La Actualización CINIIF es un resumen de las decisiones tomadas por el Comité de Interpretaciones (Comité) de las NIIF en sus reuniones públicas.
El Comité se reunió el pasado 21 de enero de 2020 y discutió sobre lo siguiente:
Definición de un arrendamiento — Derechos de toma de decisiones (NIIF 16 Arrendamientos)
El Comité recibió una solicitud sobre si el cliente tiene derecho a dirigir el uso de un barco durante el plazo de cinco años de un contrato. En el patrón de hechos descrito en la solicitud:
a) hay un activo identificado (el barco) que aplica los párrafos B13 a B20 de la NIIF 16.
b) el cliente tiene derecho a obtener sustancialmente todos los beneficios económicos del uso del barco durante el período de uso de cinco años aplicando los párrafos B21 a B23 de la NIIF 16.
c) muchas, pero no todas, las decisiones sobre cómo y con qué propósito se utiliza el barco están predeterminadas en el contrato. El cliente tiene derecho a tomar las decisiones restantes sobre cómo y con qué propósito se utiliza el barco durante el período de uso. En el patrón de hechos descrito en la solicitud, el cliente ha determinado que este derecho de toma de decisiones es relevante porque afecta los beneficios económicos que se derivan del uso del barco.
d) El proveedor opera y mantiene el barco durante todo el período de uso.
El derecho a dirigir el uso de un activo identificado
El párrafo B24 de la NIIF 16 especifica cuándo un cliente tiene derecho a dirigir el uso de un activo identificado durante todo el período de uso. El párrafo B24 (b) se aplica solo cuando las decisiones relevantes sobre cómo y para qué propósito se usa el activo están predeterminadas.
El Consejo destacó en el párrafo FC121 de la NIIF 16 que "esperaría que las decisiones sobre cómo y para qué propósito se usa un activo se predeterminen en relativamente pocos casos".
El Comité observó que, en el patrón de hechos descrito en la solicitud, debido a que no todas las decisiones relevantes sobre cómo y para qué propósito se utiliza el barco están predeterminadas, el cliente considera el párrafo B24 (a) de la NIIF 16 al evaluar si tiene el derecho para dirigir el uso de la nave.
El derecho a dirigir cómo y para qué propósito se utiliza un activo
El párrafo B24 (a) especifica que un cliente tiene el derecho de dirigir el uso de un activo identificado durante todo el período de uso si tiene ‘el derecho de dirigir cómo y para qué propósito se usa el activo durante el período de uso (como se describe en los párrafos B25 a B30).
Para tener el derecho de dirigir cómo y para qué propósito se usa el activo, dentro del alcance de su derecho de uso definido en el contrato, el cliente debe poder cambiar cómo y para qué propósito se usa el activo durante todo el período de uso (párrafo B25) Al evaluar si ese es el caso, una entidad considera los derechos para tomar decisiones durante el período de uso que sean más relevantes para cambiar cómo y para qué propósito se usa el activo durante ese período. Los derechos de toma de decisiones son relevantes cuando afectan los beneficios económicos que se derivan del uso (párrafo B25). Una entidad no considera decisiones predeterminadas antes del período de uso a menos que existan las condiciones del párrafo B24 (b) (ii) (párrafo B29).
El párrafo B26 incluye ejemplos de derechos de toma de decisiones que, según las circunstancias, otorgan el derecho de cambiar cómo y para qué se utiliza el activo. Los derechos limitados a operar o mantener el activo no otorgan el derecho de cambiar cómo y para qué se utiliza (párrafo B27).
El Comité observó que, en el patrón de hechos descrito en la solicitud, el cliente tiene derecho a indicar cómo y con qué propósito se utiliza el barco durante todo el período de uso. El cliente tiene derecho a tomar decisiones sobre el uso del barco durante el período de uso que afecten los beneficios económicos que se derivarán de ese uso. Por lo tanto, dentro del alcance de su derecho de uso definido en el contrato, el cliente puede cambiar cómo y para qué se utiliza el barco. La predeterminación en el contrato de muchas decisiones sobre cómo y para qué propósito se utiliza el barco define el alcance del derecho de uso del cliente; dentro de ese alcance, el cliente tiene el derecho de tomar las decisiones que sean más relevantes para cambiar cómo y por qué para qué se utiliza el barco.
El Comité también observó que, aunque la operación y el mantenimiento del buque son esenciales para su uso eficiente, las decisiones del proveedor a este respecto no le otorgan el derecho de dirigir cómo y para qué se utiliza el buque.
El Comité concluyó que, en el patrón de hechos descrito en la solicitud, el cliente tiene el derecho de dirigir el uso del barco durante todo el período de uso. En consecuencia, el contrato contiene un contrato de arrendamiento.
El Comité concluyó que los principios y requisitos de la NIIF 16 proporcionan una base adecuada para que una entidad determine si el contrato descrito en la solicitud contiene un arrendamiento. Por lo tanto, el Comité decidió no agregar el asunto a su agenda de establecimiento de normas.
Source: Actualidad normativa