Orden ECE/753/2019, de 1 de julio, por la que se publica la convocatoria conjunta del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España y del Consejo General de Economistas de España, del examen de aptitud profesional para la autorización del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas e inscripción en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas.
Mediante esta Orden, que producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el BOE, se publica la convocatoria conjunta del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España y del Consejo General de Economistas de España, del examen de aptitud profesional para la autorización del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas e inscripción en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas.
Quienes superen este examen de aptitud profesional tendrán derecho a solicitar su inscripción en el ROAC, siempre que cumplan las condiciones para ello, sin perjuicio de que puedan solicitar, asimismo, su adscripción en las Corporaciones de derecho público representativas de auditores de cuentas, de conformidad con sus estatutos propios.
Deberá transcurrir un plazo de, al menos tres meses desde la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y la de realización de la primera fase del examen. Asimismo, entre las fechas de realización de la primera y de la segunda fase del examen no deberá transcurrir un período de tiempo superior a seis meses.
El modelo de solicitud de admisión se encuentra a disposición de los interesados en la sede electrónica del ICAC, www.icac.meh.es y en las páginas web de las corporaciones representativas de los auditores de cuentas.
Las solicitudes de admisión deberán presentarse (presencialmente o por correo) en el plazo de 30 días naturales desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOE.
Source: Actualidad normativa