Se trata del informe médico que elaboran los médicos del Instituto Nacional de Seguridad Social y que es uno de los documentos que utiliza el Equipo de Valoración de Incapacidades para valorar si procede o no la concesión de la Incapacidad Permanente.
¿Qué es la Incapacidad Permanente?
La Incapacidad Permanente es la prestación económica que concede la Seguridad Social, atendiendo a diferentes grados, cuando, como consecuencia de una enfermedad o un accidente, vemos reducida o anulada nuestra capacidad laboral de forma, presumiblemente, definitiva (ya sea por reducciones anatómicas o funcionales graves).
Nuestro sistema de protección social trata así de cubrir la pérdida de rentas salariales o profesionales que sufre una persona cuando se producen estas circunstancias.
Si deseas solicitar una prestación por Incapacidad Permanente debes hacerlo a través del formulario correspondiente.
¿Qué es el informe Médico de Síntesis?
Cuando se inicia un procedimiento de este tipo, bien de oficio o a petición del interesado, el afectado debe someterse a la valoración del facultativo médico del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). En el Informe Médico de Síntesis, que elaboran los facultativos de la dirección provincial del INSS, se describen las limitaciones físicas y funcionales que se consideran relevantes y cómo afectan a la realización de su profesión habitual.
Este documento, junto con el informe de antecedentes profesionales, sirve de base al Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) para proponer al director provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o del Instituto Social de la Marina (ISM), según corresponda, si procede o no la concesión de la incapacidad permanente.
¿Dónde acceder para descargarnos el Informe Médico de Síntesis?
Hasta ahora, solo se podía obtener el Informe Médico de Síntesis previa petición del ciudadano. Sin embargo, ya es posible descargárselo en el momento, siempre y cuando esté ya resuelto el estudio de la Incapacidad Permanente. Desde entonces, se puede obtener fácilmente a través de la web de la Seguridad Social, más concretamente en el apartado de «Consultar comunicaciones telemáticas». El ciudadano recibirá también un SMS comunicando que el informe ya está disponible.
¿Cómo identificarse para acceder a este trámite online?
La Administración de la Seguridad Social facilita que se pueda acceder a este servicio, bien en nombre propio o como apoderado inscrito en el registro correspondiente, a través de tres vías de identificación:
· Cl@ve Permanente o Cl@ve Pin
· DNIe/Certificado Electrónico
¿Cuánto tarda en resolverse un proceso de incapacidad permanente?
La ley prevé un plazo máximo de 135 días hábiles para que el INSS resuelva el procedimiento.
Fuente: Revista de la Seguridad Social