Asesoría para sociedades y autónomos

Actualizado el procedimiento de actuación para Servicios de Prevención de Riesgos Laborales frente al Coronavirus

El Ministerio de Sanidad ha publicado el «Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al nuevo coronavirus (sars-cov-2)», definiendo tres niveles de riesgo y sus medias de actuación.

Las medidas incluidas en este documento están en continua revisión y fueron modificadas a 24 de marzo de 2020 siguiendo el Criterio operativo nº 102/2020, sobre medidas y actuaciones de la ITSS, englobando:

  • Evaluar el riesgo de exposición de los trabajadores al COVID-19.
  • Evaluar la presencia de personal trabajador especialmente sensible en relación a la infección de coronavirus SARS-CoV-2, establecer la naturaleza de especial sensibilidad de la persona trabajadora y emitir informe sobre las medidas de prevención, adaptación y protección.
  • Aumento a dos metros del distanciamiento entre las personas trabajadoras y entre estas últimas y los potenciales clientes o público, así como en la disposición de los puestos de trabajo, la organización de la circulación de personas y la distribución de espacios (mobiliario, estanterías, pasillos, etc.).
  • Obligación de la empresa de facilitar los medios necesarios para que los trabajadores puedan asearse y Equipos de Protección Individual.
  • Obligación de las empresas de establecer planes de continuidad con proceso de participación y acuerdo de la representación legal de los trabajadores. 
  • Obligación de elaborar informes preceptivos de acreditación de la incapacidad temporal por parte de los servicios de prevención.

En la última actualización del documento (18 de noviembre de 2021) el ministerio de sanidad ha incluido colectivos como el «COVID PERSISTENTE, COVID CRÓNICO O “LONG COVID”» o «PERSONAS VACUNADAS».

En el caso del Covid persistente se trata, según ha definido la Organización Mundial de la Salud ha definido al COVID de personas «con historia de infección probable o confirmada por SARS CoV-2, habiendo transcurrido 3 meses desde el inicio de la infección, con síntomas que duran al menos 2 meses y que no pueden explicarse con otro diagnóstico. Los síntomas comunes incluyen fatiga, dificultad respiratoria, disfunción cognitiva, entre otros, y generalmente tienen un impacto en el funcionamiento diario. Pueden ser de nueva aparición después de la recuperación inicial de un episodio agudo de COVID-19 o persistente desde la enfermedad inicial, además, pueden ser fluctuantes o permanecer en el tiempo».

Por lo que se refiere a la vigilancia de la salud, los trabajadores y trabajadoras que hayan sido diagnosticados de «Long COVID» una vez reincorporados a su puesto de trabajo, deben ser valorados por el personal sanitario del servicio de prevención para determinar si requieren o no adaptaciones en su puesto de trabajo en función de sus limitaciones.

En su caso, el SPRL propondrá adaptar el puesto o las condiciones de trabajo a través de medidas de protección y prevención para evitar el daño y facilitar la recuperación, siguiendo lo establecido en el apartado 1.6. Valoración de la aptitud, de la Guía Básica y General de Vigilancia de la Salud para la prevención de riesgos laborales, del Ministerio de Sanidad.

No se trata de emitir una aptitud médico-laboral para el puesto de trabajo, sino de proporcionar las recomendaciones preventivas oportunas más convenientes para el trabajador y su actual estado de salud.

Del mismo modo, aclara sanidad, teniendo en cuenta la cobertura de vacunación y la situación epidemiológica actual, se plantean cambios en las guías de actuación para la gestión de la vulnerabilidad y el riesgo, que facilitan la reincorporación al trabajo. Pero, en cualquier caso, es necesario seguir manteniendo las medidas de prevención y protección adecuadas. de esta forma «A medida que se disponga de nueva información científica, se irán modificando y estableciendo recomendaciones acordes a la misma».

PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN:
Source: Actualidad normativa

Compártelo:

¿Necesitas asesoramiento experto?

Completa el formulario y recibe una respuesta personalizada de nuestros especialistas

Responsable: Asinem Asesores y Promotores, S.L.

Finalidad de la recogida y tratamiento de los datos personales: gestionar la solicitud que realizas en este formulario y si, finalmente eres cliente, remitirte información sobre el estado del servicio contratado y comunicaciones sobre la empresa.

Legitimación: consentimiento del interesado.

Destinatarios: tus datos serán guardados en RAIOLA NETWORKS S.L., mi proveedor de hosting, y en gmail, mi proovedor de email, y que también cumple con el RGPD

Derechos: Podrás ejercer tus derechos de acceso, rectificación, limitación y suprimir los datos en asesoria@asinem-asesores.com así como el derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control

Información adicional: En nuestra política de privacidad encontrarás información adicional sobre la recopilación y el uso de su información personal, incluida información sobre acceso, conservación, rectificación, eliminación, seguridad, y otros temas.

Posts relacionados:

Convenio para la gestión del Ingreso Mínimo Vital en Cataluña

Funciones de la Generalitat de Cataluña: Información, iniciación, instrucción, resolución del procedimiento administrativo de reconocimiento del derecho a la prestación no contributiva del ingreso mínimo vital. Iniciación, tramitación, y resolución de los procedimientos administrativos de modificación, extinción o revisión del derecho a la prestación no contributiva del ingreso mínimo vital,

Leer más »
Suscripción convenio especial con la Seguridad Social a efectos del cómputo de la cotización por los períodos de prácticas formativas y de prácticas académicas externas reguladas

La Orden ISM/812/2024, publicada en el BOE el 1 de agosto de 2024, modifica la Orden ISM/386/2024 de 29 de abril, que regula la suscripción de un convenio especial con la Seguridad Social para el cómputo de la cotización por períodos de prácticas formativas y académicas externas realizadas antes de

Leer más »
¿Hablamos?
1
¡Bienvenido! Estamos aquí para asesorarte en lo que necesites. ¿Cómo podemos ayudarte?