Con fecha 2 de octubre de 2018, la AEAT ha publicado en su página web el primer supuesto en que se fija criterio administrativo sobre conflicto en la aplicación de la norma, cuya realización por parte del contribuyente dará lugar a las infracciones previstas en el artículo 206 bis de la Ley 58/2003, General Tributaria, de 17 de diciembre, introducido por la Ley 34/2015, de 21 de septiembre.
La denominación del informe será “Conflicto nº 1. Impuesto sobre Sociedades. Gastos financieros de financiación intragrupo”.
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