El Consejo de la Unión Europea (UE) ha acordado actualizar el listado de países y territorios no cooperadores en materia fiscal, en su reunión de 18 de febrero de 2020. En concreto, ha decidido incluir en la lista de jurisdicciones no cooperadores de la UE (lista negra) a las Islas Caimán, Palaos, Panamá y Seychelles, porque dichos países o territorios no han cumplido, en el plazo convenido, las reformas fiscales a las que se habían comprometido ante la UE.
En el anexo II de las Conclusiones, en el que se enumeran los países y territorios con compromisos aún pendientes, constan las prórrogas concedidas a doce de ellos con objeto de que pudieran aprobar las reformas necesarias para darles cumplimiento. La mayor parte de las prórrogas conciernen a países en desarrollo sin un centro financiero que ya han realizado progresos significativos en el cumplimiento de sus compromisos.
Dieciséis países y territorios (Antigua y Barbuda, Armenia, las Bahamas, Barbados, Belice, las Bermudas, Cabo Verde, Curazao, las Islas Cook, las Islas Marshall, las Islas Vírgenes Británicas, Montenegro, Nauru, Niue, San Cristóbal y Nieves y Vietnam) han conseguido aplicar todas las reformas necesarias para cumplir los principios de buen gobierno fiscal de la UE antes del plazo acordado y, por tanto, han sido retirados del anexo II.
La lista de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales, que forma parte de la estrategia exterior de la UE en materia de fiscalidad definida por el Consejo, tiene como finalidad contribuir a la labor que se está realizando para fomentar el buen gobierno fiscal en todo el mundo.
La lista se creó en diciembre de 2017 y se basa en un proceso continuo y dinámico consistente en:
• el establecimiento de criterios acordes con las normas fiscales internacionales;
• el análisis de los países con arreglo a esos criterios;
• el diálogo con los países que no los cumplen;
• la introducción en la lista de países y territorios y su retirada de la misma en caso de que se comprometan a cumplir los criterios o tomen medidas para ello;
• el seguimiento de los acontecimientos para que los países y territorios no retrocedan respecto a anteriores reformas.
La lista incluye países y territorios que, o bien no han entablado un diálogo constructivo con la UE sobre buen gobierno fiscal, o bien no han cumplido a tiempo su compromiso de introducir reformas tendentes a respetar los criterios de la UE.
Los países y territorios que aún no cumplen todas las normas fiscales internacionales pero que se han comprometido a aplicar reformas se consideran cooperadores y se recogen en un documento de situación (anexo II). El Grupo «Código de Conducta» (Fiscalidad de las Empresas) del Consejo supervisa que las reformas necesarias se adopten en los plazos acordados. Una vez que un país o territorio cumple todos sus compromisos, se suprime del anexo II.
El plazo previsto para el cumplimiento de la mayoría de los compromisos adquiridos por estos países o territorios vencía a finales de 2019; al mismo tiempo, el Grupo «Código de Conducta» (Fiscalidad de las Empresas) ha venido supervisando atentamente, desde un punto de vista técnico, su incorporación a la legislación nacional hasta comienzos de este año. El Consejo ha adoptado la lista revisada de la UE de países y territorios no cooperadores a efectos fiscales resultante de este proceso y ha refrendado una revisión del estado de la situación con respecto a los compromisos aún pendientes.
El Consejo seguirá revisando y actualizando periódicamente la lista en los próximos años, teniendo en cuenta la evolución de los plazos en los que los países o territorios deban cumplir sus compromisos y la evolución de los criterios de inclusión que la UE utilice para la elaboración de la lista.
Al mismo tiempo, por lo que respecta a las medidas «defensivas» relativas a los países y territorios de la lista, en diciembre de 2019 el Consejo elaboró unas directrices sobre la coordinación de las medidas defensivas nacionales en el ámbito fiscal respecto de los países y territorios no cooperadores. En dichas directrices se invita a todos los Estados miembros a aplicar, a partir del 1 de enero de 2021, una medida legislativa defensiva en materia fiscal con respecto a los países y territorios que figuran en la lista, con el objetivo de fomentar el cumplimiento por parte de estos países y territorios de los criterios del Código de Conducta sobre la equidad fiscal y la transparencia.
Si bien España dispone de su propia lista negra de paraísos fiscales, se trata de una lista abierta, de entrada y salida, por lo que cabría esperar su adaptación a este nuevo listado de la UE de países y territorios no cooperadores. De hecho, la disposición adicional 50ª de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), establece el compromiso del Gobierno español de “actualizar la lista de países y territorios que tengan la calificación de paraíso fiscal… una vez que se hayan publicado las listas de jurisdicciones no cooperativas que se están preparando por la OCDE y la Unión Europea para que puedan ser tenidos en cuenta los resultados obtenidos”.
Source: Actualidad normativa