En el BOE del día 14 de octubre se ha publicado la Resolución de 7 de octubre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, donde se contiene la relación de fiestas laborales para el próximo año de ámbito nacional, de comunidad autónoma y de las ciudades de Ceuta y Melilla.
Para el año 2023 los festivos nacionales son:
7 de abril (Viernes Santo), viernes.
1 de mayo (Día del Trabajo), lunes.
15 de agosto (Asunción), martes.
12 de octubre (Fiesta nacional), jueves.
1 de noviembre (Todos los Santos), miércoles.
6 de diciembre (Día de la Constitución), miércoles.
8 de diciembre (La Inmaculada Concepción), viernes
25 de diciembre (Navidad), lunes.
Con carácter adicional a estos festivos de carácter nacional, las comunidades autónomas fijan otros días festivos, que figuran en el calendario anexo a la resolución (entre ellos, el 6 de enero que ha sido establecido por todas las comunidades autónomas). A estos festivos se añadirán los festivos de carácter local que serán fijados por los ayuntamientos.
Así, además de estas ocho festividades nacionales no sustituibles (comunes), las comunidades autónomas podrán sustituir los siguientes:
2 de enero [Año Nuevo, el día 1 de enero cae a domingo y podrá trasladarse al lunes siguiente (día 2)].
6 de enero (Reyes), viernes.
20 de marzo [San José cae a domingo y podrá trasladarse al lunes siguiente (día 20) o sustituirse por el 25 de julio (Día de Santiago), martes].
6 de abril (Jueves Santo), jueves.