Extracto de la Resolución de 26 de junio de 2019, de la Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a las actividades de promoción del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas y para sufragar los gastos de funcionamiento, para el año 2019.
En el BOE del día 04-07-2019 se ha publicado un extracto de la Resolución de la Dirección General del Trabajo Autónomo, de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones a las actividades de promoción del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas y para sufragar los gastos de funcionamiento de las asociaciones de trabajadores autónomos, cooperativas, sociedades laborales, empresas de inserción y de otros entes representativos de la economía social de ámbito estatal para el año 2019.
La finalidad de estas subvenciones, que se concederán en régimen de concurrencia competitiva, es contribuir a la financiación de los gastos derivados de la realización de las actividades antes citadas.
La cuantía total de las subvenciones para el año 2019 asciende a 4.314.164 euros, que se financiarán con cargo a los créditos consignados en los Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2018, prorrogados.
Beneficiarios:
a) De las subvenciones a las actuaciones de ámbito estatal de promoción del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas:
– Asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de ámbito estatal y carácter intersectorial.
– Entidades asociativas de cooperativas, de sociedades laborales y de empresas de inserción.
– Otros entes representativos de la economía social que integren a asociaciones de ámbito estatal de cooperativas y de sociedades laborales.
– Otras asociaciones, fundaciones y universidades. En este apartado se considerarán incluidas las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de ámbito estatal y carácter sectorial.
b) Para los gastos de funcionamiento:
– Asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de ámbito estatal.
– Entidades asociativas de carácter intersectorial y ámbito estatal de cooperativas, de sociedades laborales y de asociaciones de empresas de inserción.
– Entidades asociativas de carácter sectorial y de ámbito estatal de cooperativas y de sociedades laborales.
– Otros entes representativos de la economía social que integren a asociaciones de ámbito estatal de cooperativas y de sociedades laborales. Estos entes representativos de la economía social deberán contar entre sus asociados, al menos, con cinco asociaciones de ámbito estatal entre las de cooperativas y las de sociedades laborales.
Una novedad a destacar en la convocatoria de este año es la revisión de las prioridades temáticas a efectos de valoración de las solicitudes, incorporando entre las prioridades las siguientes actuaciones:
• Actuaciones para favorecer la diversidad en las plantillas, mediante una política de igualdad de oportunidades, incluyendo la promoción de mujeres en puestos directivos.
• Acciones de integración de prácticas de responsabilidad social en PYMES.
• Proyectos cuyo ámbito de actuación sean los territorios rurales y los territorios despoblados, dirigidos a evitar la despoblación y el desarraigo, en línea con la Estrategia Nacional frente al Reto Demográfico.
• Promoción de la Responsabilidad Social y de la sostenibilidad en los diferentes niveles educativos.
• Elaboración y difusión de materiales divulgativos sobre información no financiera y diversidad.
Source: Actualidad normativa