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Beneficios fiscales para reparar los daños ocasionados por las erupciones volcánicas y para la reconstrucción económica y social de la isla de La Palma

Real Decreto-ley 20/2021, de 5 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo para la reparación de los daños ocasionados por las erupciones volcánicas y para la reconstrucción económica y social de la isla de La Palma.

La erupción iniciada el 19 de septiembre de 2021 ha dado lugar a la evacuación preventiva de más de 6.000 personas y a la destrucción de numerosas edificaciones residenciales, agrarias, industriales y de ocio que no podrán ser reconstruidas por haber quedado sepultadas.

Dentro de las medidas que recoge el Real Decreto-ley 20/2021, de 5 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo para la reparación de los daños ocasionados por las erupciones volcánicas y para la reconstrucción económica y social de la isla de La Palma, se encuentran las siguientes medidas tributarias, y con efectos desde el 6 de octubre de 2021:

Exención de la cuota del IBI y reducción del IAE

Se concede una exención de la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y una reducción en el Impuesto sobre Actividades Económicas, proporcional al tiempo transcurrido desde el día en que se haya producido el cese de la actividad hasta su reinicio en condiciones de normalidad, correspondientes al ejercicio 2021 que afecten a viviendas, establecimientos industriales, turísticos, mercantiles, marítimo-pesqueros y profesionales, explotaciones agrarias y forestales, locales de trabajo y similares dañados por las erupciones, previéndose también la posibilidad de que los contribuyentes que hubieran satisfecho los recibos correspondientes a dicho ejercicio fiscal puedan pedir la devolución de las cantidades ingresadas.

Exención tasas de tráfico

Se concede una exención de las tasas de tráfico por la tramitación de bajas de vehículos dañados y en la expedición de duplicados de permisos de circulación o de conducción destruidos o extraviados por dichas causas.

Reducciones de los índices de estimación objetiva

Se contempla para las actividades agrarias una reducción de los índices de rendimiento neto a los que se refiere la Orden HAC/1155/2020, de 25 de noviembre, por la que se desarrollan, para el año 2021, el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Aplazamiento de deudas tributarias

Se establece un aplazamiento de las deudas tributarias cuyo plazo de presentación e ingreso finalice desde el día siguiente a la entrada en vigor del real decreto-ley hasta el día 31 de enero de 2022. Las condiciones del aplazamiento serán las siguientes:

  • El plazo será de doce meses.
  • No se devengarán intereses de demora durante los primeros tres meses del aplazamiento.

Las actividades de recuperación del patrimonio cultural serán consideradas actividad prioritaria del mecenazgo

Finalmente, para coadyuvar a la recuperación del Patrimonio Cultural de la isla de La Palma, se declara que dicha actividad tendrá, durante el ejercicio de 2021, la consideración de actividad prioritaria de mecenazgo, lo que permitirá la aplicación de deducciones fiscales conforme a la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Medidas en materia catastral

Estarán exentas de la tasa de acreditación catastral, establecida en el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, la expedición por parte de la Dirección General del Catastro de certificaciones sobre inmuebles ubicados en municipios directamente afectados por las erupciones volcánicas acaecidas en la isla de La Palma desde septiembre de 2021.

Bonificaciones a la inversión en la isla de La Palma

El Ministerio de Hacienda y Función Pública potenciará las inversiones empresariales en la isla de La Palma, mejorando el tratamiento de dicha isla en el sistema de Incentivos Regionales regulados en la Ley 50/1985, de 27 de diciembre, y su normativa de desarrollo, para lo cual concederá a todos los proyectos que sean calificados favorablemente en aplicación de dicha normativa una bonificación adicional de cinco puntos porcentuales sobre el porcentaje que resulte de su calificación, sin que con esta bonificación se pueda superar el límite máximo de ayudas de la zona establecido por la Comisión Europea.

BOE:
Source: Actualidad normativa

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