El Subsidio Extraordinario para Empleadas de Hogar, regulado por Resolución de 30 de abril del 2020 del SEPE por la que se desarrolla el procedimiento para la tramitación de solicitudes del Subsidio Extraordinario por falta de actividad para las personas integradas en el Sistema Especial para Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social, BOE de cuatro de mayo de 2020, establece que:
El subsidio extraordinario deberá solicitarse presentando el formulario disponible en la web y en la sede electrónica del SEPE debidamente cumplimentado, acompañada de la declaración responsable firmada por la persona o personas empleadoras, en la que se confirme que los datos consignados por la persona trabajadora en la solicitud sobre la relación laboral que les une son ciertos.
Presentación de la solicitud
ONLINE: La presentación de la solicitud se realizará, siempre que disponga de DNI electrónico, certificado electrónico o Cl@ve, a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado, adjuntando la documentación exigida. Próximamente, estará disponible igualmente la solicitud del subsidio en la Sede Electrónica, con los mismos requisitos (DNI electrónico, certificado electrónico o CL@VE).
Presencial: Usted podrá descargar e imprimir la solicitud y presentarla en cualquier oficina de asistencia en materia de registros o en las oficinas de correos, dirigiéndola a Unidad Subsidio Empleadas Hogar. Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, Calle Condesa de Venadito Nº9, 28027-Madrid. Para descargar e imprimir la solicitud NO necesita DNI electrónico, certificado electrónico o Cl@ve.
Source: Actualidad normativa