El pasado 30 de noviembre, el BOE publicó la Orden HAC/1347/2024, de 28 de noviembre, que regula el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA para 2025. Esta orden introduce varias novedades significativas, aunque mantiene la estructura básica de los módulos de ejercicios anteriores, incluyendo la reducción general del 5% sobre el rendimiento neto.
Cambios clave en la normativa para 2025
1. Modificaciones en el IRPF
- Mantenimiento de los módulos:
- Los signos, índices y módulos se mantienen sin alteraciones generales, con las siguientes excepciones:
- La actividad de producción de mejillón en batea pasa del anexo II al anexo I.
- Se elimina la compensación del régimen especial de agricultura, ganadería y pesca en el cálculo de ingresos para actividades agrícolas, forestales y ganaderas.
- Los signos, índices y módulos se mantienen sin alteraciones generales, con las siguientes excepciones:
- Reducción del rendimiento neto:
- Continúa vigente la reducción del 5% para todos los contribuyentes que tributen mediante estimación objetiva.
2. Cambios en el IVA
- Productos de primera necesidad:
- El aceite de oliva pasa a tributar de forma permanente al tipo reducido del 4%. Por ello, se ha creado una actividad específica para este producto en el anexo I de la orden.
- Actualización de módulos:
- Se revisan los importes de ciertos módulos para alinearlos con las reducciones de IVA aplicadas a lo largo de 2024, incluyendo alimentos básicos y aceites de semillas, cuyos tipos impositivos se ajustaron temporalmente.
3. Reducción extraordinaria por la DANA
- Impacto en municipios afectados:
- Los contribuyentes cuyas actividades se desarrollen en municipios afectados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, podrán beneficiarse de:
- Una reducción del 25% sobre el rendimiento neto.
- Un descuento equivalente en las cuotas devengadas por operaciones corrientes.
- Los contribuyentes cuyas actividades se desarrollen en municipios afectados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, podrán beneficiarse de:
Renuncia y revocación del régimen de módulos
Si estás pensando en renunciar al método de estimación objetiva o al régimen especial simplificado del IVA para el ejercicio 2025, o bien deseas revocar una renuncia previa, puedes hacerlo hasta el 31 de diciembre de 2024. Este plazo es clave para ajustar tu estrategia fiscal según las necesidades específicas de tu actividad económica.
Conclusión
La Orden de Módulos para 2025 consolida las reducciones y ajustes implementados en ejercicios previos, adaptándolos a las circunstancias económicas actuales y a las necesidades de sectores específicos. Además, incluye medidas de apoyo extraordinarias para actividades en zonas afectadas por desastres naturales, como la DANA.
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