En el BOE del día 3 de abril se ha publicado la Corrección de erratas de la Orden PJC/281/2024, de 27 de marzo, por la que se modifica la Orden PJC/51/2024, de 29 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2024.
El error se produce porque pusieron todo en la misma tabla «euros/mes», incluidas las bases diarias.
En la página 36090, en el «Artículo único», apartado «Uno», se sustituye la tabla que contiene por las siguientes debidamente rectificadas:
Grupo de
cotización
Categorías profesionales
Bases mínimas
–
Euros/mes
Bases máximas
–
Euros/mes
1
Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección no incluido en el artículo 1.3.c) del Estatuto de los Trabajadores.
1.847,40
4.720,50
2
Ingenieros Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados.
1.532,10
4.720,50
3
Jefes Administrativos y de Taller.
1.332,90
4.720,50
4
Ayudantes no Titulados.
1.323,00
4.720,50
5
Oficiales Administrativos.
1.323,00
4.720,50
6
Subalternos.
1.323,00
4.720,50
7
Auxiliares Administrativos.
1.323,00
4.720,50
Grupo de
cotización
Categorías profesionales
Bases mínimas
–
Euros/mes
Bases máximas
–
Euros/mes
8
Oficiales de primera y segunda.
44,10
157,35
9
Oficiales de tercera y Especialistas.
44,10
157,35
10
Peones.
44,10
157,35
11
Trabajadores menores de dieciocho años, cualquiera que sea su categoría profesional.
44,10
157,35