Asesoría para sociedades y autónomos

INFORMA. Impuesto sobre Sociedades. Declaración de entidades: ejercicio partido año 2020

¿Cómo se puede presentar el Impuesto sobre Sociedades por contribuyentes cuyo volumen de operaciones no haya superado la cantidad de 600.000 euros?

Para el caso de contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades cuyo período impositivo no coincida con el año natural, si su volumen de operaciones no es superior a 600.000 euros en el año 2019 y el vencimiento de esta autoliquidación se produce a partir del 15 de abril y hasta el día 20 de mayo de 2020, el plazo para su presentación se extenderá hasta el 20 de mayo de 2020. En el caso de que se domicilie el ingreso el plazo será hasta el 15 de mayo.

Sin perjuicio de lo anterior, el Real Decreto-ley 7/2020 de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19 permite solicitar el aplazamiento de las autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice en el período comprendido entre el 13 de marzo y el día 30 de mayo de 2020, ambos inclusive, por seis meses y no se devengarán intereses de demora durante los primeros tres meses.

Esta extensión de plazo no resultará de aplicación a los contribuyentes que formen parte de un grupo fiscal que aplique el régimen especial de consolidación fiscal regulado en el capítulo VI del título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, con independencia de su importe neto de la cifra de negocios.

Normativa/Doctrina

Artículo Único Real Decreto Ley 14 / 2020, de 14 de abril de 2020.

Source: Actualidad normativa

Compártelo:

¿Necesitas asesoramiento experto?

Completa el formulario y recibe una respuesta personalizada de nuestros especialistas

Responsable: Asinem Asesores y Promotores, S.L.


Finalidad de la recogida y tratamiento de los datos personales: gestionar la solicitud que realizas en este formulario y si, finalmente eres cliente, remitirte información sobre el estado del servicio contratado y comunicaciones sobre la empresa.


Legitimación: consentimiento del interesado.


Destinatarios: tus datos serán guardados en RAIOLA NETWORKS S.L., mi proveedor de hosting, y en gmail, mi proovedor de email, y que también cumple con el RGPD


Derechos: Podrás ejercer tus derechos de acceso, rectificación, limitación y suprimir los datos en asesoria@asinem-asesores.com así como el derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control


Información adicional: En nuestra política de privacidad encontrarás información adicional sobre la recopilación y el uso de su información personal, incluida información sobre acceso, conservación, rectificación, eliminación, seguridad, y otros temas.

Posts relacionados:

asesoria-para.sociedades-y-autonomos-modulos-irpf-iva-2025
Actualización sobre la normativa de módulos IRPF/IVA para 2025

El pasado 30 de noviembre, el BOE publicó la Orden HAC/1347/2024, de 28 de noviembre, que regula el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA para 2025. Esta orden introduce varias novedades significativas, aunque mantiene la estructura básica de los módulos de ejercicios anteriores,

Leer más »
asesoria-para-sociedades-y-autonomos-indemnizaciones-laborales
¿Cómo afectan las indemnizaciones laborales a tu IRPF? Evita sorpresas con esta guía fiscal

Las indemnizaciones laborales pueden generar implicaciones fiscales significativas para los trabajadores, especialmente cuando exceden los límites establecidos por la normativa. Comprender las reglas que determinan su tributación en el IRPF es clave para evitar errores y maximizar las ventajas fiscales disponibles. En este artículo, te explicamos en detalle qué indemnizaciones

Leer más »
¿Hablamos?
1
¡Bienvenido! Estamos aquí para asesorarte en lo que necesites. ¿Cómo podemos ayudarte?