empresas.

Los principios básicos que deben inspirar la actuación de la comisión de auditoría son los siguientes:

  • Responsabilidad.
  • Escepticismo o actitud crítica.
  • Diálogo constructivo entre sus miembros (participación libre, sin presiones).
  • Diálogo continuo con la auditoría interna, el auditor de cuentas y la dirección.
  • Capacidad de análisis suficiente con potestad de utilización de expertos.

Entre las buenas prácticas recomendadas, destacan las encaminadas a reforzar la independencia de la comisión y favorecer su correcto funcionamiento en la supervisión tanto de la elaboración y presentación de la información financiera y no financiera como de los procesos de gestión, control de riesgos y auditoría interna. Se proponen además medidas para salvaguardar la independencia del auditor externo.

Las buenas prácticas se centran en aspectos como:

  • Composición: Se definen criterios sobre diversidad, nombramiento y formación y se recomienda una variedad adecuada de perfiles para favorecer la actitud crítica y diferentes puntos de vista.
  • Funcionamiento: Se detallan los contenidos que, en su caso, debería tener el reglamento de funcionamiento de la comisión. Este documento debe favorecer la independencia de la comisión y se recomienda su publicación en la web de la entidad.

La guía aconseja también un mínimo de cuatro reuniones anuales con la posibilidad de que asistan de manera ocasional consejeros ejecutivos u otras personas, si bien únicamente en virtud de invitación previa del Presidente de la comisión y sólo para tratar puntos específicos del orden del día.

También se abordan aspectos como los recursos y la remuneración de los miembros de la comisión de auditoría. En concreto, se señala que ésta debe ser suficiente dada la responsabilidad y dedicación exigible, pero no debe comprometer su independencia.

  • Supervisión de la información financiera y no financiera: Es relevante que los miembros tengan un correcto conocimiento y entendimiento del sistema de control interno de la información financiera para supervisar adecuadamente su eficacia. Asimismo, la comisión de auditoría debe poder revisar y comentar los estados financieros y otra información no financiera relevante con la dirección, la auditoría interna y el auditor externo.

También se recomienda el establecimiento de un sistema que permita comunicar las irregularidades, especialmente las de trascendencia financiera y contable. La comisión de auditoría debe supervisar el “canal de denuncias”, revisar su funcionamiento y proponer mejoras.

El nuevo documento se centra también en las funciones de supervisión de la gestión y control de riesgos así como en la supervisión de la auditoría interna. Se establecen criterios para las relaciones con el auditor de cuentas, que incluye los relativos al proceso de selección y propuesta de nombramiento, con pautas para velar por su independencia.

  • Información pública: Se recomienda que las comisiones de auditoría rindan cuentas públicamente sobre sus actuaciones en un informe anual con ocasión de la convocatoria de junta general ordinaria.

Source: Actualidad normativa

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