El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha establecido un criterio fundamental que redefine las condiciones para deducir y devolver el IVA soportado por empresarios y profesionales no establecidos en España. En su resolución del 27 de septiembre de 2024, se aclaran aspectos clave relacionados con la falta de justificantes de pago y la necesidad de demostrar la realidad de las operaciones.
Si gestionas devoluciones de IVA, especialmente en casos de no establecidos, esta información es crucial para garantizar tus derechos como contribuyente.
Cambios clave en la normativa: lo que dice el TEAC
El TEAC ha determinado que, conforme al artículo 119 de la Ley del IVA, el pago de las facturas no es un requisito indispensable para solicitar la devolución de este impuesto. La falta de justificantes de pago no puede ser la única razón para rechazar una devolución, salvo que se demuestre que las operaciones documentadas son ficticias.
Esta postura amplía las garantías de los contribuyentes y permite presentar pruebas adicionales en vía de revisión.
1. Resolución del caso: contexto y conclusiones
Hechos principales:
- Una entidad solicitó la devolución del IVA soportado en 2021 y 2022, aportando facturas y justificantes de pago.
- La Administración denegó parcialmente la solicitud, alegando falta de documentación suficiente para acreditar los pagos.
Decisión del TEAC:
- Se admitieron pruebas adicionales en vía de revisión, como extractos bancarios y certificaciones de proveedores.
- El TEAC concluyó que la ausencia de justificantes de pago no justifica la denegación, salvo que se pruebe que las operaciones son falsas.
Resultado:
- La Administración deberá devolver las cuotas rechazadas tras comprobar la realidad de las operaciones.
2. Principales criterios del TEAC
Comprobación de la realidad de las operaciones
- La Ley del IVA no exige explícitamente el pago de facturas como requisito para la devolución.
- Las operaciones deben demostrarse a través de pruebas válidas, como declaraciones de proveedores o registros financieros.
Aportación de pruebas adicionales
- Los contribuyentes pueden presentar documentación complementaria en vía de revisión, siempre que no haya mala fe.
- La Administración está obligada a evaluar estas pruebas antes de rechazar la devolución.
Mayor exigencia para la Administración
- Rechazar devoluciones basándose únicamente en la falta de justificantes de pago es insuficiente.
- Es necesario demostrar que las operaciones son inexistentes o fraudulentas mediante comprobaciones adicionales.
3. Implicaciones para contribuyentes y Administración
Para los contribuyentes:
- Podrás justificar la devolución del IVA incluso sin justificantes de pago, siempre que acredites la realidad de las operaciones.
- Tienes derecho a presentar pruebas adicionales en la vía económico-administrativa.
Para la Administración:
- Se refuerza la obligación de analizar exhaustivamente la documentación aportada.
- No basta con señalar la ausencia de justificantes; es imprescindible demostrar la falsedad de las operaciones.
4. Aspectos clave del criterio del TEAC
1. No es obligatorio justificar el pago de facturas
- El artículo 119 de la Ley del IVA prioriza la realidad de las operaciones sobre el pago de las facturas.
2. Importancia de los requisitos materiales y formales
- Requisitos materiales: Las operaciones deben ser reales y vinculadas a la actividad económica del solicitante.
- Requisitos formales: Las facturas deben cumplir con la normativa vigente.
3. Flexibilidad en la aportación de pruebas
- La presentación de pruebas adicionales, como certificaciones bancarias, es válida en vía revisora siempre que no haya abuso.
5. Consejos prácticos para contribuyentes
Prevención desde el principio
- Emite y conserva facturas conformes a la normativa.
- Guarda extractos bancarios y documentos que relacionen pagos con facturas.
En caso de denegación parcial:
- Revisa los motivos de la denegación detalladamente.
- Prepara documentación adicional, como certificaciones de proveedores y extractos bancarios.
- Considera presentar un recurso citando la resolución del TEAC y jurisprudencia europea.
6. Repercusiones para empresarios no establecidos
Oportunidades:
- Mayor posibilidad de justificar devoluciones parciales en caso de falta de justificantes iniciales.
- Ampliación de derechos procesales gracias a la admisión de pruebas adicionales.
Responsabilidades:
- Es fundamental mantener registros claros que vinculen operaciones, facturas y pagos.
- Aunque no sea obligatorio justificar el pago, disponer de documentos sólidos reduce riesgos de conflicto.
¿Tienes dudas sobre cómo gestionar las devoluciones de IVA o necesitas asesoramiento fiscal?
Llámanos y deja que nuestro equipo de expertos te guíe en la aplicación de estos criterios y en cualquier otro asunto relacionado con tus obligaciones fiscales. ¡Estamos aquí para ayudarte!