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El CGPJ ultima una guía de buenas prácticas para la prevención de contagios por COVID-19 en las sedes judiciales ante la reanudación de la actividad

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha tomado hoy conocimiento del “Protocolo de actuación para la reactivación de la actividad judicial y salud profesional”, que incluye una “Guía de buenas prácticas para la reactivación de la actividad judicial y adopción de medidas de salud profesional para la prevención de contagios en sedes judiciales”, y ha acordado dar traslado de ambos documentos al Ministerio de Justicia, a la Audiencia Nacional y a los Tribunales Superiores de Justicia antes de su aprobación definitiva.

El Protocolo, que ha sido elaborado por el Servicio de Prevención de Riesgos del Consejo General del Poder Judicial, contempla las actuaciones que deberán realizarse y las correspondientes medidas que se adoptarán con el objetivo general de limitar los contagios por coronavirus COVID-19 y garantizar la seguridad y salud del colectivo de la Carrera Judicial en todos los aspectos relacionados con el ejercicio de su función jurisdiccional, tal como recoge el Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la Carrera Judicial.

La Guía de buenas prácticas forma parte del Protocolo y recoge, en esencia, los aspectos de prevención de riesgos profesionales en el actual contexto de emergencia y crisis sanitaria. El documento informa y describe un conjunto de buenas prácticas para la protección de salud y prevención de riesgos de contagio en sedes judiciales y cuando se practiquen actuaciones fuera de dicha sede, cuyos destinarios son los miembros de la Carrera Judicial; deja constancia de los ámbitos competenciales para la adopción de dichas medidas (órganos de gobierno, Comisiones de Seguimiento o Administraciones prestacionales); y recoge las buenas prácticas que deben llevarse a cabo de manera coordinada al existir espacios comunes en los que concurren los deberes de seguridad y salud del CGPJ y del Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas.

Ámbito de aplicación

El Protocolo y la Guía serán de aplicación al colectivo de la Carrera Judicial en activo, jueces sustitutos y magistrados suplentes durante el tiempo en que realicen actividad jurisdiccional y jueces en prácticas adscritos a funciones de refuerzo en Juzgados. También tendrán como destinatarios a los órganos de gobierno del Poder Judicial (Salas de Gobierno del Tribunal Supremo, Audiencia Nacional y Tribunales Superiores de Justicia) y las Comisiones de Seguimiento.

Las actividades judiciales y gubernativas que desempeñen los miembros de la Carrera Judicial en las que concurran con fiscales, letrados de la Administración de Justicia,  funcionarios y personal de la Administración de Justicia, profesionales (abogados, procuradores graduados sociales), Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, personal sanitario y usuarios de la Justicia serán coordinadas  con el Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus respectivas competencias.

La aplicación de estas prevenciones en materia de seguridad y salud profesional se aplicarán a la Carrera Judicial en el desempeño de la actividad que desarrollen tanto en las sedes judiciales como fuera de ellas cuando realicen actuaciones procesales. Las medidas de prevención se tendrán en cuenta para el desempeño del trabajo telemático y la adopción de medidas de seguridad y salud en régimen presencial previstas en esta Guía y serán también de aplicación a las sesiones de Salas de Gobierno, juntas generales y sectoriales de jueces y otras reuniones de carácter gubernativo, así como a las actividades formativas presenciales o interinstitucionales.

Por último, las medidas de prevención del Protocolo también se aplicarán a los/las jueces/zas y magistrados/as cuando ejerzan funciones en el ámbito de la Administración electoral.

Guía de buenas prácticas

La Guía de buenas prácticas contiene información sobre con quién hay que contactar en caso de sintomatología o contacto estrecho con personas que presenten síntomas compatibles con el COVID-19 e incluye las medidas de prevención personal que deben adoptarse durante el tiempo de permanencia en la sede judicial (accesos a las sedes judiciales, medidas de higiene, mantenimiento de la distancia interpersonal, utilización de ascensores, despachos y salas de vistas, etc.).

En el capítulo dedicado a las prácticas colectivas que deben observarse en las sedes judiciales se tratan cuestiones como los controles de temperatura en los accesos; la limpieza y desinfección periódica, la disponibilidad de material de protección; el aforo de las salas de vistas y otras dependencias judiciales; los elementos de protección colectiva (como mamparas de seguridad en los puestos de atención al público o fundas de plástico para los micrófonos); la evaluación del riesgo de exposición al coronavirus; los criterios generales para coordinar las agendas de señalamientos, la atención al público mediante sistemas telemáticos y de cita previa; el proceso de incorporación en régimen presencial de los miembros de la Carrera Judicial a partir del levantamiento del estado de alarma; o cuales son los colectivos especialmente sensibles por enfermedad, embarazo o edad.

Por último, la Guía aborda la utilización preferente de medios telemáticos para actuaciones procesales y fomento del teletrabajo, así como el establecimiento de sistemas de gestión documental.

Source: Actualidad normativa

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