Asesoría para sociedades y autónomos

Actualización del IASB de febrero de 2022

Contenido

Investigación y establecimiento de normas

Gestión dinámica de riesgos (Documento 4 de la agenda)
Instrumentos financieros con características de capital (Documento 5 de la Agenda)
Revisión posterior a la implementación de la NIIF 10, la NIIF 11 y la NIIF 12 (Documento 7 de la Agenda)
Actividades con tarifas reguladas (Documento 9 de la Agenda)
Iniciativa de divulgación-Revisión de las divulgaciones a nivel de estándares específicos (Documento 11 de la agenda)
Estados financieros primarios (Documento 21 de la Agenda)
Segunda Revisión Integral de la Norma NIIF para las PYMES (Documento 30 de la Agenda)

Mantenimiento y aplicación consistente

Mantenimiento y aplicación consistente (Documento 12 de la Agenda)
Disponibilidad de un Reembolso (Modificaciones a la CINIIF 14): Revisión del proyecto (Documento 12A de la Agenda)
Disposiciones: mejoras específicas: revisión del proyecto (documento 12B de la agenda)
Responsabilidad por arrendamiento en una venta con arrendamiento posterior (Modificaciones a la NIIF 16): Transición, fecha de vigencia y debido proceso (Documento 12C de la Agenda)

Estrategia y gobernanza

Tercera Consulta de la Agenda (Documento 24 de la Agenda)

Investigación y establecimiento de normas

Gestión dinámica de riesgos (Documento 4 de la agenda)

El IASB se reunió el 21 de febrero de 2022 para discutir la retroalimentación y un análisis inicial de la mecánica del modelo de Gestión Dinámica de Riesgos (modelo DRM), qué montos reconocer y dónde reconocerlos en los estados financieros. Los preparadores han identificado la mecánica del modelo DRM como el principal desafío pendiente.

No se le pidió al IASB que tomara ninguna decisión.

Próximo paso

El IASB continuará su discusión sobre la mecánica del modelo DRM que brindaría más información útil.

Instrumentos financieros con características de capital (Documento 5 de la Agenda)

El IASB se reunió el 22 de febrero de 2022 para continuar sus discusiones sobre la aplicación de la NIC 32 Instrumentos financieros: Presentación a la clasificación de instrumentos financieros como pasivos financieros o patrimonio.

Actualización del proyecto (Documento 5A de la Agenda)

El IASB recibió una actualización sobre el estado del proyecto. No se le pidió al IASB que tomara ninguna decisión.

Discreción de los accionistas (Documento 5B de la Agenda)

El IASB discutió la clasificación de un instrumento financiero con una obligación contractual de entregar efectivo (o liquidarlo de tal manera que sería un pasivo financiero) a discreción de los accionistas del emisor.

El IASB tentativamente decidió explorar un enfoque basado en factores para ayudar a una entidad a aplicar su juicio al clasificar estos tipos de instrumentos financieros como pasivos financieros o como patrimonio. Tal enfoque proporcionaría ejemplos de factores potenciales para que una entidad los considere al evaluar si una decisión de los accionistas se trata como una decisión de la entidad. Esta evaluación es necesaria para determinar si una entidad tiene el derecho incondicional de evitar la entrega de efectivo (o liquidar un instrumento financiero de tal manera que sería un pasivo financiero).

Siete de los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con esta decisión.

Próximo paso

El IASB discutirá otros temas establecidos en el plan del proyecto en sus futuras reuniones.

Revisión posterior a la implementación de la NIIF 10, la NIIF 11 y la NIIF 12 (Documento 7 de la Agenda)

El IASB se reunió el 23 de febrero de 2022 para aplicar el enfoque acordado en su reunión de enero de 2022 para decidir:

la prioridad de los temas discutidos en su reunión de octubre de 2021 que surgieron de la Revisión posterior a la implementación de la NIIF 10 Estados financieros consolidados, la NIIF 11 Acuerdos conjuntos y la NIIF 12 Información a revelar sobre participaciones en otras entidades;
si, y, de ser así, cuándo tomar medidas adicionales sobre temas adicionales que surjan de la Revisión posterior a la implementación de la NIIF 10, NIIF 11 y NIIF 12; y
Temas sobre los que no se debe tomar más acción.

También se preguntó al IASB si había realizado suficiente trabajo para concluir la Revisión posterior a la implementación.

Con base en su análisis y deliberación de los comentarios, el IASB decidió que los temas identificados en la Revisión posterior a la implementación no tenían la prioridad suficiente para agregarse al plan de trabajo del IASB de proyectos activos o investigación en curso para 2022 a 2026. El IASB comentó que si las partes interesadas requieren un apoyo más inmediato sobre las preguntas de la aplicación, las preguntas pueden enviarse al Comité de Interpretaciones de las NIIF. 

Específicamente, el IASB decidió que los siguientes temas no tienen características de prioridad media:

entidades de inversión-subsidiarias que son entidades de inversión;
acuerdos de colaboración fuera del alcance de la NIIF 11; y
transacciones que involucran 'envolturas corporativas'. Nueve de los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con las decisiones en (a) y (b). Los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con la decisión en (c).

El IASB decidió que estos tres temas son de baja prioridad, para ser abordados solo si se identifican como prioritarios en la próxima Consulta de Agenda.

El IASB decidió que el tema, las transacciones que cambian la relación entre un inversionista y una participada, también es de baja prioridad.
Diez de los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con esta decisión.

El IASB decidió tomar medidas adicionales sobre la divulgación de participaciones en otras entidades como un tema de baja prioridad.
Los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con esta decisión.

El IASB decidió no tomar medidas adicionales sobre ningún otro tema que surja de la Revisión posterior a la implementación.
Los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con esta decisión.

El IASB decidió que se ha completado suficiente trabajo para concluir la Revisión posterior a la implementación y para que el personal prepare el Informe y la Declaración de comentarios sobre la Revisión posterior a la implementación de la NIIF 10, la NIIF 11 y la NIIF 12.
Los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con esto. decisión.

Próximo paso

El IASB publicará un informe y una declaración de comentarios sobre la revisión posterior a la implementación de la NIIF 10, la NIIF 11 y la NIIF 12.

Actividades con tarifas reguladas (Documento 9 de la Agenda)

El IASB se reunió el 22 de febrero de 2022 para discutir planes para volver a deliberar sobre temas específicos relacionados con el alcance de las propuestas en el Proyecto de Norma Activos y Pasivos Regulatorios (Documento 9A de la Agenda). No se le pidió al IASB que tomara ninguna decisión.

Después de discutir el plan de nueva deliberación para temas relacionados con el alcance de las propuestas, el IASB comenzó a volver a deliberar temas específicos relacionados con:

determinar si un acuerdo regulatorio está dentro del alcance de las propuestas (Documento 9B de la Agenda); y
la definición de regulador (Documento 9C de la Agenda).

Alcance-Determinar si un acuerdo regulatorio está dentro del alcance de las propuestas (Documento 9B de la Agenda)

El IASB tentativamente decidió:

reconfirmar las propuestas del Proyecto de Norma sobre:

requerir que una entidad aplique la Norma a todos sus activos regulatorios y pasivos regulatorios.
exigiendo que la Norma se aplique a todos los acuerdos regulatorios y no solo a aquellos que tengan una forma legal particular.
las condiciones necesarias para que exista un activo regulatorio o un pasivo regulatorio.

Once de los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con estas decisiones.

no especificar explícitamente en la Norma qué esquemas regulatorios estarían dentro o fuera de su alcance. Los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con esta decisión.
aclarar en la Norma que:

un acuerdo regulatorio puede incluir derechos exigibles y obligaciones exigibles para ajustar la tarifa regulada más allá del período regulatorio actual.
los acuerdos regulatorios que crean activos regulatorios o pasivos regulatorios, pero no ambos, están dentro de su alcance.
un acuerdo regulatorio que causa diferencias en el tiempo cuando se alcanza un umbral regulatorio específico crea activos regulatorios o pasivos regulatorios.
no se requiere un acuerdo regulatorio para determinar una tarifa regulada usando los costos específicos de una entidad para el acuerdo regulatorio para crear activos regulatorios o pasivos regulatorios.

Los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con estas decisiones.

Alcance-Definición de un regulador (Documento 9C de la Agenda)

El IASB tentativamente decidió que la Norma:

incluir la existencia de un regulador como parte de las condiciones necesarias para que exista un activo regulatorio o un pasivo regulatorio. Once de los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con esta decisión.
define un regulador como 'un organismo que está facultado por ley o reglamento para determinar la tarifa regulada o un rango de tarifas reguladas'. Los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con esta decisión.
incluir orientación para aclarar que:

la autorregulación está fuera del alcance de la Norma.
una situación en la que una entidad o su parte relacionada determina las tarifas, pero lo hace de acuerdo con un marco supervisado por un organismo facultado por ley o regulación, no es autorregulación a los efectos de la Norma.

Los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con esta decisión.

Próximo paso

El IASB continuará deliberando de nuevo las propuestas de proyectos en reuniones futuras.

Iniciativa de divulgación-Revisión de las divulgaciones a nivel de estándares específicos (Documento 11 de la agenda)

El IASB se reunió el 21 de febrero de 2022 para analizar los comentarios de los participantes del trabajo de campo de los preparadores y los usuarios de los estados financieros sobre los Requisitos de información a revelar del Proyecto de Norma en las Normas NIIF: un enfoque piloto.

El IASB publicó el Proyecto de Norma en marzo de 2021. Propuso:

orientación para que el IASB la use cuando desarrolle y redacte los requisitos de información a revelar en las Normas de Contabilidad NIIF; y
nuevos requisitos de divulgación en la NIIF 13 Medición del valor razonable y la NIC 19 Beneficios a los empleados, desarrollados aplicando la orientación propuesta.

El período de comentarios para el Proyecto de Norma finalizó en enero de 2022. Durante el período de comentarios, 50 empresas participaron en el trabajo de campo aplicando los requerimientos de información a revelar propuestos para la NIIF 13 y la NIC 19 o ambas.

No se le pidió al IASB que tomara ninguna decisión en esta reunión.

Próximo paso

El IASB analizará la retroalimentación de las cartas de comentarios y sus planes para volver a deliberar las propuestas de proyectos en reuniones futuras.

Estados financieros primarios (Documento 21 de la Agenda)

El IASB se reunió el 22 de febrero de 2022 para volver a deliberar sobre algunas de las propuestas del Proyecto de Norma Presentación e Información a Revelar Generales relacionadas con los principios de presentación y las partidas requeridas en los estados financieros principales.

Principios para la presentación y partidas requeridas en los estados financieros principales (Documento 21A de la Agenda)

El IASB tentativamente decidió:

revisar el principio general para la presentación de partidas en los estados financieros principales establecido en el párrafo 42 del Proyecto de Norma eliminando el término "relevante" y en su lugar incluyendo una referencia a una descripción comprensible de los ingresos y gastos o activos de una entidad, compromisos y equidad. Ocho de los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con esta decisión.
exigir que todos los requisitos de presentación se apliquen solo cuando la presentación resultante no reste valor al estado financiero principal que proporciona una visión general comprensible. Diez de los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con esta decisión.
añadir guías de aplicación que indiquen que en la categoría operativa es poco probable que la presentación de las partidas establecidas en el párrafo 65 del Proyecto de Norma reduzca la utilidad de la declaración para proporcionar una visión general comprensible de los ingresos y gastos de la entidad. Nueve de los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con esta decisión.
eliminar el término "mínimo" del párrafo 42 del Proyecto de Norma. Diez de los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con esta decisión.
no revisar los requisitos para elementos de línea específicos presentados de la NIC 1 Presentación de Estados Financieros. Once de los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con esta decisión.
no añadir un requisito específico para presentar deterioros de activos no financieros. Todos los miembros del IASB estuvieron de acuerdo con esta decisión.
para proceder con el requisito propuesto de presentar la plusvalía por separado de los activos intangibles. Diez de los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con esta decisión.
proceder con el requerimiento propuesto para que las partidas requeridas sean presentadas en cada categoría afectada en el estado de ganancias o pérdidas. Los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con esta decisión.
no especificar ningún elemento de línea requerido para ser presentado en la categoría de financiamiento en el estado de ganancias o pérdidas. Nueve de los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con esta decisión.

El IASB hizo sugerencias de redacción sobre cómo mejorar la comprensibilidad de los requerimientos descritos en (a) y (b).

Próximo paso

El IASB continuará deliberando de nuevo las propuestas de proyectos en reuniones futuras.

Segunda Revisión Integral de la Norma NIIF para las PYMES (Documento 30 de la Agenda)

El IASB se reunió el 24 de febrero de 2022 para discutir si y, de ser así, cómo proponer modificaciones a la Norma NIIF para las PYMES.

Hacia un proyecto de norma: NIIF 9 Instrumentos financieros (Deterioro del valor de los activos financieros) (Documento 30A de la Agenda)

El IASB tentativamente decidió:

mantener sin cambios el modelo de pérdida incurrida en la Sección 11 Instrumentos financieros básicos de la Norma NIIF para las PYMES para cuentas comerciales por cobrar y activos del contrato dentro del alcance de la Sección 23 Ingresos ordinarios de la Norma NIIF para las PYMES;
proponer modificaciones a la Sección 11 para requerir que una PYME use un modelo de pérdida crediticia esperada para todos los demás activos financieros medidos al costo amortizado; y
mantener sin cambios los requerimientos de la Sección 11 para el deterioro del valor de los instrumentos de patrimonio medidos al costo.

Siete de los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con esta decisión.

Hacia un proyecto de norma-Simplificaciones a la NIIF 15 Ingresos ordinarios de contratos con clientes (Documento 30B de la Agenda)

El IASB tentativamente decidió proponer modificaciones a la Norma NIIF para las PYMES para alinear la Sección 23 de la Norma NIIF para las PYMES con la NIIF 15 Ingresos de Actividades Ordinarias de Contratos con Clientes, con simplificaciones para:

Modificaciones del contrato: se requeriría que una PYME contabilice una modificación del contrato ya sea de forma prospectiva, siguiendo un enfoque único o de forma acumulativa para ponerse al día. Los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con esta decisión.
serie de bienes o servicios distintos: se permitiría a una PYME contabilizar la promesa de transferir una serie de bienes o servicios distintos que son sustancialmente los mismos y que tienen el mismo patrón de transferencia al cliente como obligaciones de desempeño separadas, si el monto de contraprestación varía de manera que corresponda con el valor de los distintos bienes o servicios transferidos al cliente. Los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con esta decisión.
terminología de la obligación de desempeño: la Norma NIIF para las PYMES requeriría que una PYME identifique cada 'promesa de transferir un bien o servicio distinto, o paquete de bienes o servicios'. Nueve de los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con esta decisión.
Estimaciones restringidas de la contraprestación variable: se requeriría que una PYME reconozca la contraprestación variable solo en la medida en que sea altamente probable que se recupere la cantidad variable. Los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con esta decisión.
componentes financieros significativos: se requeriría que una PYME reconozca los efectos de cualquier financiamiento implícito en el pago diferido mediante la aplicación de los requerimientos de la Sección 11 de la Norma NIIF para las PYMES. Una PYME puede no aplicar estos requisitos si la PYME espera, al inicio del contrato, que el período entre el momento en que la entidad transfiere un bien o servicio prometido a un cliente y el momento en que el cliente paga por ese bien o servicio, será de un año o menos. Siete de los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con esta decisión.
Asignación de descuentos y contraprestaciones variables: se requeriría que una PYME asigne descuentos y contraprestaciones variables a las obligaciones de desempeño del contrato sobre la base de un precio de venta independiente relativo, a menos que un método alternativo represente con mayor fidelidad el monto de la contraprestación que la entidad espera recibir. tener derecho a cambio de satisfacer cada obligación de desempeño por separado. Los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con esta decisión.
seleccionar un método para medir el progreso hacia la satisfacción completa de una obligación de desempeño: la Norma NIIF para las PYMES incluiría una lista de métodos utilizados frecuentemente por las entidades para medir el progreso y describir las circunstancias en las que esos métodos pueden ser apropiados. Los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con esta decisión.
Costos incrementales de obtener un contrato: se requeriría que una PYME reconozca como un activo los costos incrementales de obtener un contrato con un cliente si la PYME espera recuperar esos costos, solo cuando estos costos puedan identificarse y evaluarse como recuperables sin costo indebido. o esfuerzo; de lo contrario, la PYME reconocería estos costos como gastos. Los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con esta decisión.

El IASB tentativamente decidió proponer modificaciones a la Norma NIIF para las PYMES para incluir los factores de los párrafos 29(a)-(c) de la NIIF 15 para ayudar a una PYME a determinar si un bien o servicio prometido es identificable por separado. El IASB también decidió tentativamente solicitar opiniones adicionales sobre esta propuesta en la invitación a comentar. Seis de los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con estas decisiones. El Presidente usó su voto de calidad adicional, por lo que el voto fue de siete a seis a favor de las decisiones.

Hacia un proyecto de norma: Criptomoneda (Documento 30C de la Agenda)

El IASB tentativamente decidió mantener sin cambios la Norma NIIF para las PYMES para las criptomonedas como parte de esta revisión integral y volver a examinar el tema en la próxima revisión integral de la Norma NIIF para las PYMES.

Los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con esta decisión.

Hacia un proyecto de norma-Otros temas (Reconocimiento y medición de los costos de desarrollo) (Documento 30D de la agenda)

El IASB tentativamente decidió buscar puntos de vista, en el Proyecto de Norma que proponía modificaciones a la Norma NIIF para las PYMES, sobre la introducción de una opción de política contable que permita a una PYME reconocer los activos intangibles que surgen de los costos de desarrollo que cumplen los criterios de los párrafos 57(a) a (f) de la NIC 38 Activos Intangibles.

Diez de los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con esta decisión.

Hacia un proyecto de norma: NIIF 3 Combinaciones de negocios (Definición de un negocio y derechos readquiridos) (Documento 30E de la agenda)

El IASB tentativamente decidió:

proponer alinear la definición de negocio en la Norma NIIF para las PYMES con la definición modificada de negocio emitida en 2018, sin introducir ninguna presunción refutable; y
mantener sin cambios la Sección 19 Combinaciones de Negocios y Plusvalía de la Norma NIIF para las PYMES sin reflejar los requerimientos de la NIIF 3 Combinaciones de Negocios que proporcionaban orientación adicional sobre los derechos readquiridos.

Los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con estas decisiones.

Hacia un proyecto de norma-Otros temas (debido a la alineación con la NIIF 3, la NIIF 10 y la NIIF 11) (Documento 30F de la Agenda)

El IASB tentativamente decidió:

proponer modificaciones a la Sección 9 Estados Financieros Consolidados y Separados de la Norma NIIF para las PYMES para alinearla con los requerimientos:

para enajenaciones escalonadas que resultan en la pérdida de control, como se establece en el párrafo 25(b) de la NIIF 10 Estados Financieros Consolidados, una PYME mediría cualquier interés retenido a valor razonable cuando se pierde el control; y
por cambios en la participación de propiedad de una controladora en una subsidiaria sin perder el control, como se establece en el párrafo 23 de la NIIF 10-dichos cambios son transacciones de patrimonio.

proponer modificaciones a la Sección 15 Inversiones en Negocios Conjuntos de la Norma NIIF para las PYMES para alinearla con los requerimientos del párrafo 23 de la NIIF 11 Acuerdos Conjuntos, de modo que una parte que no tenga el control conjunto de una operación controlada conjuntamente o una entidad controlada conjuntamente activo contabilizaría su participación de acuerdo con la clasificación de esa operación controlada de forma conjunta o el activo controlado de forma conjunta.

El IASB también decidió tentativamente solicitar opiniones adicionales sobre esta propuesta en la invitación a comentar.

Los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con estas decisiones.

Próximo paso

El IASB continuará desarrollando las propuestas de proyectos en una reunión futura.

Mantenimiento y aplicación consistente

Mantenimiento y aplicación consistente (Documento 12 de la Agenda)

El IASB se reunió el 23 de febrero de 2022 para discutir tres proyectos:

Disponibilidad de Reembolso (Documento 12A de la Agenda);
Provisiones-Mejoras Específicas (Documento 12B de la Agenda); y
Responsabilidad por arrendamiento en una venta con arrendamiento posterior (Documento 12C de la Agenda).

Disponibilidad de un Reembolso (Modificaciones a la CINIIF 14): Revisión del proyecto (Documento 12A de la Agenda)

El IASB ha realizado una investigación para ayudarlo a decidir si desarrollar un enfoque más basado en principios que el que se encuentra actualmente en la CINIIF 14 NIC 19-El límite de un activo de beneficios definidos, los requisitos mínimos de financiación y su interacción para que una entidad evalúe y mida su derecho a la devolución de un excedente.

El IASB revisó las perspectivas de progreso del proyecto y concluyó que estas perspectivas son limitadas. Por lo tanto, el IASB decidió retirar el proyecto de su plan de trabajo.

Once de los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con estas decisiones.

Disposiciones: mejoras específicas: revisión del proyecto (documento 12B de la agenda)

El plan de trabajo de IASB incluye un proyecto para realizar mejoras específicas a la NIC 37 Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes. 

El IASB revisó las perspectivas de progreso del proyecto y concluyó que es posible un progreso eficiente. Por lo tanto, el IASB decidió mantener el proyecto en su plan de trabajo. 

Once de los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con estas decisiones. 

Responsabilidad por arrendamiento en una venta con arrendamiento posterior (Modificaciones a la NIIF 16): Transición, fecha de vigencia y debido proceso (Documento 12C de la Agenda)

El IASB discutió sus modificaciones a la NIIF 16 Arrendamientos para agregar requisitos de medición posteriores para el pasivo por arrendamiento que surge de una transacción de venta con arrendamiento posterior.

Transición

El IASB tentativamente decidió:

exigir a las entidades que apliquen las modificaciones de forma retroactiva de acuerdo con la NIC 8 Políticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores; y
no proporcionan ninguna exención de transición específica para los adoptantes por primera vez.

Once de los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con estas decisiones.

Fecha efectiva

El IASB tentativamente decidió requerir que las entidades apliquen las modificaciones para los períodos de presentación de informes anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2024, permitiéndose la aplicación anticipada.

Once de los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con estas decisiones.

Debido al proceso

El IASB decidió que las modificaciones no requieren una nueva exposición.

Once de los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con estas decisiones.

Un miembro de la Junta indicó su intención de disentir del tema de las enmiendas.

Los 12 miembros del IASB confirmaron que estaban satisfechos de que el IASB haya cumplido con los requisitos aplicables del debido proceso y haya realizado suficientes consultas y análisis para comenzar el proceso de votación de las enmiendas.

Estrategia y gobernanza

Tercera Consulta de la Agenda (Documento 24 de la Agenda)

El IASB se reunió el 23 de febrero de 2022:

comenzar a discutir cuestiones de información financiera sobre el plan de trabajo de IASB (Documento 24A de la Agenda); y
discutir y decidir la dirección estratégica y el equilibrio de las actividades del IASB desde 2022 hasta 2026 (Documentos 24B y 24C de la Agenda).

Proyectos en el plan de trabajo actual-Respuesta propuesta a la retroalimentación (Documento 24A de la Agenda)

El IASB decidió no volver a priorizar proyectos en su plan de trabajo actual, sino continuar trabajando en esos proyectos (excepto por un proyecto de mantenimiento discutido en el Documento de Agenda 12A-Disponibilidad de un Reembolso (Modificaciones a la CINIIF 14 NIC 19-El Límite en un Beneficio Definido Activo, Requisitos Mínimos de Financiamiento y su Interacción).

Los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con esta decisión.

Dirección estratégica y balance de las actividades del IASB de 2022 a 2026 (Documentos 24B y 24C de la Agenda)

El IASB decidió no iniciar nuevas actividades dentro del alcance actual de su trabajo.

Los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con esta decisión.

El IASB también decidió dejar prácticamente sin cambios su nivel actual de enfoque en sus actividades principales, pero para:

disminuir ligeramente el nivel actual de enfoque en las nuevas Normas de Contabilidad y las modificaciones importantes a las Normas de Contabilidad;
aumentar ligeramente el nivel actual de atención a la información financiera digital; y
aumentar ligeramente el nivel actual de atención a la comprensibilidad y accesibilidad de las Normas de Contabilidad, lo que indirectamente apoyará la aplicación coherente de las Normas de Contabilidad.

Nueve de los 12 miembros del IASB estuvieron de acuerdo con esta decisión.

Próximo paso

El IASB discutirá y tomará decisiones sobre nuevos problemas de información financiera que se agregarán al plan de trabajo del IASB para 2022 a 2026.

Source: Nuevo

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