Asesoría para sociedades y autónomos

Guía práctica de la Seguridad Social sobre la Incapacidad Permanente

Las secuelas de una enfermedad grave o de un accidente pueden suponer que no podamos seguir trabajando, o al menos, no en nuestro puesto de trabajo habitual. Para protegernos en esa situación está la prestación por incapacidad permanente.

Una enfermedad o un accidente graves pueden dejar secuelas que nos impidan seguir desarrollando con normalidad nuestra actividad laboral. Si después de haber recibido el tratamiento oportuno, un tribunal médico considera que no vamos a poder seguir desarrollando nuestro trabajo habitual, podemos tener derecho a una prestación de la Seguridad Social: la pensión por Incapacidad Permanente (IP).

¿Qué es?

Un trabajador está en situación de Incapacidad Permanente cuando, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito y de haber sido dado de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral, y que puede causar derecho a una prestación de cuantía variable según el grado de la incapacidad (parcial, total, absoluta o gran invalidez).

Es causa de extinción de la relación laboral, salvo en el caso de incapacidad permanente parcial y cuando, en incapacidad permanente total, se declare la suspensión de la relación laboral, con reserva de puesto de trabajo (2 años).

¿Quién puede optar?

Pueden optar aquellos trabajadores que hayan cotizado un periodo mínimo, que varía según la edad y el grado de incapacidad que se tenga. Hay que estar dado de alta en la Seguridad Social y no tener la edad legal de jubilación.

¿Qué tipos de Incapacidad Permanente hay?

El tipo de IP depende del grado de incapacitación para trabajar que presente el solicitante. Hablamos de incapacidad permanente parcial para la profesión habitual, incapacidad permanente total para la profesión habitual, incapacidad permanente absoluta para todo trabajo y gran invalidez. Los grados son revisables, y se puede pasar de uno a otro, según evolucione la dolencia.

¿Cuánto voy a cobrar?

Depende del grado de incapacidad que se le haya reconocido al trabajador, de las bases por las que se hubiera cotizado en los dos años anteriores a causarse la incapacidad, y de los años que se haya cotizado.

A 1 de marzo, pensión media por incapacidad permanente ascendió a 935,11 euros.

Información detallada en la web de la Seguridad Social.

Source: Actualidad normativa

Compártelo:

¿Necesitas asesoramiento experto?

Completa el formulario y recibe una respuesta personalizada de nuestros especialistas

Responsable: Asinem Asesores y Promotores, S.L.

Finalidad de la recogida y tratamiento de los datos personales: gestionar la solicitud que realizas en este formulario y si, finalmente eres cliente, remitirte información sobre el estado del servicio contratado y comunicaciones sobre la empresa.

Legitimación: consentimiento del interesado.

Destinatarios: tus datos serán guardados en RAIOLA NETWORKS S.L., mi proveedor de hosting, y en gmail, mi proovedor de email, y que también cumple con el RGPD

Derechos: Podrás ejercer tus derechos de acceso, rectificación, limitación y suprimir los datos en asesoria@asinem-asesores.com así como el derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control

Información adicional: En nuestra política de privacidad encontrarás información adicional sobre la recopilación y el uso de su información personal, incluida información sobre acceso, conservación, rectificación, eliminación, seguridad, y otros temas.

Posts relacionados:

Asesoría integral de empresas, formación profesional marítima y sanitaria
Formación profesional marítima y sanitaria

La entrada en vigor de la Ley 47/2015, de 21 de octubre, en cuyos artículos 38 y 41.2, abrió la posibilidad de que las personas beneficiarias de la formación del Instituto Social de la Marina sean todas aquellas personas que puedan estar interesadas en dicha formación para acceder o permanecer en ocupaciones del sector

Leer más »
Asesoría integral de empresas, oferta de empleo público
Oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024

La oferta de empleo público para 2024 contiene las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso y consolida la ambiciosa apuesta por la creación neta de empleo público, con un total de 20.840 plazas de ingreso libre, sobrepasando en

Leer más »
Asesoría integral de empresas, medidas de solución conflictos Ucrania, Oriente Próximo y volcán de La Palma
Prorrogada las medidas laborales y sociales para afrontar las consecuencias de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, y la erupción volcánica en La Palma

El Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social, establece la prórroga de algunas medidas laborales cuya

Leer más »
¿Hablamos?
1
¡Bienvenido! Estamos aquí para asesorarte en lo que necesites. ¿Cómo podemos ayudarte?